Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas:
1.- En el Registro de Aguas, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., Sección B, Tomo 74, Hoja 96, figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas subterráneas con las siguientes características:
- NUMERO: 20449
- MASA DE AGUA: Masa de agua subterránea: DU - 400047 Medina del Campo
- CLASE Y AFECCIÓN: Uso Industrial
- TITULARES: Áridos Hernansancho, S.L.
- LUGAR, TÉRMINO MUNICIPAL Y PROVINCIA DE LA TOMA: Parcela 3099, Polígono 6, término municipal de Hernansancho (Ávila)
- CAUDAL (l/s): 2,00 máximo y 0,20 medio
- VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 6.336
- TÍTULO-FECHA-AUTORIDAD: La resolución de inscripción por disposición legal de fecha 14/09/1995. Confederación H. del Duero.
Expediente IP-20449-AV (Ref integra IP-1082/1995)
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe de 22 de enero de 2025, que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende la ausencia de mantenimiento y conservación, y el abandono de las instalaciones, como consecuencia del cese de la actividad consistente en usos industriales, extracción de áridos, actividad minera, lo que comporta la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos.
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 22 de enero de 2025, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de VEINTE DÍAS, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED/ARU/0003/2025-, bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Valladolid, 29 de enero de 2025.- Jefa Servicio Registro Aguas y Recursos Hidráulicos - Confederación Hidrográfica del Duero, Ana Isabel Guardo Pérez.