Autor: Laura Hidalgo. Responsable Departamento de Documentación de Derecho.com
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Si estás pensando en comprar un vehículo de segunda mano puedes evitarte muchos dolores de cabeza y una posible estafa si sigues estas sencillas recomendaciones.
1.- ¿Se puede transferir la titularidad de un vehículo que tiene un embargo?
Efectivamente, los embargos y otras reclamaciones judiciales no limitan la transferencia de los vehículos, pero pueden suponer un grave problema después de la compra.
El Registro de Bienes Muebles facilita un informe del vehículo en el cual se indican las cargas, o embargos que le afectan. Solicite un informe por matrícula del Registro de Bienes Muebles para estar seguro de que el vehículo que va a comprar no tiene este tipo de cargas. Además podrá conocer el importe reclamado por el embargo y la fecha de anotación.
2.- ¿Existe alguna carga que limite la transferencia de un vehículo?
Sí, a diferencia de los embargos, la reserva de dominio es una de las cargas más comunes y afecta a la transferencia. Es útil solicitar un informe de matrícula del Registro de Bienes Muebles porque le indicará esta circunstancia. La reserva de dominio es el préstamo que se efectuó al comprar el vehículo.
Una vez liquidado el préstamo la entidad financiera debe cancelar la carga, pero en ocasiones esto no sucede.
3.- ¿Puedo saber si el vehículo ha cambiado de dueño en otras ocasiones?
Es conocido por todos que cuantos más dueños, más posibilidad de maltrato tiene el vehículo. Cada persona tiene una manera de conducir, y aunque externamente el vehículo se vea bien, lo más probable es que surja alguna avería causada por el uso que diferentes dueños le han dado.
El Informe de tráfico de la DGT te aporta esta información. Además indica la antigüedad exacta y si la primera matriculación fue en España o en el extranjero.
4.- ¿Cómo verificar si el vendedor es el auténtico propietario?
Con el Informe de tráfico de la DGT sabrá el nombre del propietario, el domicilio fiscal donde está inscrito actualmente, el historial de bajas, inspecciones técnicas, número de bastidor, cilindrada y toda la descripción del vehículo.
5.- ¿Es necesario firmar un contrato para la compraventa?
La compraventa de un vehículo es válida si se hace de forma verbal, en todo caso, recomendamos que como mínimo, en garantía siempre de los intereses de ambas partes se redacte por escrito un contrato, aunque no sea necesario el otorgamiento de escritura pública.
Descargue el modelo de Contrato de Compraventa de Vehículo
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