Con fecha 1 de abril de 2025 el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, P.D. El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible de conformidad con la D.A. quinta del R.D. 253/2024 de 12 de marzo (BOE: 13-03-2024), la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias (BOE: 25-9-2021), modificada por la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril (BOE: 11-04-2023), y el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, ha resuelto:
Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el "anteproyecto de adecuación, reforma y conservación de la autovía A-5, del Suroeste. Tramo: del p.k. 10+000 al p.k. 74+000", de clave A0-M-0072, seleccionando como alternativa a desarrollar la indicada en ese documento, con las siguientes prescripciones a tener en cuenta en la redacción de los proyectos de trazado y construcción que pudieran desarrollarse en la tramitación subsiguiente:
Las establecidas en la declaración de impacto ambiental formulada por resolución de 22 de diciembre de 2023 y publicada en el BOE de 9 de enero de 2024.
Las incluidas en el "Documento de síntesis derivado de la información pública y declaración de impacto ambiental (DIA)", con fecha marzo de 2025 y recibido el 26 de marzo de 2025, como resumen de todas las propuestas, prescripciones y/o indicaciones resultantes de la información pública y la evaluación de impacto ambiental ordinaria, para su cumplimiento en la redacción de los subsiguientes proyectos de trazado y construcción.
Los proyectos de trazado y construcción que desarrollen el anteproyecto incluirán el análisis y la definición de las medidas necesarias para impulsar el transporte colectivo de viajeros en el corredor.
Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid:
Notifique la presente resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cumplimiento del artículo 83 de la misma ley, la respuesta razonada a los alegantes está contenida en el informe de alegaciones del director del anteproyecto incluido en el expediente de información pública, que quedará a disposición de los alegantes.
Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".
Publique en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible esta resolución.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
La referida resolución y demás documentación estarán disponibles en el enlace de Participación Pública del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica).
Madrid, 15 de abril de 2025.- La Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, Gloria Ramos Palop.