En febrero de 2024 se redactó el proyecto de renovación del ramal de Campos del Río fase 1 (Mu/Varios) con un presupuesto base de licitación de 332.326,69 € (21% I.V.A. incluido).
El objetivo de la actuación es mejorar el actual sistema de suministro al municipio de Campos del Río, modificando el punto de conexión del Ramal de Campos del Río con el Ramal Común de abastecimiento a Albudeite y Campos del Río y renovando parcialmente las conducciones actuales de fibrocemento DN200 en su zona más crítica.
La solución seleccionada para la renovación del Ramal de Campos del Río consiste en la ejecución de una nueva conducción que sustituya parte del ramal actual de fibrocemento DN200, planteándose su derivación del Ramal Común de Albudeite y Campos del Río unos 3 km aguas abajo de la derivación actual.
La nueva conducción tendrá una longitud total de 377 metros en fundición dúctil DN250, que discurrirá por los términos municipales de Albudeite y Campos del Río.
El punto de inicio se plantea mediante una nueva derivación desde el Ramal Común DN400 con salida DN250 y nueva arqueta con válvula de corte DN250 y ventosa de 2" en el entorno de la arqueta de ventosa de dicho ramal ubicada junto al punto donde el Ramal actual de Campos del Río se separa del Ramal Común, inmediatamente aguas arriba del cruce de la rambla de Gracia.
El punto final de la conducción será la arqueta de válvula de corte y ventosa actual de la conducción, que a partir de ese punto está ya sustituida por fundición dúctil DN200. La conexión se realizará con la tubería existente en el exterior de la arqueta justo antes de la entrada a la misma, mediante pieza especial de reducción DN250-200.
Con esta actuación se podrán dejar fuera de servicio los primeros 3 km de la tubería de Campos del Río, que son los que soportan el mayor número de roturas.
El 9 de mayo de 2024, la oficina de supervisión de proyectos, emitió informe por el que se acredita haber realizado la supervisión del proyecto, declarando que el mismo cumple cuantos requisitos son exigidos por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que incorpora el Estudio de Seguridad y Salud, exigido por el Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en las obras de construcción, que incorpora también el Estudio de Gestión de Residuos para dar cumplimiento al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por último que se han realizado las comprobaciones aritméticas correspondientes, sin haberse encontrado error en las mismas.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática, de la Región de Murcia, informó, con fecha 7 de abril de 2024, que el proyecto de referencia no tendrá afección sobre la Red Natura 2000, al encontrarse fuera de los límites de esta figura de protección, ni afección significativa sobre los valores naturales del entorno.
Teniendo en cuenta lo anterior y de acuerdo con el análisis de las características del proyecto practicado según el Título I, artículos 6 y 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, con fecha 16 de mayo de 2024, el Director de la MCT concluye que dicho proyecto no está incluido en el ámbito de aplicación de la citada Ley, no siendo previsible que las obras contempladas en la actuación, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la Resolución, vayan a producir impactos adversos significativos.
Con fecha 29 de mayo de 2024, el Director de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, declaró la aprobación técnica inicial del PROYECTO 02/24 DE RENOVACIÓN DEL RAMAL DE CAMPOS DEL RÍO. FASE 1 (MU/VARIOS), ordenando la incoación del expediente de información pública de la relación de bienes y derechos afectados por el citado proyecto.
El trámite de información pública, se llevó a cabo de conformidad con los requerimientos legales y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y los artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como con lo establecido en el artículo 83 de la ley 39/2015, de 26 de noviembre, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido el plazo de 15 días hábiles del trámite de información pública, no se recibió ninguna alegación. El Jefe de la Sección de Expropiaciones y Patrimonio de MCT, redactó informe de fin del trámite de información pública el 4 de septiembre de 2024. El día 29 de octubre de 2024 se recibe informe de la Abogacía del Estado sobre la conformidad a Derecho del procedimiento de información pública llevado a cabo.
Con todo lo expuesto anteriormente, dado que el proyecto de referencia cumple con la normativa vigente en la materia, y en virtud de las facultades que me atribuye la legislación vigente:
RESUELVO
1. Aprobar definitivamente el proyecto de renovación del ramal de Campos del Río fase 1. (Mu/Varios) por su presupuesto base de licitación de 332.326,69 € (21% I.V.A. incluido).
2. Declarar la necesidad de ocupación de la relación de bienes y derechos afectados (anexo I), y conforme a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19 y 20 de su Reglamento, proceder a la publicación de la presente resolución, así como a su notificación a todos los propietarios afectados.
3. Designar como Director de los trabajos al funcionario, D. Iván Ibáñez Nova, Ingeniero Técnico de Obras Públicas adscrito al Área de Explotación de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.
4. Encargar al Facultativo Director la realización del replanteo de las obras.
5. Proponer al Órgano de Contratación del Organismo la adjudicación por Procedimiento Abierto con varios criterios para su adjudicación, de acuerdo con los artículos 131, 145, 156 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, debiendo los licitadores reunir las siguientes clasificaciones:
Grupo E Subgrupo 1 Categoría 2
6. Proponer al Órgano de Contratación del Organismo la financiación de las obras con cargo a los fondos propios de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.
7. Dar traslado a la Secretaría General del Organismo para que se proceda a la expedición del certificado de existencia de crédito.
8. Comunicar la presente resolución a los Ayuntamientos afectados, a los efectos previstos en el artículo 127 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
ANEXO 1: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS
Término municipal de Campos del Río
Nº DE FINCA |
REFERENCIA CATASTRAL |
NOMBRE Y APELLIDOS |
PLENO DOMINIO (m2) |
SERVIDUMBRE PASO TUBERÍA (m2) |
OCUPACIÓN TEMPORAL (m2) |
1 |
30014A002001260000IU |
ANTONIO ALMAGRO CORTÉS |
47,00 |
63,00 |
510,00 |
2 |
30014A002090090000IK |
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO |
28,00 |
76,00 |
|
3 |
30014A002001270000IH |
MARÍA ROSARIO GÓMEZ SÁNCHEZ |
37,00 |
7,00 |
127,00 |
Término municipal de Albudeite
Nº DE FINCA |
REFERENCIA CATASTRAL |
NOMBRE Y APELLIDOS |
PLENO DOMINIO (m2) |
SERVIDUMBRE PASO TUBERÍA (m2) |
OCUPACIÓN TEMPORAL (m2) |
4 |
30004A002000560000EI |
MARÍA ROSARIO GÓMEZ SÁNCHEZ |
698,00 |
||
5 |
30004A002090100000EM |
AYUNTAMIENTO DE ALBUDEITE |
47,00 |
||
6 |
30004A002000580000EE |
FACUNDO CASALES MARTÍNEZ ROSARIO MARTÍNEZ ALCÁZAR |
9,00 |
297,00 |
|
7 |
30004A002000620000ES |
ANTONIA CASALES PEÑALVER |
17,00 |
536,00 |
Cartagena, 13 de noviembre de 2024.- El Director, Carlos Conradi Monner.