En el marco del expediente IE/LDI-1/2025, incoado, entre otros, a IFX (UK) Ltd., la Comisión Ejecutiva del Banco de España, en su sesión de fecha 7 de abril de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: «Suspender temporalmente la actividad de IFX (UK) Ltd. de prestación de servicios de pago, con publicación en el "Boletín Oficial del Estado" (…)».
Tal medida se adoptó al amparo de lo establecido en el artículo 111 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, así como en el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, manteniéndose hasta la resolución del mencionado expediente sancionador.
Por tanto, a la vista del citado acuerdo, y al amparo de lo establecido en el artículo 111.3 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada medida de suspensión temporal de la referida actividad de IFX (UK) Ltd.
Madrid, 15 de abril de 2025.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.