Examinado el expediente incoado a instancia de D. Juan Álvarez Ordás (***3202**) solicitando concesión de un aprovechamiento de aguas superficiales, en el término municipal de Ardón (León), por un volumen máximo anual de 3.244,14 m³, un caudal máximo instantáneo de 3,82 l/s, y un caudal medio equivalente de 0,21 l/s, con destino a riego, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 24 de abril de 2025, lo siguiente:
Anular la inscripción que consta en la Sección C del Registro de Aguas a nombre de D. Amador Álvarez Álvarez con referencia PRLE006154.
Otorgar la concesión de aguas superficiales, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: D. Juan Álvarez Ordás (***3202**)
Tipo de uso: Riego de 4,06 ha de cultivos leñosos
Uso consuntivo: Sí
Volumen máximo anual (m³): 3.244,14
Volumen máximo mensual (m³): 270,34
Caudal máximo instantáneo (l/s): 3,82
Caudal medio equivalente (l/s): 0,21
Procedencia de las aguas: Arroyo de Las Madrices (masa de agua superficial 30400040 – Río Esla 6)
Plazo por el que se otorga: Hasta el 31 de diciembre de 2035.
Observación: El titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente el antiguo pozo sito en la parcela 94 del polígono 201 del término municipal de Ardón (León), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes alas aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del RDPH y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La presente Resolución de Concesión Administrativa.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Portal del Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 25 de abril de 2025.- El Jefe de Servicio de Aguas Subterráneas, José Ignacio Santillán Ibáñez.