en Internet - Sociedad Información

Un dominio propio para Europa: «.EU»

Bufete Pintos & Salgado Abogados

La Comisión ha iniciado la creación del «punto EU» para facilitar el desarrollo del Comercio Electrónico en la Unión Europea.

La Comisión ha recibido un fuerte apoyo de la comunidad internauta para la creación del Dominio «punto EU» como medio de aumentar el crecimiento del e-comercio en Europa. En una Comunicación adoptada el pasado 5 de julio, la Comisión precisó cómo esta idea debe ser puesta en práctica y propone al Consejo y al Parlamento Europeo los trámites concretos que deben realizarse, principalmente con la ICANN y el gobierno de los E.E.U.U., antes de que los usuarios y agentes de la red puedan utilizar el «.eu».

El uso del Internet continúa creciendo a un ritmo rápido en Europa. En la Red, el Sistema de Nombres de Dominio (Domain Name System – DNS) es un componente importante en la identificación y la localización de contenidos y usuarios. Aparte del conjunto de los dominios nacionales de nivel superior (ccTLDs), la ausencia de una Sistema de Nombres Europeo ha dado lugar a que compañías, organizaciones e individuos, hayan buscado el registro de su presencia en Internet en el DNS existente, basado en el sistema americano, principalmente en el «.COM». En tales casos, es difícil asegurar el grado apropiado de adherencia a la legislación y a las políticas europeas tales como competencia, protección de datos personales y protección al consumidor, entre otras.

Por otra parte, el espacio de los Dominios Genéricos de Nivel Superior (gTLDs), ahora congestionado, se ha convertido en una desventaja para las compañías europeas y PYMEs, no permitiendo una suficiente flexibilidad para un despliegue adecuado del e-comercio en Europa. Además de resolver este problema, el Dominio EU posibilitaría la interconexión y la interoperabilidad de las compañías y organizaciones europeas. Asimismo, daría a los agentes que deseen operar en el mercado interior de la UE una identificación europea específica que sea reconocida globalmente.

De este modo, en 1999, a petición de la industria y de usuarios de Internet en Europa, la Comisión de las Comunidades Europeas inició el proceso para crear el Dominio «.EU» con el fin de consolidar la imagen y la infraestructura de Internet en Europa y para propósitos comerciales incluyendo el comercio electrónico y dando cabida a los usuarios privados e instituciones de la UE. La creación del dominio EU es parte del plan de acción de «eEurope» aprobado recientemente por el Consejo de Europa en Feira.

En febrero del 2000, la Comisión lanzó una consulta pública con los puntos esenciales de la propuesta para recabar la opinión de los sectores interesados. Dicha consulta ha mostrado un amplio apoyo de todos los agentes de Internet en Europa para esta iniciativa.

La Comunicación del 5 de julio expone los resultados más destacados de la consulta pública: principalmente, el valor añadido del .EU a las políticas existentes de registro en el World Wide Web y el papel de la unión europea. También desarrolla la manera de proceder y las acciones que se emprenderán a nivel europeo para poner el Dominio .EU en funcionamiento.

Al mismo tiempo, los servicios de la Comisión han estado en contacto con el gobierno de los E.E.U.U. y el personal de ICANN y les han informado de los resultados de la consulta pública y de las acciones consideradas en esta Comunicación. La Comisión ya ha solicitado formalmente la delegación del Dominio de Nivel Superior «EU» y de su inserción en el DNS global de Internet.

La Comisión de las Comunidades Europeas continuará consultando con asociaciones relevantes de agentes y usuarios del sector privado y público en Europa para facilitar la preparación de las guías de consulta y del marco jurídico para la política de registro del «EU».

En nuestra opinión, el marco jurídico que regulará el nuevo dominio de primer nivel «.EU» debe proteger los derechos de propiedad industrial de los sujetos europeos. Es necesario establecer un mecanismo de control previo al registro de los dominios de modo que se eviten los conocidos, y mal llamados, «robos de dominios». De este modo, el sistema europeo se debe de alejar del modelo americano, el cual se basa en el principio «first come first served» (el primero en solicitar un dominio es el que lo registra) sin tener en cuenta otras consideraciones. En este sentido, y a pesar de las críticas que ha recibido, nosotros defendemos el modelo de registro del dominio para España «.es» establecido por el ES-NIC. A pesar de su aparente rigidez, en parte ya corregida por la reciente, este sistema ha evitado numerosos problemas de conflictos entre marcas y nombres de dominio en nuestro país. Estimamos que el dominio «.EU» debe seguir este último modelo controlando, ante todo, el vínculo con las marcas y nombres comerciales registrados en los países miembros de la UE así como en el Registro de la Marca Comunitaria de Alicante.