Corrección de errores de la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-7292|Boletín Oficial: 88|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-04-11|Órgano Emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Advertido error en la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 49, de 26 de febrero de 2025, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 26376, en el primer párrafo del apartado 3 del artículo 38, donde dice: «En ningún caso, la base así obtenida podrá ser superior al tope máximo señalado en el artículo 2.1 ni inferior, desde el 1 de enero de 2025, a 7,97 euros por cada hora trabajada.», debe decir: «En ningún caso, la base así obtenida podrá ser superior al tope máximo señalado en el artículo 2.1 ni inferior, desde el 1 de enero de 2025, a 8,32 euros por cada hora trabajada».