Autora: Gemma Llonch. Abogada Derecho.com
La fuerte destrucción de puestos de trabajo y el consecuente aumento del desempleo que ha generado la crisis económica y financiera que estamos viviendo actualmente y que requiere un cambio inmediato en nuestro modelo de relaciones laborales, ha motivado que el Gobierno, haciendo uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución española, respondiendo a una situación de extraordinaria y urgente necesidad apruebe el Real Decreto Ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
Las medidas incluidas en esta reforma no dejan indiferente a nadie y han sido objeto de amplio e intenso debate durante los últimos meses en el marco del diálogo social con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal.
Tras varios intentos por alcanzar un acuerdo, el Gobierno ha considerado que la adopción de medidas para dinamizar el mercado de trabajo no pueden demorarse por mas tiempo, lo que explica que la reforma haya entrado en vigor el 18 de junio de 2010, sólo 2 días después de haber sido aprobada.
La convalidación de dicha norma, sometida a debate y votación en el Congreso de los Diputados, se ha aprobado con 168 votos a favor, 173 abstenciones (la del diputado del PSOE Antonio Gutiérrez, mas el PP,) y 8 en contra (de ERC, IU, ICV, BNG y Na-Bai).
La reforma laboral acoge toda una serie de modificaciones con las que principalmente se persigue:
a) Reducir el desempleo.
b) Incrementar la productividad de la economía española.
El logro de estos dos objetivos debe propiciar que nuestra economía se vuelva más resistente frente a las perturbaciones externas y que mejore la competitividad a medio y largo plazo.
Las medidas que se han introducido como solución en el Texto del Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo y que afectan directamente al sistema de empleo, se agrupan en las siguientes categorías:
– Restricción del uso injustificado de la contratación temporal y favorecer una mayor utilización de la contratación indefinida.
– Refuerzo de los instrumentos de flexibilidad interna en el desarrollo de las relaciones laborales.
– Elevación de las oportunidades de las personas desempleadas.
Deberemos esperar para confirmar si este conjunto de medidas constituyen la reforma que necesita el mercado laboral español.Si desea más información adquiera la Guía Práctica de la Reforma Laboral 2010.
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