Extracto de la Resolución de 17 de marzo de 2025, del Mando de Adiestramiento y Doctrina por la que se convocan ayudas Máster Derecho Militar

Nº de Disposición: BOE-B-2025-13323|Boletín Oficial: 88|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-04-11|Órgano Emisor: Ministerio de Defensa

BDNS(Identif.):821080

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/821080)

Primero. Beneficiarios:

Para el otorgamiento de estas ayudas se tendrán en cuenta los siguientes requisitos y prioridades:

Primera: oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra, Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra y militares de complemento con la condición de militar de carrera de los mencionados cuerpos, que estén ocupando puestos como jefe/auxiliar de sección de personal o inteligencia en el Ejército de Tierra en unidades tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.

Segunda: suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas y que estén ocupando puestos de jefe/auxiliar de sección de personal o inteligencia en el Ejército de Tierra en unidades tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.

Tercera: oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra, Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra, militares de complemento con la condición de militar de carrera de los mencionados cuerpos y suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, que se encuentren desempeñando funciones como jefe de compañía y que estén en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas.

Cuarta: militares de Tropa y Marinería de carácter permanente con condición militar de carrera y militares de Tropa y Marinería con compromiso de larga duración en posesión de título universitario de licenciado, diplomado o graduado en el ámbito de las ciencias jurídicas, económicas o políticas y que se encuentren encuadrados en las secciones de personal e inteligencia en unidades tipo brigada, regimiento, batallón o grupo.

Quinta: militares profesionales con carácter permanente no incluidos en las prioridades anteriores y que se encuentren encuadrados en la estructura del Ejército de Tierra. Quedan excluidos de esta ayuda económica quienes tengan derecho a matrícula gratuita y no abonen ningún tipo de tasa.

Dentro de cada prioridad se realizará una prelación valorando el destino y empleo de los solicitantes, según se establece en el apartado 4.2 de la convocatoria.

Segundo.Objeto.

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas cuya finalidad es sufragar los costes de las primeras matrículas (tasas, derechos de examen, etc.) correspondientes a la realización del Máster Universitario en Derecho Militar, reflejado en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Defensa para el periodo 2024-2026, Orden de Defensa 13/2024, de 20 de mayo.

Tercero. Bases reguladoras.

Aprobadas por Orden de Defensa/411/2024 de 25 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización del Máster Universitario en Derecho Militar, publicada en el Boletín Oficial de Defensa nº 92 de 10 de mayo de 2024.

Cuarto. Cuantía.

La dotación económica es de 35.000 euros, con una ayuda máxima por alumno matriculado de 4.300 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto. Otros datos.

La realización del máster será sin perjuicio del servicio, aunque se autorizará a los designados para ausentarse del destino con motivo de la realización de los exámenes y su asistencia se considerará acto de servicio. El tiempo dedicado de forma presencial u online a la ejecución de las prácticas obligatorias del máster, tendrá también la consideración de acto de servicio, sin derecho a indemnización.

Incompatible con cualquier otra subvención, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.

La resolución de la convocatoria y sus anexos se encuentra en la Base de Datos nacional de Subvenciones y en la Web del Mando de Adiestramiento y Doctrina https://ejercito.defensa.gob.es/unidades/Granada/madoc/Becas_y_ayudas/index.html

Las solicitudes se formalizarán por los interesados de acuerdo al modelo del Anexo I de la convocatoria. Esa presentación se hará de forma directa por el interesado, quien será responsable de que se haga dentro de los plazos establecidos para ello en la convocatoria.

Los interesados presentarán su solicitud (Anexo I), con la documentación anexa, mediante la herramienta colaborativa del Mando de Adiestramiento y Doctrina (BECAS Y AYUDAS | MADOC - Inicio) dirigido al Secretario General del Mando de Adiestramiento y Doctrina especificando en el Asunto: Máster Derecho Militar

Granada, 17 de marzo de 2025.- El General Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, José Manuel De La Esperanza y Martin-Pinillos.