BDNS(Identif.):827147
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/827147)
Primero. Beneficiarios:
Personas jurídicas o físicas (autónomos) que cumplan los requisitos siguientes: tener como actividad principal la venta de libros; disponer de establecimiento físico, abierto al público general; ser librerías independientes, entendidas como tal aquellos negocios dedicados a la venta de libros que cuenten con hasta cinco establecimientos y cuya oferta editorial sea consecuencia de su decisión autónoma; tener físicamente en el establecimiento, a disposición del público, una oferta de títulos igual o superior a 3.000, o, en el caso de librerías especializadas en alguna materia concreta, igual o superior a 1.500.
Segundo. Objeto:
Proyectos de revalorización cultural y modernización de librerías, para mejorar su competitividad, incorporar la digitalización a sus procesos y programas de gestión, y hacerlas más sostenibles medioambientalmente, a través de, entre otros: la adquisición de equipos o programas de gestión interna de librerías y de gestión de web, la implantación del marketing digital, la transformación en "librerías verdes", o la ejecución de obras de mejora del espacio cultural.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
Cuarto. Importe:
El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 500.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Madrid, 7 de abril de 2025.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (apartado Cuarto.2.d) Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo) la Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.