Advertido error en la de la Circular 1/2025, de 5 de marzo, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifican la Circular 6/2008, de 26 de noviembre; la Circular 11/2008, de 30 de diciembre, y la Circular 4/2016, de 29 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 65 de 17 de marzo de 2025, se efectúa la oportuna rectificación:
En la página núm. 35397, en la «Disposición final única. Entrada en vigor», donde dice:
«… con excepción de los estados reservados a los que hace referencia la Norma primera.»
Debe decir:
«… con excepción de los estados reservados a los que hace referencia la Norma segunda.»