Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre la Aprobación del Estudio de Delimitación de tramo urbano y establecimiento de Línea Límite de Edificación de las parcelas de referencias catastrales 2501601VK4520S, y 2501605VK4520S0001GD, situadas a la altura del p.k. 25+700 de la margen derecha de la calzada derecha de la Autovía A-4, en el término municipal de Valdemoro (Madrid).

Nº de Disposición: BOE-B-2024-47323|Boletín Oficial: 311|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-12-26|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Con fecha 11 de diciembre de 2024 el Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, P.D. en el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible (DA quinta RD 253/2024 y Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre) ha resuelto lo siguiente:

- Aprobar el expediente de información pública y definitiva el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea límite de edificación de las parcelas de referencias catastrales 2501601VK4520S, y 2501605VK4520S0001GD, situadas a la altura del p.k. 25+700 de la margen derecha de la calzada derecha de la Autovía A-4, en el término municipal de Valdemoro (Madrid), de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:

o Delimitar como tramo urbano el tramo de la carretera A-4 colindante con los terrenos ubicados en la margen derecha de la calzada derecha de la Autovía A-4, a la altura del p.k. 25+700, asociados a las parcelas de referencias catastrales 2501601VK4520S, y 2501605VK4520S0001GD, con dirección, respectivamente, en la avenida de Andalucía nº 91 y en la calle Tenerías nº 48.

o Fijar, para el tramo urbano establecido en el punto anterior, la línea límite de edificación, conforme al planeamiento vigente en el municipio, esto es, el Plan General de Valdemoro de 2004 y el Plan Parcial del año 2000, según plano adjunto.

o Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación a 8 m de la A-4.

o Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 25 metros de la A-4.

El texto íntegro de la Resolución podrá ser consultado, en días hábiles y horas de oficina, en la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sita en la calle Josefa Valcárcel, 11, 28071 en Madrid; así como en la web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en la siguiente ubicación: https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica

Dado que la presente resolución pone fin a la vía administrativa, la misma será recurrible potestativamente en reposición o impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contenciosa-administrativo conforme al artículo 123.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En virtud del artículo 124 de la misma Ley, el plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

Madrid, 20 de diciembre de 2024.- La Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, Gloria Ramos Palop.