Por Resolución de la Dirección General de Industria y Energía de 24 de febrero de 2017 (expediente APC-10/2016), se adjudicó a la empresa REDEXIS GAS, S.A., la distribución de gas canalizado en el término municipal de Telde, en los términos y condiciones contenidos en la misma.
A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en los artículos 77 y 92 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en relación con los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), se somete a información pública el proyecto cuyas características se señalan a continuación:
Peticionario: REDEXIS GAS, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en C/. Mahonia, 2 – Edificio Pórtico, 28043, Madrid.
Objeto de la petición: Solicitud de declaración de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del proyecto instalaciones de distribución de combustibles gaseosos por canalización a los mercados de usos domésticos, comerciales e industriales, en el término municipal de Telde.
Descripción de las instalaciones:
Planta de aire propanado:
Emplazamiento: Calle Josefina Mayor, Polígono Industrial El Goro, Telde.
- Instalaciones que la componen:
- Instalación para descarga de GLP.
- Instalación de almacenamiento de GLP: Compuesta por 2 depósitos horizontales aéreos de 49,5 m³.
- Instalación de vaporización.
- Instalación de producción de agua caliente.
- Instalación de Regulación y Medida (ERM).
- Instalación de mezcla.
- Instalaciones complementarias (Electricidad, telemedida y telecontrol, pci, anti intrusismo...)
Red de distribución:
- Tubo de polietileno PE 100, según Norma UNE-EN-1555:2011. Longitud total 235.003 metros. DN de 63 hasta 250 mm.
- 85 válvulas de seccionamiento y derivación. PE DN 2" hasta 10".
Las redes incluidas en el proyecto abarcan al término municipal de Telde y en concreto a los núcleos de población de Jinámar, La Majadilla, Caserones Altos, Los Caserones, Caserones Bajos, Telde, Balcón del Telde, Valle de los Nueve, Las Medianas, San Isidro, San Antonio, Las Remudas, La Estrella, Mar Pequeña, La Garita, El Calero Alto, El Calero Bajo, El Calero, La Viña, Casas Nuevas, Las Huesas, Playa del Hombre, Taliarte, Playa Melenara, Playa de Salinetas, El Goro, Ojos de Garza, Urbanización Ojos de Garza, Montaña Tabaiba, Lomo de la Herradura, La Rocha y Caracol.
El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.
Presupuesto total del proyecto: Dieciseis millones cincuenta mil ciento veinticinco euros con veintinueve céntimos (16.050.125,29 €).
Afecciones a la propiedad derivadas de la construcción del presente Proyecto:
Ocupación temporal: La ocupación temporal se aplicará sobre los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleje para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se podrá hacer desaparecer, temporalmente, cualquier obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas para dichos fines.
Servidumbre permanente de paso: Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, vigilar, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que se ocasionen.
La afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del presente proyecto se concreta en la siguiente forma:
Para las canalizaciones:
La ocupación temporal se aplicará sobre los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleje para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se podrá hacer desaparecer, temporalmente, cualquier obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas para dichos fines.
La servidumbre permanente de paso se impondrá sobre una franja de terreno de un ancho de 2,00 m (1,00 a cada lado del eje) por donde discurrirá la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas, así como las instalaciones para comunicaciones y otras instalaciones auxiliares. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones de dominio:
- Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros (50 cm), así como la plantación de árboles o arbustos, a una distancia inferior a dos metros (2,00 m) a cada lado del eje contados a partir del eje de la tubería o tuberías.
- Prohibición de la realización de cualquier tipo de obra, construcción, edificación o de efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior a 5,00 metros del eje de la tubería y a ambos lados de la misma. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el Órgano competente de la Administración.
- Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.
- Posibilidad de instalar los hitos para señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares de bienes y/o derechos afectados, cuya relación se inserta al final de este anuncio, puedan examinar el proyecto y anejo de afecciones del proyecto, en el Servicio de Combustibles y Energías Renovables sito en la Calle León y Castillo 200, planta 2ª, 35071, Las Palmas de Gran Canaria y en el Ayuntamiento de Telde y presentar las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de TREINTA DÍAS a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 45 del antedicho cuerpo legal.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados
Proyecto instalaciones de distribución de gases combustibles por canalización
Término municipal de: Telde
Número |
Titular y domicilio |
Polígono |
Parcela |
Ref. catastral |
uso principal |
naturaleza |
l (m) |
Ocupación temporal (m²) |
Expropiación válvula (m²) |
PL-TE-1 |
DESCONOCIDO EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003 |
5 |
2 |
35026A005000020000RQ |
AGRARIO |
PASTOS |
- |
48 |
- |
PL-TE-2 |
DESCONOCIDO EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003 |
- |
- |
1626401DR6912N0000ZB |
URBANO |
SUELO SIN EDIFICAR |
160 |
1273 |
- |
PL-TE-3 |
CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA |
2 |
9005 |
35026A002090050000RT |
AGRARIO |
VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO |
96 |
776 |
- |
PL-TE-4 |
FEPETI SA, INVERSIONES INMOBIL FELIX MACHIN SA |
2 |
29 |
35026A002000290000RU |
AGRARIO |
PASTOS |
83 |
647 |
- |
PL-TE-5 |
DESCONOCIDO EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003 |
- |
- |
1737101DR6913N0000KF |
URBANO |
SIN EDIFICAR |
6 |
89 |
- |
PL-TE-6 |
AYUNTAMIENTO DE TELDE |
2 |
51 |
35026A002000510000RO |
AGRARIO |
IMPRODUCTIVO |
155 |
1241 |
- |
PL-TE-7 |
COMUNIDAD DE EXPLOTACION HERMANOS MAYOR S.C.P. |
1 |
126 |
35026A001001260000RG |
AGRARIO |
PASTOS/PLATANOS DE REGADÍO |
23 |
199 |
- |
PL-TE-8 |
TAUGAL SA |
1 |
125 |
35026A001001250000RY |
AGRARIO |
PASTOS |
43 |
339 |
- |
PL-TE-9 |
DESCONOCIDO |
- |
- |
1847815DS6914N0001SQ |
URBANO |
RESIDENCIAL |
- |
48 |
- |
PL-TE-10 |
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003 |
- |
- |
1851601DR6915S0000QP |
URBANO |
SIN EDIFICAR |
90 |
687 |
- |
PL-TE-11 |
AMADOR BEDFORD RICARDO |
1 |
128 |
35026A001001280000RP |
AGRARIO |
PASTOS |
21 |
63 |
- |
PL-TE-12 |
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003 |
- |
- |
0967301DR6906N0000PG |
URBANO |
SIN EDIFICAR |
105 |
828 |
- |
PL-TE-13 |
CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA |
8 |
9044 |
35026A008090440000RH |
AGRARIO |
HIDROGRAFÍA |
15 |
121 |
- |
PL-TE-14 |
RAMIREZ BRITO HORTENSIA |
8 |
305 |
35026A008003050000RH |
AGRARIO |
INVERNADEROS FLORALES |
48 |
385 |
- |
PL-TE-15 |
RAMIREZ BRITO HORTENSIA |
8 |
305 |
35026A008003050000RH |
AGRARIO |
PASTOS |
7 |
56 |
- |
PL-TE-16 |
MEDINA CALDERIN ENCARNACION |
8 |
304 |
35026A008003040000RU |
AGRARIO |
HUERTA REGADÍO |
41 |
289 |
- |
PL-TE-17 |
MAYOR FALCON MARIA LILA |
8 |
272 |
35026A008002720000RS |
AGRARIO |
HUERTA REGADÍO |
212 |
1722 |
- |
PL-TE-18 |
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003 |
- |
- |
9869501DR5996N0000GH |
RUSTICO |
PASTOS |
26 |
176 |
- |
PL-TE-19 |
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003 |
8 |
541 |
35026A008005410000RP |
AGRARIO |
HUERTA REGADÍO |
18 |
142 |
- |
PL-TE-20 |
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003 |
8 |
597 |
35026A008005970000RA |
AGRARIO |
PASTOS |
59 |
469 |
- |
PL-TE-21 |
MAYOR ALONSO GONZALO |
18 |
739 |
35026A018007390000RJ |
AGRARIO |
IMPRODUCTIVO |
8 |
50 |
- |
PL-TE-22 |
CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA |
18 |
9013 |
35026A018090130000RG |
AGRARIO |
- |
93 |
673 |
- |
PL-TE-23 |
DESCONOCIDO |
18 |
9003 |
- |
AGRARIO |
73 |
591 |
- |
|
PL-TE-24 |
CASTILLO CASTILLO SUSANA |
18 |
732 |
35026A018007320000RM |
AGRARIO |
PASTOS |
156 |
942 |
- |
PL-TE-25 |
DESCONOCIDO |
11 |
4 |
35026A011000040000RK |
AGRARIO |
PASTOS |
- |
48 |
- |
PL-TE-26 |
MAIPEZ - PARQUE SL, DESCONOCIDO EN INVESTIGACION, ARTICULO 47 DE LA LEY 33/2003, |
12 |
414 |
35026A012004140000RB |
AGRARIO |
PASTOS |
- |
107 |
- |
Santa Cruz de Tenerife, 14 de noviembre de 2017.- La Directora General de Industria y Energía, P.S. (S/ Res.VIEC nº 29/2017, de 01/02/2017), María Ángeles Palmero Díaz, Directora General de Comercio y Consumo.