Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción del aprovechamiento de 0,14 l/s de agua procedente de las fuentes Lamela, Tallos y Vidueiros, en Rubiais, parroquia de San Martiño de Zanfoga, término municipal de Pedrafita do Cebreiro (Lugo) con destino a abastecimiento. A/27/09332/E.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-38156|Boletín Oficial: 255|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-10-22|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN (1) MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Pedrafita do Cebreiro o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/27/09332/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: Ayuntamiento de Pedrafita do Cebreiro

Nombre del río o corriente: Fuentes Lamela, Tallos y Vidueiros

Caudal concedido: 0,14 l/s

Punto localización: Rubiais, parroquia de San Martiño de Zanfoga

Término municipal y provincia: Pedrafita do Cebreiro, Lugo

Destino: Abastecimiento

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 16 de marzo de 2001

Registro de Aguas: 10399, Sección A, en el Tomo 01047, hoja número 099

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas incoado de oficio por este Organismo de cuenca por transcurso del plazo de la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres.

Ourense, 17 de octubre de 2024.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.