Autor: Ferran Jornet. Abogado Derecho.com
La respuesta a esta pregunta es NO, siempre que se cumplan determinadas condiciones que ahora analizaremos.
Según la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (en adelante, LSSI), el propietario de un blog o la empresa titular de una página web no son responsables de lo que escriban los usuarios, siempre que se den las siguientes condiciones:
a) Que no tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero, o
b) Si tienen conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos.
Pero, llegado a este punto, ¿qué debe entenderse por tener conocimiento efectivo?
El mismo artículo 16 de la LSSI establece que “[…] el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución […]”.
Por tanto, la conclusión es que mientras no exista una resolución de la autoridad competente (en este caso, el juez) que declare la ilicitud de los comentarios vertidos por los usuarios, el titular del blog o de la página web ni tiene obligación de retirar dichos comentarios ni será responsable por ellos.
Cuestión distinta es que, ante casos flagrantes (en los que, por ejemplo, la intromisión ilegítima en el honor de una persona sea evidente) y a la primera notificación que se tenga por parte de la persona afectada, nuestra recomendación será siempre proceder a la retirada inmediata de los contenidos.
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