Con fecha 29 de noviembre de 2024, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible (DA quinta RD 253/2024 y Orden TMA/1007/2021), ha resuelto aprobar el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de Construcción "Actuaciones para el desarrollo del Plan de Acción Contra el Ruido de la Fase II en la autopista AP-7 del P.K. 55+500 al P.K. 90+100 y en la autovía A-26 del P.K. 70+300 al P.K 71+000. Provincia de Girona". (Clave 39-GI-4050).
El texto íntegro de la Resolución, donde se recogen todas las prescripciones dictaminadas, estará disponible para su consulta en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica).
La Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Barcelona, 5 de diciembre de 2024.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, Vicente Vilanova Martínez-Falero.