Autora: Sol Rebolledo. Abogada Derecho.com
Dados los pocos resultados que las entidades de gestión del Gobierno han conseguido en la colocación de trabajadores desempleados, la normativa actual, derivada de la Reforma Laboral 2012, facultará a las Empresas de Trabajo Temporal para actuar como agencias privadas de colocación, colaborando con los servicios públicos. Para ello deberán presentar una declaración responsable y cumplir los requisitos establecidos en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (Art. 21).
Para poder proceder a ello se han modificado la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
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