Anuncio de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente sobre la resolución definitiva de concesión de ayudas de la segunda convocatoria de subvenciones (2023) en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE Digitalización del ciclo del agua), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia- Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Orden TED/919/2023, de 21 de julio),.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-35650|Boletín Oficial: 241|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-10-05|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

BDNS (Identif.): 719793

De conformidad con lo previsto en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 12.3 de la Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, modificada por la Orden TED/919/2023, de 21 de julio, por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones (2023) en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se publica el extracto de la resolución definitiva cuyo texto completo puede consultarse en el portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/pertes/perte-ciclo-agua-segunda-convocatoria-subvenciones-2023.html).

Primero. Beneficiarios

Por la resolución definitiva, del 3 de octubre de 2024, del Secretario de Estado de Medio Ambiente, se aprueba la relación de solicitudes para la concesión de la subvención que figura en el anexo I, de entre las solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones (2023) en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.

Segundo. Otros datos

Esta resolución definitiva pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el orden contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en los artículos 11.1 a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 3 de octubre de 2024.- Secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán Fernández.