Vista la propuesta efectuada por don Jesús Fernández Godoy, en representación de Vezzani España, SL, con CIF B42802397 y domicilio social en calle Corretger, 65-10, Polígono Táctica 46980 Paterna (Valencia), sobre la «Bolsa de traslado internacional de cadáveres».
Considerando lo previsto en el articulo 40.b.3 del Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, en el que se especifica que la caja interior de los féretros especiales de traslado podrá ser de cualquier otro tipo de construcción, previamente aprobado por la extinta Dirección General de Sanidad, y para que sirva de notificación a los interesados,
Esta Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud resuelve:
Aprobar la «Bolsa de traslado internacional de cadáveres» para su uso como caja interior de los féretros especiales de traslado internacional, puesto que cumple con todas las características técnicas sanitarias de estanqueidad y resistencia a la presión de los gases en su interior, así como la posibilidad de aplicar dispositivos de filtrado y depuración de los gases para equilibrar la presión interior y exterior.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 12 de marzo de 2025.–El Director General de Salud Pública y Equidad en Salud, Pedro Gullón Tosio.