Autor: Aitor Medina. Abogado en Derecho.com
La entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (nueva LOPD) ha venido a completar aquellos aspectos que estaban difusos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). En particular, ha dado un poco más de luz a la figura del Delegado de Protección de Datos o Data Protection Officer (DPD o DPO), enumerando aquellas entidades que, por su actividad, sí deben deisgnar un DPO.