Con fecha 29 de noviembre de 2024, el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible (DA quinta RD 253/2024 y Orden TMA/1007/2021), ha resuelto aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción: "Actuaciones para el desarrollo del plan de acción contra el ruido de la fase II en la autovía A-2 P.K. 592+450 a P.K. 595+350, la autovía B-10 P.K. 18+000 a 19+400, y la autovía B-30 P.K. 4+500 a 9+400. Provincia de Barcelona" (Clave: 39-B-5220).
El texto íntegro de la Resolución, donde se recogen todas las prescripciones dictaminadas, estará disponible para su consulta en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica).
La Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Barcelona, 5 de diciembre de 2024.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, Vicente Vilanova Martínez-Falero.