Autor: Eric Gracia. Abogado Derecho.com
Cuando compramos a través de Internet, es importante recordar los derechos que nos asisten en relación con la entrega del producto que hemos adquirido. Son éstos:
¿Qué plazo tiene el vendedor para enviarme el producto?
El plazo de entrega de un producto comprado a través de Internet es el que el vendedor haya especificado en la página web. Por tanto, el consumidor debe consultar esta información en la propia página web (en las condiciones generales de contratación, en el apartado de preguntas frecuentes, en la descripción del producto, etc.) antes de efectuar la compra.
Si la página web no especifica nada, el artículo 104 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (en adelante, “Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios”) impone al vendedor un plazo máximo de 30 días contado a partir del día siguiente a aquel en que el consumidor haya formalizado la compra.
¿Qué pasa si el vendedor no me envía el producto porque dice que en ese momento no está disponible?
Si esto ocurre, el vendedor tiene la obligación de comunicarlo al consumidor cuanto antes, ofreciéndole la posibilidad de recuperar las sumas que ya haya abonado en un plazo máximo de 30 días.
Si el vendedor no realiza dicho abono en el plazo señalado, el consumidor puede reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en la cuantía que exceda de dicha cantidad.
¿Puede el vendedor enviarme otro producto en sustitución del que yo compré, por no estar éste disponible?
Sólo si el vendedor incluyó expresamente esta posibilidad en la información que aparece en la página web (en las condiciones generales de contratación, en el apartado de preguntas frecuentes, en la descripción del producto, etc.), o lo pacta posteriormente con el consumidor.
En este caso el vendedor debe suministrar al consumidor un nuevo producto de características similares e igual o superior calidad, sin aumento de precio. Por su parte, el consumidor podrá ejercer sus derechos de desistimiento y resolución en los mismos términos que si se tratara del producto inicialmente comprado, sin que se le puedan exigir los costes directos de devolución.
¿Qué pasa si al abrir el paquete del producto resulta que éste está roto?
En ese caso, el producto recibido no es conforme con el contrato (no se corresponde con lo que se ofertaba en la página web) y el consumidor puede optar entre exigir la reparación o la sustitución del producto.
Tanto los gastos de envío como la mano de obra y los materiales son gratuitos para el consumidor. La reparación debe llevarse a cabo en un plazo de tiempo razonable.
Si tras recibir el nuevo producto o el producto reparado resulta que éste sigue sin funcionar, entonces el consumidor puede optar entre que se vuelva a reparar; que se le rebaje el precio o bien resolver el contrato.
¿Qué pasa si he recibido en casa un producto que yo no he pedido y ahora me piden que lo pague?
Suministrar a alguien un producto que no ha pedido y solicitarle después que lo pague está prohibido. Si esto sucede, el artículo 100 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que el consumidor no está obligado a devolver el producto que ha recibido ni se le puede reclamar el precio, a menos que el vendedor pueda demostrar que todo se debió a un error, en cuyo caso el consumidor deberá devolver el producto pero podrá solicitar una indemnización por los gastos y por los daños y perjuicios que se le hubieran causado.
Si necesita asistencia legal sobre éste u otros asuntos relacionados con el comercio electrónico puede contactar con nosotros llamando al 902 01 44 02 o bien accediendo al siguiente enlace:
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