El número de móvil por sí solo no es considerado dato de carácter personal

Autor: ??lvaro Ramos Suárez. Abogado Abril Abogados

Una reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 17 de septiembre de 2008 (recurso número 353/2007) ha estimado el recurso presentado por Abril Abogados contra la sanción de 60.000€ impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a una empresa prestadora de servicios de descargas a teléfonos móviles.

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¿Cómo obtener datos personales de las guías de servicios de comunicaciones electrónicas para realizar envíos comerciales?

Autor: Eric Gracia. Abogado Derecho.com Abogados

Una de las fuentes más utilizadas para la creación de bases de datos de destinatarios a los que enviar comunicaciones de carácter comercial o promocional, son las guías telefónicas. En este sentido, resulta imprescindible conocer qué operativa debe seguirse para poder realizar dicha acción sin vulnerar la vigente normativa de protección de datos.

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Muy importante: Nivel básico de seguridad aplicable a los ficheros de nóminas

Autor: Eric Gracia. Abogado Derecho.com

Acaba de ver la luz el Informe Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos 2008-0303: Nivel de Seguridad Básico en Nóminas (ART. 81.6), con datos de discapacidad o baja laboral o aptitud para desempeño de puesto de trabajo, que pone fin a una de las principales dudas suscitadas tras la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (en adelante, “Reglamento de Protección de Datos???): el alcance de la excepción contenida en su artículo 81.6. Sigue leyendo

Recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos sobre Internet, la Administración de Justicia y los medios de comunicación

Recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos sobre Internet, la Administración de Justicia y los medios de comunicación

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha formulado nuevas recomendaciones sobre Internet, la Administración de Justicia y los medios de comunicación. Entre otras cuestiones, propone al Gobierno desarrollos normativos para conciliar la protección de los derechos de autor y el derecho a la protección de los datos y regular la publicación anonimizada de sentencias de órganos Jurisdiccionales. Sigue leyendo

¿Qué sucede con los datos de salud de las personas fallecidas?

Autora: Cristina Grau. Abogada Derecho.com

El tratamiento de los datos de salud se encuentra sometido a lo dispuesto en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Además, habrá que estar a la normativa en materia de salud de cada Comunidad Autónoma.

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¿Qué tratamiento puede hacerse de las resoluciones judiciales desde el punto de vista de la protección de datos?

Autor: Eric Gracia. Abogado Derecho.com

¿Es lícito que terceras personas puedan acceder y utilizar una sentencia en la que se ha condenado a una determinada persona? ¿Deben soportar los condenados por una resolución judicial que sus datos personales estén indefinidamente disponibles al público en general, siendo incluso fácilmente accesibles desde Internet?

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Los datos personales de nuestros menores

Autora: Sol Rebolledo. Abogada Derecho.com

Recientemente la Agencia Española de Protección de Datos ha publicado un informe sobre la circulación de los datos de carácter personal de nuestros pequeños. En dicho informe se detallan una serie de derechos y recomendaciones con el fin de dar a conocer los posibles incidentes que pueden darse en la red cuando los internautas son menores.

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