Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Envera Empleados de Iberia Padres de Personas con Discapacidad.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-6754|Boletín Oficial: 81|Fecha Disposición: 2025-02-13|Fecha Publicación: 2025-04-03|Órgano Emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por la entidad Envera-Asociación de Empleados de Iberia, Padres de Personas con Discapacidad, según resulta de la escritura otorgada ante la notaria de Madrid doña Ana López-Monís Gallego, el 29 de mayo de 2024, con el número 2.543 de protocolo complementada por otra otorgada ante la misma notaria, el 27 de noviembre de 2024, protocolo 5.543.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Bahia de Pollensa numero 25 de Madrid (28042) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada completamente como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Son fines de la Fundación: la protección, asistencia, previsión educativa e integración social y laboral de todas las personas con discapacidad, ya sea intelectual, física o sensorial, con especial atención a las mujeres con discapacidad y a la discapacidad intelectual.

Quinto. Patronos.

Don José Antonio Quintero Fernández, don Antonio Ramos Águila, doña Consuelo García González, don Óscar Docal Ortega, don José Luís López Oñoro, doña Nuria Lago Jérez y don Carmelo Blas García.

Cargos:

Presidente: Don Antonio Ramos Águila.

Vicepresidente: Don José Antonio Quintero Fernández.

Secretario no patrono: Don Alfredo de Sandoval de Sandoval.

Vocales: Don Antonio Ramos Águila, doña Consuelo García González, don Óscar Docal Ortega, don José Luís López Oñoro, doña Nuria Lago Jeréz y don Carmelo Blas García.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 9 de enero de 2025.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Envera Empleados de Iberia Padres de Personas con Discapacidad, Patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 13 de febrero de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.