El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre), ha aprobado en su sesión de fecha 19 de diciembre de 2024, prorrogar en SIETE (7) AÑOS, a contar desde el 20 de enero de 2025, el plazo de la concesión administrativa de la que es titular la entidad DISA RED DE SERVICIOS PETROLÍFEROS, S.A.U. para la Explotación de una Estación de Servicio y de Suministro de Combustibles en la margen izquierda de la autovía de Santa Cruz a San Andrés, en la zona de servicio del puerto de Santa Cruz de Tenerife, con estricta sujeción al pliego de condiciones aceptado por aquélla en fecha 9 de diciembre de 2024.
Lo que se hace público para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.7 en relación con el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Lo que se publica para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 19 de diciembre de 2024.- El Presidente, Pedro Suárez López de Vergara.