BDNS(Identif.):824103
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/824103)
Primero. Personas beneficiarias
Podrán acceder a la condición de persona beneficiaria de estas becas las personas físicas mayores de edad, de nacionalidad española, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y extranjeros, que reúnan y acrediten los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:
Requisitos Académicos:
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones en el plazo de presentación de solicitudes: Estar matriculadas en un grado, título universitario oficial, de 240 "European Credit Transfer and Accumulation System" (en adelante ECTS), en el curso académico 2024-2025 y que tengan al menos 180 ECTS o el 75% completados correspondientes al grado que estén realizando. Estar matriculadas en un grado, título universitario oficial, de al menos 300 ECTS en el curso académico 2024-2025 y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando. Estar matriculadas en un doble grado, título universitario oficial, de 300 ECTS o más, en el curso académico 2024-2025, y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando. Estar matriculadas en un Máster Universitario oficial durante el curso académico 2024-2025 o 2025-2026.
Requisitos generales:
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan cada una de las siguientes condiciones: No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor/a. No haber sido persona beneficiaria de una beca del programa JAE. No haber disfrutado de una ayuda, beca o contrato de investigación.
Requisitos relativos a la nota media mínima del expediente académico:
Según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad: Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0-10 y con 2 decimales, igual o superior a 7.50 para todos los ámbitos del conocimiento, excepto para estudios de doble grado, aquellos pertenecientes a los ámbitos de industrias culturales: diseño, animación, cinematografía y producción audiovisual; ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica e ingeniería de la telecomunicación; ingeniería industrial, ingeniería mecánica, ingeniería automática, ingeniería de la organización industrial e ingeniería de la navegación; ingeniería informática y de sistemas; ingeniería química, ingeniería de los materiales e ingeniería del medio natural que será igual o superior a 6.50.
Las personas solicitantes que no hayan finalizado los estudios de grado deberán acreditar estas notas medias para los créditos obtenidos hasta la fecha de presentación de su solicitud, en el plazo de presentación de solicitudes.
Segundo. Objeto
La iniciación de estudiantes universitarios en la carrera investigadora en las diferentes áreas globales del CSIC (Vida, Sociedad y Materia), mediante 200 becas para estancias de siete meses consecutivos. Se iniciarán el primer día del mes una vez resueltas las becas y se disfrutarán en los grupos de investigación que desarrollen su labor en las diferentes estructuras de investigación (EI) con las que cuenta el CSIC, donde se desarrolla la actividad científica y técnica del CSIC, institutos de investigación, centros nacionales, plataformas temáticas interdisciplinares (PTI) y redes científicas. Estas becas propician una aproximación al conocimiento de los problemas científico-técnicos de actualidad y a los métodos utilizados para su resolución.
Tercero. Bases reguladoras
Orden CIN/895/2022, de 12 de septiembre, por la que se actualiza el Programa «Junta para la Ampliación de Estudios» y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las becas para la formación por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Cuarto. Importe
La cuantía total de cada beca será de 4.200 euros y será abonada en 7 mensualidades de 600 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las solicitudes se cumplimentarán únicamente utilizando la aplicación telemática https://www.convocatorias.csic.es/convoca/, disponible en la sede electrónica del CSIC (https://sede.csic.gob.es/intro2025).
Madrid, 31 de marzo de 2025.- La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Dª Eloísa del Pino Matute.