Autora: Gemma Llonch. Abogada Derecho.com
El pasado 22 de diciembre de 2009 fue aprobada en el Parlamento la nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado. Dicha Ley se aprueba teniendo siempre presente el contexto de crisis actual y junto con la futura Ley de Economía Sostenible, se configura como una base fundamental para sentar las bases de la recuperación económica y para la transformación del actual modelo de crecimiento. Se pretende cambiar el patrón de crecimiento económico “del ladrillo” tradicional por el de la tecnología y la innovación, la formación y la energía medioambiental.
Los aspectos más destacables de la nueva ley son, como medidas extraordinarias en el ámbito Tributario, una subida de impuestos sobre las rentas del capital, del IVA y la supresión de las deducciones de los 400 euros.
Por otro lado, la norma refleja el compromiso del Gobierno de mejorar la cuantía de las pensiones mínimas, y ello tanto para las de la Seguridad Social como para las de Clases Pasivas del Estado.
Así, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se suprime la deducción de hasta 400 euros por obtención de rendimientos de trabajo o de actividades económicas, por cuanto se considera que las razones que justificaron su implantación en 2008, para ayudar a las familias a hacer frente a una situación de elevadas tasas del euribor, la inflación y el alto precio del petróleo, han desaparecido.
Eso hace que más de 10 millones de contribuyentes que percibían la cantidad de 400€ al completo, dejarán de percibirla. Asimismo dejarán de beneficiarse de la deducción más de un millón y medio de contribuyentes que la percibían parcialmente. Consecuentemente, este cambio implicará un ajuste en el límite de la obligación de declarar.
Otras subidas de impuestos vendrán dadas por ejemplo, por un incremento del gravamen, aunque moderado, en las rentas del ahorro, con el objetivo de que aquellos que tengan una capacidad económica mayor contribuyan a hacer frente a los gastos sociales adicionales que se requieren en la situación económica existente, para atender a los más perjudicados.
En aquello referente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se ven alterados los tipos impositivos en general, subiendo del 16 al 18% (tipo impositivo de electrodomésticos, ropa, calzado, etcétera). También aumenta el tipo impositivo reducido del 7% al 8% (aplicado a los alimentos en general excepto los de primera necesidad y también de transporte público, servicios de hostelería, etcétera). Esta medida se implantará a partir del segundo semestre del año, es decir, a partir del 1 de julio de 2010.
Las pequeñas y medianas empresas que creen o mantengan empleo, por su parte, se beneficiaran de una reducción del tipo de gravamen en el Impuesto de Sociedades. Esta medida se extiende a los empresarios y profesionales individuales que tengan asalariados en el IRPF. Esta última es otra de las medidas con las que se pretende favorecer la recuperación económica.
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