Antecedentes de hecho
Con fecha 18 de febrero de 2019, tiene entrada en la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental, escrito de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica, en el que se solicita, si así procede, la evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto «Desmantelamiento de la central térmica de Lada en el Término Municipal de Langreo (Asturias)».
Los principales elementos de análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
El desmantelamiento se realizará una vez la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica haya adoptado la autorización de cierre de la Central Térmica de Lada en el Término Municipal de Langreo (Asturias).
El proyecto de desmantelamiento de la central térmica se somete a evaluación de impacto ambiental simplificada en base al apartado c del artículo 7.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por considerarse una modificación de características de una central térmica ya ejecutada que generará un potencial incremento significativo de residuos.
Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos, esta Subdirección General ha realizado un análisis en base a los criterios expuestos en el anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, relativos a las características del proyecto, su ubicación, y las características de sus potenciales impactos.
– Promotor y órgano sustantivo. El promotor del proyecto es Iberdrola Generación Térmica S.L.U. (Iberdrola Generación España, S.A.) y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
– Objeto, descripción y localización del proyecto. El objeto del proyecto consiste en el desmantelamiento, tras el cierre definitivo, de la Central Térmica (CT) de Lada, localizada en el distrito de La Felguera, en el término municipal de Langreo (Principado de Asturias). Que se producirá una vez se haya autorizado por la autoridad competente el cierre de la Central Térmica de Lada.
La CT de Lada es una instalación de generación de energía eléctrica constituida por un grupo de generación de carbón con una potencia nominal de 358 MW, utilizando carbón como combustible principal para la caldera de producción de vapor, gas natural para la caldera auxiliar, y fuel y gasóleo para los procesos de arranque. La central cuenta con un parque de almacenamiento de carbones con capacidad de 300.000 toneladas, una caldera de combustión de circulación forzada con capacidad de consumo de 3.600 toneladas diarias y ciclo agua-vapor, un grupo turbogenerador, sistema de refrigeración, sistema de tratamiento de gases de combustión (precipitadores y planta de desulfuración), además de una serie de servicios auxiliares (laboratorio, oficinas, talleres, almacenes de residuos, etc.).
El funcionamiento de la central necesita gran cantidad de agua (9,74 Hm3 anuales) que es captada mediante una toma directa del río Nalón (incluye una presa de hormigón y chapa metálica) y desmineralizada en una Planta de Tratamiento de forma previa a su utilización en el ciclo agua-vapor.
El proyecto de desmantelamiento pretende realizarse como culminación del cierre y clausura de la actividad. El desmantelamiento se estructura en una serie de operaciones previas, la ejecución material del mismo, y una adecuación posterior de la parcela, previéndose una duración de tres años según el cronograma.
Las operaciones previas consisten en la limpieza de equipos e instalaciones (incluyendo la limpieza e inertización de depósitos aéreos y enterrados de combustible y sus tuberías asociadas, y la limpieza, relleno y sellado con material inerte de las galerías y pozos existentes), retirada de aislamientos térmicos, cubiertas de fibrocemento y acometidas, e instalación de medidas de protección colectiva y medios de evacuación de residuos.
En cuanto a la ejecución material del desmantelamiento, este comprende el vaciado y desmontaje de equipos industriales, la demolición de obras de fábrica, el desguace mecánico de grandes elementos, y la gestión de los residuos generados en el achatarramiento.
Por último, la adecuación de la parcela consistirá en la nivelación, limpieza y regularización de superficies y solares, la ejecución de rellenos y la implantación de coberteras vegetales. Los huecos generados a consecuencia de depósitos y tuberías soterrados, galerías subterráneas, zanjas, etc. se rellenarán con material procedente de la propia demolición, siempre que reúna las condiciones adecuadas de granulometría y limpieza, dejando los últimos 30 cm de suelo compactado.
El área del parque de carbones y el parque de barros serán objeto de un proyecto de restauración vegetal y paisajística. Este proyecto no ha sido incluido en la documentación ambiental, y según el promotor será realizado tras la fase de desmantelamiento. No obstante, se ha aportado un Plan de Restauración que establece los objetivos y medidas principales para estas áreas no hormigonadas, consistentes en el rastrillado y descompactación del suelo, aporte de tierra vegetal y estabilización mediante hidrosiembra con mezcla de semillas de especies leguminosas y gramíneas.
El alcance del proyecto de desmantelamiento no incluye el depósito de residuos no peligrosos situado a tres km de la central, gestionándose su cierre de manera independiente conforme a la legislación correspondiente. También queda fuera del alcance de este proyecto un edificio eléctrico en uso por Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., que recoge líneas de alta tensión que a su vez salen de la central con destino a otras subestaciones eléctricas. Este edificio se sitúa contiguo al actual edificio eléctrico de la orilla derecha del Nalón y se mantendrá después de la demolición completa de la instalación.
El documento ambiental incluye un estudio de alternativas con el objeto de clarificar cual sería la opción más idónea desde el punto de vista medioambiental, socioeconómico y de la salud y seguridad de las personas. Las alternativas consideradas fueron las siguientes:
• La Alternativa cero, consistente en no ejecutar el Proyecto, implicaría dejar la instalación tras el cierre de esta, siendo necesario realizar obras de mantenimiento. Esta opción repercutiría negativamente desde el punto de vista ambiental (impacto visual, afección a los suelos, uso del terreno, etc.) y de la seguridad y salud de las personas, (deterioro de estructuras y edificaciones).
• La otra alternativa consiste en ejecutar el proyecto de desmantelamiento de las instalaciones una vez cesada su actividad productiva. Esta opción supone la reducción de riesgos e impactos ambientales, y evita el impacto visual por eliminación de las infraestructuras presentes. Como desventaja, la ejecución del Proyecto producirá ciertos impactos ambientales.
El análisis concluye con la idoneidad de ejecutar el proyecto. Posteriormente, se realiza un análisis de alternativas sobre el procedimiento a emplear para llevar a cabo el desmantelamiento, valorándose dos alternativas: demolición convencional y demolición selectiva. El promotor opta por la demolición selectiva, dado que con ella se obtiene la mayor cantidad de material seleccionado para reutilización o reciclado, generando un impacto ambiental menor al generado por la demolición convencional.
– Tramitación y consultas. Con fecha de 25 de marzo de 2019, la Subdirección General de Evaluación Ambiental inicia la fase de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de evaluación ambiental. En la tabla adjunta se recogen los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si han remitido su informe en relación con el documento ambiental:
Tabla 1. Consultas previas sobre el documento ambiental. Fuente: elaboración propia
Organismo |
Respuesta |
Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural. Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica. |
No |
Subdirección General de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial. Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica. |
No |
Subdirección General de Residuos. Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental. Ministerio para la Transición Ecológica. |
No |
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica. |
Sí |
Confederación Hidrográfica del Cantábrico. |
Sí |
Oficina de Planificación Hidrológica. Confederación Hidrográfica del Cantábrico. |
No |
Área de Contaminación Atmosférica. Centro Nacional de Sanidad Ambiental. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. |
Sí |
Delegación del Gobierno en Asturias. |
No |
Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. |
Sí(1) |
Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Ministerio del Interior. |
No |
SEPA - Servicio de Emergencias del Principado de Asturias. Área 112 y Protección Civil. |
No |
Dirección General de Minería y Energía. Consejería de Economía y Empleo. Gobierno del Principado de Asturias. |
Sí |
Dirección General de Prevención y Control Ambiental. Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno del Principado de Asturias. |
Sí |
Dirección General de Biodiversidad. Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno del Principado de Asturias. |
Sí |
Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Gobierno del Principado de Asturias. |
No |
Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación y Cultura. Gobierno del Principado de Asturias. |
Sí(2) |
Consejería de Sanidad. Gobierno del Principado de Asturias. |
Sí(3) |
Ayuntamiento de Langreo. |
No |
Greenpeace España. |
No |
Ecoloxistes n’Aicion d’Asturies. |
No |
Asociación Asturiana de Amigos de la Naturaleza-ANA. |
No |
WWF/Adena. |
No |
SEO/Birdlife. |
No |
Amigos de la Tierra España. |
No |
(1) Informa la Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral.
(2) Informa el Servicio de Protección, Conservación y Difusión del Patrimonio Cultural de la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo.
(3) Informa la Dirección General de Salud Pública.
El contenido ambiental más significativo en los informes de las consultas realizadas se expone a continuación:
La Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica considera que el cierre de la instalación y su posterior desmantelamiento tendrán un impacto ambiental muy positivo desde la perspectiva del cambio climático, en especial la reducción y control de gases de efecto invernadero.
La Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social informa que los posibles impactos ambientales sobre la salud humana quedan recogidos en el documento inicial, que cuenta con medidas preventivas y correctoras y no realiza observaciones.
La Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias comunica que no efectúa alegaciones al proyecto, en el marco de las competencias atribuidas a dicha Consejería.
El Servicio de Protección, Conservación y Difusión del Patrimonio Cultural de la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo (Principado de Asturias) considera oportuno llevar a cabo una documentación de la Central por parte de especialistas en patrimonio histórico-industrial, de forma previa a su desmantelamiento.
La Dirección General de Prevención y Control Ambiental de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias adjunta un informe del Servicio de Evaluación Ambiental y un informe del Servicio de Autorizaciones Ambientales.
El Servicio de Evaluación Ambiental considera que el proyecto no requiere ser sometido a evaluación de impacto ambiental ordinaria, con el establecimiento de las medidas planteadas en el documento ambiental y una serie de medidas y condiciones adicionales que señalan en su informe, debiendo actualizar su Plan de Vigilancia Ambiental en consecuencia. Entre otras, requiere la realización de un muestreo y una caracterización previa de suelos y un proyecto de restauración para las parcelas donde se tiene previsto efectuar las revegetaciones.
Por su parte, el Servicio de Autorizaciones Ambientales informa, en relación con el procedimiento de autorización ambiental integrada, que el titular ha de evaluar el estado del suelo y la contaminación de las aguas subterráneas. En caso de que la evaluación determine que existe una contaminación significativa, deberán tomar las medidas adecuadas para reestablecer el emplazamiento de la instalación al estado establecido en el informe base correspondiente.
El Área de Contaminación Atmosférica del Centro Nacional de Sanidad Ambiental informa que si se llevan a cabo las actuaciones descritas en el documento ambiental y se realiza un seguimiento de las medidas preventivas y correctoras establecidas no es de esperar que haya impactos adversos en la atmósfera (calidad del aire).
La Dirección General de Minería y Energía de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias considera que el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria e informa que el cierre y total desmantelamiento de la central presenta efectos negativos muy relevantes sobre la población (concretamente sobre el empleo y el arraigo social) que no han sido convenientemente abordados por el promotor, ni los efectos sinérgicos derivados de otros procesos de cierre. También indica que debería evaluarse una alternativa cero consistente en el mantenimiento de la central operativa cumpliendo con la normativa ambiental exigible, y una alternativa para dotar de nueva actividad económica y de empleo a la parcela de la central.
La Dirección General de Biodiversidad de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias, informa que el proyecto no afecta a ninguna especie protegida de flora o fauna, ni a espacios protegidos, y establece una serie de prescripciones que debe cumplir el proyecto de desmantelamiento para evitar los impactos significativos, relacionadas con el desmantelamiento de la presa y el proyecto de restauración.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico informa que el documento ambiental del proyecto no ha estudiado suficientemente las afecciones sobre la hidrología superficial y la calidad de las aguas (efluentes). Concretamente, requiere que se actualice el Plan de Vigilancia y se efectúen analíticas de aguas subterráneas teniendo en cuenta una serie de parámetros específicos, y se detalle el desmontaje de la presa en el río Nalón, valorando los efectos que producirá sobre la hidromorfología superficial y las riberas. Tampoco se valora adecuadamente la inundabilidad como factor de riesgo ni el impacto sobre la hidrología superficial en la fase de acondicionamiento de la parcela debiendo realizar una caracterización completa de las escorrentías tras las obras de restauración.
Como consecuencia de los informes remitidos por las Direcciones Generales de Biodiversidad y de Prevención y Control Ambiental de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias, de la Dirección General de Minería y Energía de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, y de la CH del Cantábrico durante la fase de consultas, con fechas 17 de junio y 20 de junio de 2019 se remitió al promotor copia de dichos informes para modificar el documento ambiental y en consecuencia dar cumplimiento a las consideraciones expuestas en ellos.
Con fecha 3 de enero de 2020 se recibió, por parte del promotor, documentación complementaria al documento ambiental, dando respuesta a los informes emitidos por la Dirección General de Prevención y Control Ambiental, la Dirección General de Biodiversidad, y la Dirección General de Minería y Energía del Principado de Asturias, e incorporando un nuevo Plan de Vigilancia Ambiental, un Plan de Restauración y un Plan de Investigación de la Calidad del Suelo y las Aguas Subterráneas.
Con fecha 20 de marzo de 2020 se recibió, por parte del promotor, respuesta al informe de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, incluyendo una adenda al proyecto de desmantelamiento para incluir la demolición de la presa, una caracterización hidromorfológica del río Nalón y un análisis de vulnerabilidad del proyecto ante el riesgo de inundación, entre otra documentación.
El promotor ha realizado los todos los estudios solicitados y ha aceptado expresa e íntegramente todas las modificaciones al proyecto pedidas por las diferentes administraciones, según acredita la documentación remitida con fecha 3 de enero y 20 de marzo de 2020, en consecuencia, pasan a integrar la versión final del proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.
– Análisis técnico. Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1ª del capítulo II, del título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
1. Características del proyecto. En la documentación aportada se definen las unidades a desmantelar, las operaciones a llevar a cabo, y los pasos y fases asociadas al proyecto:
a) Desde el punto de vista de sus dimensiones, el proyecto está acotado a las instalaciones existentes de generación eléctrica pertenecientes a Iberdrola, que ocupan una superficie de 24,61 ha en un área urbana. Las unidades involucradas en el desmantelamiento se agrupan en cuatro áreas:
• Área 1: Parque de carbón y escorrentías (cintas y tolvas, balsas de lavados ácidos y de almacenamiento, pozos de bombeo de escorrentía y planta de tratamiento, bombas de fuel, tanque de gasoil y diversos edificios).
• Área 2: Orilla derecha Nalón (Silos de cenizas, tolvas de carbón, antiguas calderas, presa y sistema de captación de aguas, tanques de fuel-oil, tubería puente, depósito de fuel y bombas fuel-caldera, bidones de aceite, diversos edificios, aparcamiento y accesos).
• Área 3: Torre de refrigeración y alrededores (torres de refrigeración de madera, torre de refrigeración Hamon, edificio de transformadores, silos de escorias, almacén, planta de tratamiento de aguas).
• Área 4: Instalación de producción Lada IV (silos de yeso y caliza, calderas y chimeneas, precipitadores, turbogenerador, salas de control, desulfuradora y planta de tratamiento de sus efluentes, tanques de fuel y fuel-oil, grupos diésel, tanque de lechada, y diversos edificios).
Para cada una de las unidades, se describen las secuencias de actividades y pasos necesarios para su desmantelamiento, planteándose por fases, o de forma simultánea cuando es posible para optimizar recursos. Por su magnitud o su localización, destacan la caldera, la chimenea, la nave de turbinas y la desulfuradora del área 4 como unidades más críticas, que necesitarán más tiempo para su demolición. Por otra parte, aquellas unidades que tienen como misión principal la seguridad industrial o la preservación y control ambiental serán las últimas en ser desmanteladas, así como las oficinas, aparcamientos y otras unidades por motivos logísticos. Es especialmente determinante en este sentido la presa sobre el río Nalón, necesaria para la toma de agua y el mantenimiento del tráfico rodado entre las márgenes, que se desmantelará en último lugar y requerirá 4 meses de trabajo.
b) En relación con la acumulación con otros proyectos, se prevén ciertas afecciones a terceros y servicios que pueden darse durante la ejecución (viario público, autovía, ferrocarril, empresas colindantes, etc.), en cuyo caso el promotor se compromete a buscar previamente soluciones consensuadas con los propietarios y gestores correspondientes.
La proximidad del antiguo edificio de oficinas (Área 2) a la línea férrea de Oviedo-El Entrego (8 m a la valla, 10,5 m a la catenaria y 13 m al raíl) obligará a presentar a Renfe un informe de solicitud de actuación, al encontrase en una zona de dominio público. En cualquier caso, requerirá la presencia de un «Piloto» (Encargado de trabajos homologado por Renfe) que deberá coordinar la actuación. Se protegerá el lado de las vías con vallas tipo New Jersey de 3 m de altura y cortinas de neopreno sujetas con grúa para evitar cualquier proyección hacia las vías, y se planteará una demolición que permita abatir hacia dentro la fachada expuesta hacia las vías, bien mecánica con máquina de brazo largo, bien manual, o combinada.
c) En cuanto a la utilización de recursos naturales, será de escasa consideración, limitada al consumo de la energía (electricidad y combustibles) y el agua necesarios para las labores de desmantelamiento. El consumo de agua será muy inferior al que demandaba la central cuando estaba en funcionamiento, y se empleará para funcionamiento y lavado de maquinaria, humidificación para evitar emisión de partículas y aseos y vestuarios. Además, el documento ambiental prevé una serie de medidas preventivas para optimizar el consumo como el empleo de contadores y registros de consumo, dispositivos de ahorro, lavado a presión, etc. El material necesario para efectuar los rellenos y la adecuación de la parcela provendrá fundamentalmente de los residuos pétreos generados en el achatarramiento de la propia obra.
d) El proyecto sí destaca desde el punto de vista de los residuos a generar, puesto que se prevé un elevado volumen en las obras de demolición. El documento ambiental efectúa una estimación de los residuos a generar, diferenciando entre residuos no peligrosos (Residuos de construcción y demolición o RCDs, basuras y tierras) y residuos peligrosos (tierras contaminadas, residuos metálicos y envases contaminados, ladrillos refractarios, materiales con amianto, aceites usados, lodos de limpieza de la caldera, baterías de plomo, efluentes líquidos peligrosos).
La estimación cuantitativa de la generación de residuos prevista, expresada en toneladas, se muestra en la siguiente tabla, junto con las acciones de gestión:
Tabla 2. Residuos generados en el desmantelamiento. Fuente: Documento Ambiental
Residuo |
Código LER |
Toneladas |
Gestión |
Tierras y pétreos de la excavación |
|||
Tierras y piedras que no contienen sustancias peligrosas. |
17 05 03 |
5.861,25 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Eliminación. |
RCD´S Naturaleza petrea |
|||
Hormigón. |
17 01 01 |
65.683,13 |
Reutilización para nivelaciones. Reutilización en obra por gestor autorizado. |
Ladrillos. |
17 01 02 |
814,24 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs Inertes Valorización / Eliminación. |
Tejas y materiales cerámicos. |
17 01 03 |
878,03 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs Inertes Valorización / Eliminación. |
Mezcla hormigón, ladrillos, tejas y cerámicos. |
17 01 07 |
318,81 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs Inertes Valorización / Eliminación. |
RCD´S Naturaleza no petrea |
|||
Madera. |
17 02 01 |
307,95 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Papel. |
20 01 01 |
17,38 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Vidrio. |
17 02 02 |
65,31 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Plásticos. |
17 02 03 |
185,35 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Cobre, bronce, latón. |
17 04 01 |
227,71 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Aluminio. |
17 04 02 |
20,61 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Plomo. |
17 04 03 |
1,41 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Hierro y acero. |
17 04 05 |
20.247,00 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Metales mezclados. |
17 04 06 |
3.051,25 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Cableado eléctrico. |
17 04 11 |
368,96 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Valorización. |
Materiales aislantes distintos a 17 06 01 y 17 06 03. |
17 06 04 |
600,32 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Eliminación. |
Basuras |
|||
Mezcla de residuos municipales. |
20 03 01 |
17,80 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs no peligrosos / Eliminación. |
Residuos peligrosos |
|||
Ladrillo refractario. |
16 11 05 |
604,15 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Valorización / eliminación. |
Residuos metálicos con sustancias peligrosas. |
17 04 09 |
1.159,20 |
Tratamiento por Gestor autorizado RCDs peligrosos / Valorización. |
Materiales de aislamiento que contienen amianto. |
17 06 01 |
407,00 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Eliminación. |
Materiales de construcción que contienen amianto. |
17 06 05 |
34,25 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Eliminación. |
Absorbentes contaminados. |
15 02 02 |
0,61 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Valorización / eliminación. |
Aceites usados. |
13 02 05 |
187,92 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Valorización. |
Tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas. |
17 05 03 |
107,42 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Eliminación. |
Tubos fluorescentes. |
20 01 21 |
11,40 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Valorización. |
Envases de metal o plástico contaminado. |
15 01 10 |
1,20 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Valorización / eliminación. |
Lodos acuosos procedentes de la limpieza de la caldera. |
10 01 23 |
75,00 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Tratamiento. |
Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos con sustancias peligrosas. |
17 01 06 |
421,25 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Eliminación. |
Agua con hidrocarburos. |
13 05 07 |
95,00 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Valorización. |
Residuos líquidos acuosos. |
16 10 01 |
315,00 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Tratamiento. |
Productos químicos que consisten en, o contienen sustancias peligrosas. |
18 02 05 |
46,5 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Eliminación. |
Baterías de plomo. |
16 06 01 |
77,50 |
Tratamiento por Gestor autorizado / Valorización |
La cantidad total de residuos generados se ha estimado en 102.488,74 toneladas, de las cuales se reutilizarán 65.683,13 toneladas, siendo expedidas a gestor autorizado y vertedero 36.805,61 toneladas. El transporte de estos residuos se realizará de forma escalonada durante los treinta y seis meses que durará el proceso de demolición. La cantidad de residuos media a transportar será de 1.022.38 toneladas al mes, que supone un movimiento de entre uno y dos camiones diarios (capacidad media de 27 ton).
La gestión de los residuos, según el documento ambiental, buscará minimizar el envío a vertedero, promoviendo un alto nivel de recuperación y aprovechamiento de materiales, así como la valorización de aquellos residuos que sea posible, con carácter previo a su eliminación, y se efectuará mediante gestores autorizados para cada uno de los residuos segregados, cumpliendo la normativa vigente. Además, el documento ambiental destaca que se procurará que la eliminación de residuos se realice en las instalaciones autorizadas más próximas.
Entre las labores previas, está prevista la habilitación de varias zonas destinadas al acopio y almacenamiento temporal de los residuos de obra según su tipología: Área de residuos peligrosos, Área de residuos que contienen amianto, Área de residuos no peligrosos, Parque de chatarra, y Área de RCD’s. Los residuos serán almacenados en recipientes adecuados, identificados y etiquetados. Estas áreas han sido reubicadas por requerimiento de la CHC, de manera que se localizan en zonas donde el riesgo de inundación es nulo o bajo.
En las labores de desmantelamiento, los principales residuos que se van a generar son RCD’s, concretamente los residuos pétreos y metálicos con un volumen total de 32.302,98 m3 y 16.717,43 m3 respectivamente, y en menor medida, plásticos (205,94 m3), madera (513,25 m3) y vidrio (43,54 m3). El documento «Gestión de los residuos de construcción y demolición», integrante del proyecto, recoge los distintos RCD’s que se van a generar, el tratamiento y el destino final. De conformidad con lo exigido por el Servicio de Evaluación Ambiental del Principado de Asturias, la empresa contratada por Iberdrola y encargada del desmantelamiento solicitará la autorización para la valorización de los RCD’s a la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias, y comprobará la correcta gestión de los residuos peligrosos y no peligrosos por gestores autorizados. Se deberá efectuar una comunicación de productor de residuos para la obra de desmantelamiento ante el Servicio de Autorizaciones Ambientales.
Los residuos pétreos generados en el achatarramiento serán reciclados y utilizados en la propia obra para rellenar los huecos generados en el achatarramiento (balsas de decantación, fosos o sótanos), siendo necesario utilizar maquinaria específica (equipos móviles de clasificación y machaqueo). La cantidad de material pétreo susceptible a ser reutilizada es de 26.273,5 m3 (un 81 %). El papel, cartón, vidrio y plásticos serán destinados a reciclaje. Los residuos metálicos serán objeto de tratamiento en la planta de reciclaje, y aquellos residuos no peligrosos catalogados como mezclas varias, serán depositados en vertedero controlado.
En cuanto a los residuos peligrosos generados durante el desmantelamiento, estos serán segregados en origen, etiquetados, almacenados en las zonas habilitadas específicamente para ello sin posibilidad de vertido al medio exterior, y expedidos a gestor autorizado para residuos peligrosos.
Para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos y para los residuos con amianto, se han habilitado unas zonas accesibles, valladas y adecuadamente ventiladas, cubiertas y aisladas de la lluvia y de aguas de escorrentía y sobre solera de hormigón impermeabilizada. Además, tendrán pendiente hacia una rejilla donde se conducirán los potenciales derrames bien a un depósito de recogida o bien a un cubeto de retención, cumpliendo con el requisito indicado por el Servicio de Evaluación Ambiental de Asturias en su informe.
De conformidad con lo indicado por este Servicio, aquellos residuos que contienen fibras de amianto se gestionarán de acuerdo con un Plan de trabajo conforme al artículo 11.2 del Real Decreto 396/2006, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, que será elaborado previamente a las labores de desamiantado y presentado ante el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales de Asturias para su aprobación. Además, será complementado con las Notas Técnicas de Prevención 815 y 7961 publicadas por este Instituto. En dicho Plan de Trabajo se llevará a cabo una evaluación de riesgos que incluya la medición de concentraciones de fibras en aire y los datos de exposición de trabajadores y población.
Por último, durante las labores de adecuación de la parcela, no se prevé la generación de residuos más allá de los relacionados con restos vegetales que pudieran quedar o residuos municipales como consecuencia de la actividad humana presente para llevar a cabo las labores de adecuación.
e) Desde el punto de vista de la contaminación, la realización del proyecto generará impacto por las emisiones acústicas, las emisiones atmosféricas en forma de gases y partículas, y una potencial generación de efluentes líquidos durante el desmantelamiento de la central.
Las emisiones a la atmósfera van a ser principalmente de carácter difuso, móvil, y temporalmente puntual, asociadas a las operaciones de movimiento de tierras y escombros, carga y descarga y tratamiento de residuos, así como a las propias labores de demolición (tracción, empuje, etc.). En menor grado, destacan también las emisiones asociadas a los motores de combustión de la maquinaria y vehículos empleados en el desmantelamiento y la demolición.
Los contaminantes emitidos en las operaciones de desmantelamiento serán fundamentalmente material particulado (PM10 y PM2,5), los óxidos de azufre y otros compuestos de azufre, los óxidos de nitrógeno y otros compuestos de nitrógeno y los óxidos de carbono (contaminantes recogidos en el anexo I de la Ley 34/2007), por lo que estas actividades van a ser clasificadas como «Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera» de acuerdo con el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
En cuanto a los efluentes líquidos, en la fase de desmantelamiento podría generarse un pequeño efluente asociado a operaciones puntuales y discontinuas como el lavado de la maquinaria, los excedentes del baldeo para la reducción de partículas, aguas sanitarias, efluentes procedentes de la refrigeración con agua de los elementos de corte, y aguas pluviales. El contaminante principal presente en esta fase serán los sólidos en suspensión, contando la instalación con sistemas de tratamiento adecuados, dada la presencia de carbón, cenizas y escorias. En la fase de adecuación de la parcela, los únicos efluentes serán los asociados a las pluviales, siendo en este caso un vertido libre de carga contaminante.
Por último, en relación con la contaminación acústica, las principales fuentes de emisión acústica serán los equipos dinámicos, maquinaria y vehículos empleados en las labores de desmantelamiento y demolición. Las emisiones sonoras durante las actuaciones de desmantelamiento por orden de mayor a menor afección van a ser:
• Machacadora de hormigón localizada en el área de procesado para el tratamiento de los residuos inertes.
• Maquinaria empleada para las labores de demolición, retroexcavadoras, máquinas de corte, etc.
• El movimiento de vehículos en el interior de la parcela transportando materiales y residuos desde el lugar de origen hasta el destino seleccionado.
El documento ambiental cuantifica los niveles de presión sonora (dB) a 1 m producida por los diferentes equipos que se van a emplear en las actuaciones de desmantelamiento en un supuesto de funcionamiento normal, destacando equipos como el taladro (102), la retroexcavadora (101), y especialmente la machacadora de hormigón, que puede llegar a los 110 dB.
f) Los riesgos de accidentes graves y/o catástrofes relevantes para el proyecto y los riesgos para la salud humana no son especialmente considerables, teniendo en cuenta que se trata de un proyecto de desmantelamiento. El documento ambiental identifica como posibles riesgos de accidentes graves los incendios y explosiones en el interior de las instalaciones, y la carga, descarga, trasiego y almacén de sustancias contaminantes peligrosas. Al no estar las instalaciones operativas, no habrá en el interior de la instalación cantidades apreciables de sustancias químicas, peligrosas, inflamables o explosivas, con lo cual el riesgo de explosión puede considerarse inexistente, quedando fuera del ámbito del proyecto cualquier vulnerabilidad ante riesgo de accidentes graves. En relación con la vulnerabilidad del proyecto ante catástrofes, el documento ambiental descarta los tsunamis debido a la distancia a la costa (27 km) y la altitud sobre el nivel del mar (200 m), considera incendios en el exterior de las instalaciones y como muy improbables los sucesos sísmicos, debido a que la Central se ubica en un área de baja sismicidad.
El promotor ha completado el análisis de riesgos incluyendo el riesgo de inundación a requerimiento de la CHC. El promotor valora el riesgo de inundación como bastante probable, teniendo en cuenta que la Central Térmica se ubica en el Área de Riesgo Potencial Significativa de Inundación «Río Nalón-Tramo Alto» (ARPSI código ES018-AST-30-1), y concretamente las áreas 2 y 4 resultan inundables en su totalidad, el área 3 (torres de refrigeración) en la mitad de su superficie, y el área 1 (Parque de carbones) únicamente en su extremo norte.
No obstante, valora la vulnerabilidad del proyecto ante inundaciones como muy baja y las consecuencias ambientales asociadas a una potencial inundación como no relevantes, habiendo adoptado una serie de medidas preventivas al respecto, como la reubicación de áreas de acopio del material generado en el desmantelamiento en zonas donde la peligrosidad de inundación es nula o baja, o la ejecución del desmantelamiento de la presa en época de estiaje. De conformidad con lo indicado por la CHC, no se llevarán a cabo rellenos en superficie.
2. Ubicación del proyecto. La CT Lada se ubica en las márgenes del río Nalón en la zona industrial de Lada, en el concejo de Langreo, cuya población ronda los 41.000 habitantes. El concejo conforma un valle de relativa amplitud vertebrado por el río Nalón en dirección SE-NO, con una llanura fluvial que no rebasa los 2 km de ancho, bordeada por lomas suaves y cordales de media montaña. Si bien las alineaciones montañosas mantienen un marcado carácter rural, el valle del Nalón se encuentra fuertemente transformado por los usos urbanos, industriales (siderúrgica y minería de carbón) y de infraestructuras (tanto carreteras (AS-1, AS-244, AS-17 y AS-111) como ferrocarril) que se asientan en él.
En relación con los usos del suelo, en el entorno de la CT Lada son de tipo urbano e industrial. Los terrenos dedicados a agricultura y ganadería se presentan como pequeñas manchas intercaladas entre las formaciones boscosas típicas de la zona. También destaca la superficie ocupada por la minería y los vertederos.
Los paisajes dominantes son los urbanos, periurbanos, industriales y terciarios, en los que las actividades vinculadas al medio urbano se han ido superponiendo al medio rural. Destaca el marcado carácter lineal del paisaje, dominado por el río Nalón e infraestructuras paralelas como las vías del tren, vertebrando los tejidos propios de la industria y los espacios urbanos.
La mayor parte de los hábitats naturales han sido eliminados y sustituidos por usos productivos (usos urbanos, agrícolas, forestales, etc.), de tal manera que las áreas con vegetación natural corresponden fundamentalmente a vegetación de sustitución y se localiza en los márgenes de los ríos y en áreas de fuertes pendientes. Entre estas destacan las carballedas (Quercus pyrenaica), los prados mesófilos para el ganado, el hábitat de interés comunitario prioritario (HIC) 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (distribuida por gran parte del entorno de la Central), y brezales (HIC 4030, Brezales secos europeos, HIC prioritario 4020*, Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica cillaris y Erica tetralix, y el HIC 4090, Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga).
Para la fauna, el alto grado de transformación del medio hace que las especies mayoritarias sean aquellas que aprovechan los entornos urbanos. Debido a su proximidad a la central, destaca la fauna asociada al medio fluvial del río Nalón y a las alisedas-fresnedas del HIC 91E0*: peces autóctonos como trucha común (Salmo trutta) o anguila (Anguilla anguilla) entre otras especies introducidas (piscardo, salvelino, gobio, cacho, bordallo), mamíferos como la nutria (Lutra lutra), artópodos como el cangrejo de río (Austropotamobius pallipes) o el ciervo volante (Lucanus cervus), o aves como la lavandera cascadeña (Motacilla cinérea), azor común (Accipiter gentilis), halcón peregrino (Falco peregrinus), o avión zapador (Riparia riparia).
No hay espacios naturales protegidos cercanos al proyecto que puedan verse afectados. El más cercano es el Paisaje Protegido de las Cuencas Mineras, a unos 4 km al suroeste de la Central, también espacio perteneciente a la Red Natura 2000 catalogado como Zona Especial de Conservación Cuencas Mineras (ES1200039).
Hidrológicamente, el elemento estructurante es el río Nalón, perteneciente a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. En el tramo próximo a la CT Lada, está catalogado como masa de agua muy modificada según el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental 2015-2021 (PHCCO), denominándose Río Nalón III (Código de la Masa de Agua ES171MAR001380). El estado químico de esta masa de agua (año 2015) «no alcanza el bueno», su potencial ecológico es «bueno», y su estado global es «peor que bueno». Las principales presiones sobre este río son vertidos puntuales sin tratamiento adecuado, elevados vertidos con tratamiento adecuado, existencia de vertederos importantes, y extracciones muy fuertes. Presenta una fuerte antropización a lo largo de muchos kilómetros y su flujo está muy regulado por las presas de Tanes y Rioseco, situadas en una masa inmediatamente aguas arriba.
El tramo concreto en el entorno de la CT de Lada ha perdido toda su naturalidad. Destaca la presencia de la presa que da servicio a la misma, de hormigón y compuertas con 7 metros de altura, sin escalas para paso piscícola, que se considera un obstáculo infranqueable según el PHCCO. Las márgenes están protegidas con muros de hormigón y la zona de ribera con vegetación está limitada a una estrecha franja situada sobre los rellenos de la orilla, con presencia frecuente de especies exóticas, y sujeta a trabajos de conservación propios del arbolado urbano.
En relación con las aguas subterráneas, la masa de agua se corresponde con la denominada Oviedo-Cangas de Onís, código 012.006 2, cuyo estado químico y cuantitativo es bueno, y se encuentra incluida en el Registro de Zonas Protegidas establecido en el PHCCO como zona de captación de agua subterránea para abastecimiento. En esta masa de agua subterránea se desarrollan dos acuíferos, denominados Oviedo-Pola de Siero y Nava-Cangas de Onís. Según el informe de la CHC, las instalaciones se ubican sobre formaciones detríticas del Cuaternario de permeabilidad muy alta.
La calidad del aire en el entorno de la Central Térmica es buena, de acuerdo con los datos de la Red de Control de la Calidad del Aire del Principado de Asturias, que cuenta con tres estaciones, en el concejo de Langreo (Meriñán, Sama I y La Felguera, ubicados a 486, 1.850 y 736 m de la central, respectivamente). Durante el año 2017 (con la central en operación), todas las estaciones han presentado concentraciones inferiores a los valores límites establecidos en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, para todos los contaminantes medidos, ni presentaron superaciones de los umbrales de información ni alerta a la población por SO2, NO2, ni O3.
Desde un punto de vista geológico, la CT de Lada se sitúa sobre depósitos aluviales cuaternarios asociados a la cuenca del Nalón. La calidad del suelo en el entorno de la Central Térmica está mermada en algunas áreas, de acuerdo con el informe de la CHC, en las que hay concentraciones significativas de sustancias peligrosas muy próximas o superiores a los Niveles Genéricos de Referencia y los umbrales establecidos en la legislación.
3. Características del potencial impacto. El proyecto causará impactos ambientales durante el desmantelamiento sobre la calidad del aire, la población, la edafología, la hidrología superficial y subterránea, la vegetación, la fauna, y el paisaje. Las afecciones destacadas derivadas de la ejecución del proyecto, así como las medidas preventivas y correctoras propuestas, se exponen a continuación.
Los impactos producidos por emisiones atmosféricas sobre la población, el aire, el cambio climático y la vegetación no se prevé que sean significativos y tendrán carácter temporal. Las principales fuentes de emisión de los contaminantes van a estar localizadas en el interior del perímetro de la instalación, a excepción de las emisiones asociadas al tráfico rodado y las labores de demolición de las estaciones de inmisión, que se localizan en el exterior, si bien son de muy escasa entidad. Entre las actividades potencialmente contaminadoras desarrolladas en el interior, se encuentran los trabajos de vaciado manual de enseres (emisión de partículas poco significativa y en el interior de edificaciones), operaciones de demolición empleando técnicas top-down (demolición secuencial de los niveles más altos a los más bajos, empleando maquinaria de pequeño tamaño), tracción y oxicorte (emisión de partículas, poco significativa en el caso del oxicorte y el top-down y moderada en el caso de la tracción, si bien será de muy corta duración), procesado de hormigón para relleno (emisión de partículas poco significativa), y movimiento de camiones y maquinaria (emisión de partículas y gases de combustión poco significativa).
La calidad del aire en el entorno mejorará tras el desmantelamiento de la central, considerando que los datos recogidos en las estaciones de la Red de Control de la Calidad del Aire del Principado de Asturias se refieren a un periodo con la Central en operación. Tras el cese de la actividad de la central, la calidad del aire habrá mejorado, respecto a la situación preoperacional aunque durante las labores de desmantelamiento, se producirá un impacto temporal por emisiones atmosféricas (especialmente partículas).
Como medida preventiva, a efectos de controlar la calidad del aire en el entorno, se vigilará que no se sobrepasen los actuales valores de inmisión registrados en la zona (sobre todo PM10 y PM2,5) durante el tiempo que dure la obra civil del Proyecto. Para ello, atendiendo a la naturaleza del principal contaminante (material particulado) se dispondrá de un captador, ubicado en la parcela «Nitrastur» propiedad de Iberdrola, en las coordenadas aproximadas UTM30 ETRS89 (X= 280.752; Y= 4.799.263), habiendo considerado datos de régimen de vientos predominante en la zona para el año 2016. Las medidas a llevar a cabo serán de partículas sedimentables y en suspensión, y comenzarán en un periodo previo a la fase de obra civil, terminado en la fase de adecuación de la parcela.
Otras medidas correctoras consideradas por el promotor en el documento ambiental, a fin de reducir el impacto sobre la atmósfera, la población y la vegetación por emisiones son:
• El riego y baldeo periódico de viales, superficies y partes que van a ser demolidas, zonas de caída de materiales y de manejo de escombros; el lavado de ruedas de maquinaria.
• La ubicación de acopios de materiales finos en zonas protegidas del viento y en la medida de lo posible, a sotavento de la dirección predominante de los vientos, así como el cubrimiento de áreas de acopio y camiones que transporten material particulado.
• La realización de las operaciones de excavación, y de carga y descarga de materiales susceptibles de emitir polvo se realizarán en días con condiciones atmosféricas favorables (velocidad de viento adecuada).
Con todas las medidas expuestas se espera que se mantenga una situación similar a la preoperacional durante el desmantelamiento y su mejora una vez concluido.
El potencial impacto en el cambio climático por la emisión de CO2 debida al movimiento de camiones y maquinaria no se considera relevante. Adicionalmente, en la fase de adecuación de la parcela, estas emisiones de CO2 desaparecerán íntegramente y la cobertura vegetal que se implantará en el parque de carbones, el parque de barros y las balsas de escorrentías, fomentarán la reducción de emisiones de CO2 convirtiéndose en un pequeño sumidero de estas, por lo que a largo plazo el proyecto tendrá un impacto positivo, sin considerar la potencial reducción de emisiones asociada al cese de la actividad, fuera del alcance de este proyecto.
En relación con la posible afección por ruido sobre la población y la fauna, no se estima que el proyecto vaya a tener un impacto significativo, considerando el carácter temporal de las obras de desmantelamiento, que el proyecto se efectúa en un área muy antropizada y cumpliendo las medidas preventivas y correctoras incluidas en el documento ambiental.
La situación acústica preoperacional está caracterizada por focos de ruido propios del entorno urbano, carreteras, autovías, y otras instalaciones industriales. En el documento ambiental se incluyen datos de una campaña de ruidos en las inmediaciones de la central en 2017 (anterior a la situación preoperacional), observándose que en los dos puntos más cercanos a la central (y alejados de la población) están en torno a los 60 y a los 54 dB tanto en periodo diurno como nocturno, debido a que la central estaba en operación ininterrumpida, a la presencia de industrias adyacentes y al tráfico rodado habitual. En la situación actual (preoperacional), no se ha realizado ninguna medición, pero al encontrarse la central parada, es previsible que los niveles de inmisión se hayan reducido.
El documento ambiental no prevé que las operaciones susceptibles de crear contaminación acústica (detalladas en el epígrafe 1.e) de este documento) vayan a modificar la calidad en la situación actual, siendo llevadas a cabo en un intervalo limitado de tiempo y solo en periodo diurno. Se ha realizado una simulación sobre el nivel de presión sonora del foco más ruidoso (machacadora de hormigón) en la población más cercana (a aproximadamente 300 m) habiéndose identificado que este valor está por debajo de 55 dB, siendo estos valores aceptables en el periodo diurno según los valores límite de inmisión establecidos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
El promotor ha incluido una serie de medidas preventivas y correctoras en relación con los impactos sobre la población por contaminación acústica:
• En relación con la machacadora de hormigón, se localizará en la margen izquierda del río, lo más alejada posible del núcleo poblacional más cercano y de la población vulnerable (colegios), de la vía férrea y del propio río.
• No se realizarán trabajos en horario nocturno y se evitará en la medida de lo posible solapar aquellas actividades más ruidosas.
• Se comprobará la inspección técnica y el certificado de vehículos y maquinaria.
• Se ejecutará un plan de vigilancia de la calidad acústica, realizando mediciones en las áreas habitadas próximas a la instalación durante las obras, en los puntos definidos para la realización de la campaña previa de ruido de fondo. En caso de que se detectasen niveles de ruido superiores a los fijados en la legislación aplicable, se adoptarán las medidas necesarias para reducir la emisión al exterior, como reubicar las fuentes o evitar el solapamiento de actividades.
Los impactos sobre la edafología y la calidad del suelo pueden producirse por la alteración de la geomorfología de los terrenos afectados por el desmantelamiento y por la potencial contaminación de los suelos en el ámbito de la central térmica.
La afección sobre la geomorfología no se estima significativa, ya que está limitada a una escasa superficie en relación con el total de la parcela. Las operaciones de relleno de huecos, eliminación de estructuras, etc. que impliquen movimiento de tierras y la alteración de las cimentaciones podrían afectar indirectamente a la estructura edafológica, sobre todo en las áreas 1 y 3 (Parque de carbones y Torre de refrigeración).
Por otro lado, las operaciones previstas durante el desmantelamiento podrían incidir sobre la calidad del suelo a consecuencia de potenciales derrames imprevistos, el desenterramiento de estructuras, la generación de huecos y la remoción de sedimentos contaminados durante las tareas previas de limpieza, empeorando una situación preoperacional en la que los suelos de algunas zonas del proyecto presentan concentraciones significativas de sustancias peligrosas muy próximas o superiores a los Niveles Genéricos de Referencia y los umbrales establecidos en la legislación, según lo informado por la CHC en base a un estudio de calidad del suelo realizado en 2015.
Según el informe del Servicio de Evaluación Ambiental del Principado de Asturias, las instalaciones que queden por debajo de rasante serán extraídas del terreno para su gestión, o bien vaciadas, descontaminadas y rellenadas con material inerte, documentando estas actividades en un inventario.
En respuesta a lo requerido por la CHC, el Servicio de Evaluación Ambiental del Principado de Asturias y el Servicio de Autorizaciones Ambientales del Principado de Asturias en sus informes, el promotor ha incluido en el documento ambiental un Plan de Investigación de la Calidad del Suelo y las Aguas Subterráneas. En él, se indican los 33 puntos de control actualmente instalados mediante piezómetros, que han servido para realizar el informe base en 2013 y sobre los que se mantiene un control y seguimiento tanto para el grupo IV, como para los antiguos grupos I, II y III.
Adicionalmente, el Plan propone la ejecución de 30 nuevos puntos de muestreo mediante piezómetro (y alternativamente mediante cata mecánica o manual), y la realización de 66 nuevos muestreos en suelos y 33 en aguas subterráneas. La selección de su ubicación ha tenido en cuenta el proyecto de desmantelamiento (futuras zonas que serán utilizadas para el almacenamiento o acopio de residuos, zonas no investigadas por la presencia de edificaciones o elementos que impidieron su muestreo en su día, etc.).
En base a dicho Plan se realizará, previo al desmantelamiento (o durante en aquellas áreas donde no sea posible acceder previamente), un muestreo y caracterización de suelos y aguas subterráneas para determinar la posible existencia de suelos o aguas contaminados por las sustancias peligrosas relevantes utilizadas, producidas o emitidas por la instalación durante su funcionamiento.
Los parámetros a analizar son los indicados por la CHC y el Servicio de Evaluación Ambiental de Asturias, incluyendo hidrocarburos aromáticos policíclicos, hidrocarburos totales del petróleo, hidrocarburos monoaromáticos (Benceno, Etilbenceno, Tolueno y Xileno), metales (As, Cd, Cu, Cr, Hg, Ni, Pb y Zn), PCB´s donde se hayan situado transformadores y los contaminantes del Anexo V del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. La periodicidad de los muestreos, durante la fase de desmantelamiento, será trimestral, de manera que se cubran cada uno de los periodos de aguas altas, medias y bajas. Finalizada dicha fase, se evaluará el estado de las aguas subterráneas en los puntos de muestreo existentes, y de suelos y aguas subterráneas en los nuevos puntos propuestos. Estas analíticas estarán integradas en el Plan de Vigilancia Ambiental.
En caso de que la evaluación determine que la instalación ha causado una contaminación significativa del suelo o las aguas subterráneas con respecto al estado establecido en el informe base, por superación de los niveles genéricos de referencia, se realizará el correspondiente Análisis Cuantitativo de Riesgos para la Salud Humana, con el objetivo de determinar la existencia o no de riesgos inaceptables para la salud humana y, si fuese necesario, calcular los niveles objetivos de recuperación para suelos y aguas subterráneas, es decir, las concentraciones máximas admisibles de cada compuesto por debajo de la cual no existiría riesgo inadmisible y proponer las medidas necesarias para hacer frente a dicha contaminación, reestablecer el emplazamiento de la instalación al estado del informe base, así como las medidas necesarias para retirar, controlar, contener o reducir las sustancias peligrosas relevantes para que el emplazamiento ya no cree dichos riesgos, de acuerdo al informe del Servicio de Autorizaciones Ambientales.
Tanto las analíticas como el Análisis Cuantitativo de Riesgos (en caso de ser necesario) serán llevados a cabo por Entidad Acreditada por ENAC. De acuerdo con el informe del Servicio de Evaluación Ambiental del Principado de Asturias, la autorización de cierre de la instalación quedará supeditada a la descontaminación de los suelos, o a la existencia de un informe de empresa acreditada por ENAC en el que se certifique que el estado de los suelos y las aguas subterráneas no suponen riesgos para la salud y el medio ambiente.
Los impactos sobre el medio hídrico podrían derivarse de la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas por vertidos, por los efluentes líquidos generados, por el consumo de agua, y por las labores de desmantelamiento de la presa en el río Nalón.
Los efluentes líquidos generados en la fase de desmantelamiento (descritos en el epígrafe 1.e) de este documento) previsiblemente no causarán impactos significativos, considerando su carácter puntual y discontinuo, su escasa entidad y las medidas preventivas y correctoras incluidas en el documento ambiental.
En la actualidad, la autorización ambiental integrada de la CT de Lada tiene autorizados tres puntos de vertido al Dominio Público Hidráulico (Pluviales del parque de carbones y Pluviales de la planta en las márgenes derecha e izquierda del río Nalón) y uno al sistema general de saneamiento (SGS). El documento ambiental no efectúa la cuantificación de los caudales de los efluentes generados en el desmantelamiento debido a su carácter puntual y discontinuo, si bien serán muy inferiores a los caudales autorizados en la AAI de la Central Térmica. Únicamente se cuantifican las aguas sanitarias, que van a ser gestionadas como residuos, al adoptarse como medida correctora el empleo de aseos químicos portátiles sin posibilidad de evacuar efluentes y enviados a gestor autorizado, siendo la cantidad aproximada prevista de unos 3.000 m3/año.
En cuanto a la carga contaminante, se prevé que sea menor a la que se generaba en la fase de funcionamiento de la instalación. El contaminante principal presente en esta fase serán los sólidos en suspensión, si bien de conformidad con el informe de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, se han considerado otros potenciales contaminantes derivados de la movilización de carbón, cenizas, escorias, chatarras y residuos. La instalación cuenta con los siguientes sistemas de tratamiento:
• Planta de tratamiento de efluentes (PTAR): No será desmantelada hasta el final, al igual que las redes de drenaje y de aguas sanitarias de la margen derecha, que se irán desmantelando desde las cotas más altas hacia las más bajas. El potencial efluente generado en la limpieza de equipos con cenizas y escorias, en las tareas previas a la demolición, será tratado en esta planta y vertido al SGS.
• Planta de tratamiento de efluentes de la desulfuradora: Será desmantelada desde el inicio sin que ello provoque incidencia sobre la calidad de las aguas.
• Planta de escorrentías del parque de carbones: Podrá ser desmantelada tras la limpieza del parque de carbones (mediante retirada de restos de carbón con medios mecánicos, agua a presión en áreas hormigonadas y rastrillado de áreas no hormigonadas). Por tanto, el potencial arrastre de hidrocarburos durante la limpieza será tratado en la planta.
• Arquetas sumidero que integran separadores de aceites y grasas y sistemas de decantación: Se eliminarán conforme se realicen las operaciones en las áreas donde se encuentran.
Los efluentes generados serán enviados a la PTAR, salvo que se encuentren en la margen derecha y con poca carga contaminante, que podrán ser derivados directamente al pozo sumidero anexo al tanque de fuel, previa separación de aceites y grasas y decantación.
Las redes de pluviales permanecerán tras la ejecución del proyecto para poder evacuar el agua que pueda caer en la parcela, tras adecuar y acondicionar las canaletas en la explanada anexa al parque de carbones. De esta manera, se mantendrán los puntos de vertido de pluviales de la planta y el punto de vertido al SGS, desapareciendo el punto de vertido del parque de carbones cuando esa área se haya desmantelado.
Durante la obra civil, se dispondrá de un plan de vigilancia para los puntos de vertido, que deberá cumplir con los valores límites registrados en la nueva AAI que se emita para el cese y el desmantelamiento. De conformidad con el informe de la CHC, los parámetros a incluir en el control de esos puntos de vertido incluirán también los hidrocarburos aromáticos policíclicos, hidrocarburos totales del petróleo, hidrocarburos monoaromáticos (Benceno, Etilbenceno, Tolueno y Xileno) y metales (As, Cd, Cu, Cr, Hg, Ni, Pb y Zn). Estas analíticas serán realizadas por Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica con carácter mensual y siempre que haya agua en los puntos de vertido.
Tras la adecuación de la parcela, no se contempla una modificación de la composición química de los vertidos, lo cual se verificará mediante una caracterización completa de las escorrentías que se presentará ante la CHC.
Como medidas preventivas y correctoras adicionales relativas al impacto por efluentes líquidos, el documento ambiental prevé las siguientes:
• Protección de las redes de drenaje durante las operaciones de demolición. Si se produjera, el vertido sería retenido con barreras de contención, recogido mediante sepiolita o bombas y tratado como residuo.
• Utilización de una zona adecuada para el mantenimiento y lavado de maquinaria, con separador de aceites y aguas, y cuyo efluente libre de aceite pueda ser conducido al sistema de tratamiento de la instalación.
• Los potenciales lixiviados de sustancias peligrosas quedarían retenidos en los cubetos previstos en las zonas habilitadas para el almacenamiento de residuos peligrosos (cubiertas, aisladas de las escorrentías y sobre solera impermeabilizada), sin posibilidad de vertido al medio exterior.
El desmantelamiento de la presa sobre el río Nalón afectará a la hidromorfología del cauce en este tramo, así como podría alterar su calidad por un incremento de la turbidez durante la obra. No obstante, considerando las técnicas a emplear y las medidas preventivas y correctoras previstas por el promotor, no se estima que se puedan producir impactos negativos significativos, y la eliminación de esta infraestructura tendrá un impacto positivo en el ecosistema fluvial.
La presa, compuesta de hormigón armado y formada por tres vanos y dos pilas, tiene una longitud de 22,5 m y una altura sobre el lecho del cauce de 7 m (vial).
Tras el desmantelamiento de instalaciones del puente, pasarela y compuertas, se demolerán las pilas y el puente de hormigón. Para ello, será necesario acceder al cauce, únicamente en estiaje (los meses de verano con menos caudal) y en total coordinación con las autoridades competentes (CHC), de conformidad con los informes del Servicio de Evaluación Ambiental y de la Dirección General de Biodiversidad del Principado de Asturias.
Se ejecutarán dos ataguías provisionales de elementos plásticos y sacas estancas, evitando el aporte de tierras y no siendo necesario el acceso de maquinaria al lecho del cauce. Las pilas serán cortadas al nivel del lecho mediante hilo diamantado, dejando la cimentación. Para evitar el retorno del agua de refrigeración del hilo con arrastre de sólidos, se instalarán sistemas de captación (canalones o similar) y se instalará una barrera anti-turbidez aguas abajo.
Por último, de acuerdo con el requisito de la Dirección General de Biodiversidad del Principado de Asturias, se sellará la toma de agua mediante muro de hormigón y se nivelará la zona de la presa para hacer más homogéneo el lecho del río, que actualmente tiene un desnivel menor. Se utilizarán los propios acarreos ya existentes en el cauce para rellenar las zonas socavadas. En ningún caso se contempla la extracción de material del cauce. Se evitará el contacto o vertido a las aguas de cementos, hormigón y otros contaminantes. Una vez finalizado el desmantelamiento, tanto el cauce como las márgenes quedarán limpios de materiales de desecho.
De conformidad con el informe de la Dirección General de Biodiversidad, las actuaciones que impliquen incidencia sobre las poblaciones piscícolas necesitarán su autorización, y se realizará pesca eléctrica con devolución de ejemplares vivos aguas arriba, a realizar en días previos a las actuaciones sobre el lecho.
La demolición de la presa tendrá un efecto positivo en la hidromorfología superficial, de acuerdo con la valoración realizada por el promotor a requerimiento de la CHC. Concretamente, se mejorará la continuidad del río al eliminar el obstáculo, se mejorarán las condiciones morfológicas del cauce por la reducción de la superficie de agua embalsada y eliminarse las alteraciones en la estructura y naturalidad del sustrato por deposición de sedimentos aguas arriba y el efecto de arrastre aguas abajo cuando se abren las compuertas.
El consumo de agua para el proyecto no producirá efectos apreciables en el medio hídrico, teniendo en cuenta el escaso volumen necesario y las medidas preventivas previstas por el promotor para el ahorro de agua. El documento ambiental estima que el consumo para las labores descritas en el epígrafe 1c de este documento será muy inferior al que se realizaba con la central en funcionamiento, efectuándose la toma mediante la presa que daba servicio a la central.
Por último, la potencial contaminación de aguas subterráneas está asociada a la potencial contaminación del suelo en el emplazamiento de la central, por lo que es de plena aplicación lo dispuesto anteriormente en cuanto a las afecciones sobre la calidad del suelo. El Plan de Investigación de la Calidad del Suelo y las Aguas Subterráneas determina los puntos de muestreo, parámetros y periodicidad de las analíticas para prevenir la contaminación de aguas subterráneas.
Los impactos sobre la vegetación, los hábitats naturales y la fauna podrán darse tanto en la fase de desmantelamiento como en la fase de adecuación de la parcela. No se espera afección alguna sobre ningún espacio natural protegido, teniendo en cuenta la distancia del proyecto a estos, de acuerdo con lo informado por la Dirección General de Biodiversidad del Principado de Asturias.
En la fase de desmantelamiento, el proyecto no afectará a ninguna especie protegida de fauna y flora. Las deposiciones de polvo en la vegetación del entorno, a causa de las operaciones de demolición y el trasiego de maquinaria, constituyen un efecto indirecto y temporal. Estos trabajos también ocasionarán molestias a la fauna cercana, que temporalmente podría verse desplazada a otras áreas naturales cercanas. No se prevé ninguna destrucción de hábitats.
La demolición de la presa en el río Nalón, si bien ocasionará afecciones negativas temporales en las comunidades fluviales durante su ejecución, tendrá un efecto positivo muy considerable sobre el ecosistema fluvial y las comunidades piscícolas, recuperando la conectividad longitudinal y permitiendo el libre tránsito de ejemplares en un tramo de al menos 27 km. Para evitar afecciones a las poblaciones de peces durante la ejecución de los trabajos en el cauce, el promotor llevará a cabo previamente una captura de ejemplares en el tramo afectado mediante pesca eléctrica, con devolución de peces vivos en el tramo aguas arriba, y en total coordinación con las autoridades competentes (CHC, Guardería de Medio Natural y Servicio de Caza y Pesca del Principado de Asturias).
La fase de adecuación de la parcela tendrá un efecto positivo sobre la vegetación y la fauna, teniendo en cuenta las medidas incluidas en el documento ambiental y especialmente en el Plan de Restauración, que prevé la restauración vegetal y paisajística de las zonas no asfaltadas ni hormigonadas del Área 1: Parque de carbones, área de barros y balsas de decantación.
Según los informes de la DG de Biodiversidad y del Servicio de Evaluación Ambiental del Principado de Asturias, el promotor deberá presentar un Proyecto de Restauración que defina las labores de implantación de cubierta vegetal, definiendo unidades de obra para cada actuación e incluyendo memoria, presupuesto, pliego de condiciones y planos. Este proyecto no ha sido incluido en la documentación ambiental, y según el promotor será realizado tras la fase de desmantelamiento, habiendo aportado un Plan de Restauración que establece los objetivos y medidas principales. Según el informe del Servicio de Evaluación Ambiental, el proyecto de restauración deberá ser previamente informado por la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias.
La restauración tendrá como finalidad devolver a estos terrenos un grado de naturalidad que permita su evolución en este contexto ambiental, quedando con el paso del tiempo integrados en la matriz ambiental circundante. Los terrenos a restaurar estarán previamente acondicionados, limpios y estabilizados, y en caso de que se hubiera detectado contaminación, se procederá a su limpieza y remediación previamente al comienzo de esta fase de la restauración.
En primer lugar, se llevará a cabo el rastrillado del terreno de al menos 10 cm de la capa de suelo para descompactarlo y facilitar así el crecimiento de la vegetación. Posteriormente, si es necesario se aportará tierra vegetal (de proveedores cercanos autorizados) y se efectuarán hidrosiembras con mezcla de semillas de especies leguminosas (que incluyan Trifolium repens) y gramíneas (que incluyan Festuca pratensis). Las leguminosas favorecerán el enriquecimiento en nitrógeno orgánico del suelo, y las gramíneas fijarán el sustrato. La mezcla se acompañará de otras especies vegetales autóctonas de matorral, como el brezo (Erica vagans) o el tojo (Ulex gallii). En conjunto, la cubierta vegetal protegerá el suelo de los procesos erosivos y dificultará el establecimiento de especies exóticas invasoras.
Conforme a lo informado por el Servicio de Evaluación Ambiental del Principado de Asturias, el promotor deberá iniciar en el plazo de 36 meses un procedimiento de reordenación urbanística de acuerdo con los usos que se planifiquen en la parcela una vez finalizado el desmantelamiento. En caso contrario, deberá ejecutarse un nuevo Proyecto de Restauración que incluya todas las áreas que no estén dotadas de soleras de hormigón y aglomerado asfáltico.
En relación con los impactos del proyecto sobre el paisaje, el impacto durante la fase de desmantelamiento no será significativo, ya que el paisaje actual presenta una baja fragilidad y multitud de estructuras existentes de elevadas dimensiones (chimenea, caldera, desulfuradora, etc.), por lo que la presencia de la maquinaria empleada no va a empeorar la calidad del paisaje.
En la fase de adecuación de la parcela, se producirá previsiblemente un impacto positivo, pasando de un paisaje con grandes infraestructuras a un solar explanado y urbanizado en las áreas 2, 3 y 4, y a un entorno seminatural en el área 1, que será objeto de las labores de restauración vegetal. En esta área, según indica el Plan de Restauración, el destino de los terrenos a restaurar será exclusivamente paisajístico, sin ningún otro uso asociado.
En relación con el patrimonio cultural, el documento ambiental no lo incluye como factor potencialmente afectado, dado que las labores de demolición transcurrirán en el interior de la Central, no existe ninguna vía pecuaria en el ámbito del proyecto, ni se han localizado yacimientos arqueológicos o bienes de interés cultural.
El Servicio de Protección, Conservación y Difusión del Patrimonio Cultural de la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo (Principado de Asturias) informa que la Central Térmica de Lada no reúne los requisitos de antigüedad o valores singulares como para ser protegida según la Ley 1/2001, de Patrimonio Cultural de Asturias, pero considera oportuno solicitar que se lleve a cabo una documentación de este elemento por parte de especialistas en patrimonio histórico-industrial, de forma previa a su desmantelamiento, dada la importancia que ha tenido en la reciente historia de industrialización de Asturias. Por ello, estas actividades de documentación se incorporarán al Plan de Vigilancia Ambiental.
Por último, en relación con los impactos sobre la población (al margen de los derivados de emisiones atmosféricas, ruidos, residuos y efluentes líquidos, tratados anteriormente), el documento ambiental identifica impactos por tráfico de vehículos e impactos socioeconómicos.
Durante las labores de desmantelamiento, el tráfico de vehículos aumentará (relacionado con el traslado de residuos y trabajadores). Este impacto no se considera significativo, considerando que el entorno de la Central está familiarizado con la presencia de una alta intensidad media diaria (IMD) debido a la presencia de carreteras primarias, y que la cantidad estimada de camiones diarios para el transporte de residuos será de uno o dos. Además, se prevén buenas prácticas de circulación viaria como: un sistema de señalización provisional o la entrada de camiones en el lado suroeste de la Central, punto más alejado de la población de Langreo y más próximo a las vías de acceso principales, de conformidad con lo requerido por el Servicio de Evaluación Ambiental de Asturias. La realización de las obras de desmantelamiento supondrá una generación de empleo directo e indirecto durante los tres años de duración prevista.
Respecto a las consideraciones de la Dirección General de Minería y Energía del Principado de Asturias, la valoración de los efectos sinérgicos derivados de otros procesos de cierre, o la consideración de alternativas como mantenimiento de la central operativa o una nueva actividad económica, son aspectos que exceden del alcance de este procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, debiendo abordarse desde una perspectiva de planificación del sector energético en el marco de una evaluación ambiental estratégica. El cese de la actividad no es objeto del proyecto, por lo que las alternativas consideradas para este proyecto deben ceñirse únicamente a la ejecución o no ejecución del desmantelamiento y a las técnicas y métodos a emplear en la misma, una vez se haya autorizado por la autoridad competente dicho cierre.
La mencionada Dirección General considera que el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, entendiendo que la central térmica tiene una potencia superior al umbral establecido en el anexo I (Grupo 3) de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, debiendo tratar el desmantelamiento como procedimiento interdependiente del cierre de la central. A este respecto debe indicarse que según la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el procedimiento de autorización de cierre de la central es independiente del desmantelamiento, y no conlleva una evaluación ambiental. Por otro lado, el proyecto se somete a evaluación de impacto ambiental simplificada en base al apartado c) del artículo 7.2 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, por considerarse una modificación de características de una central térmica ya ejecutada que generará un potencial incremento significativo de residuos.
Fundamentos de Derecho
La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece, en el apartado segundo del artículo 7, los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la sección 2ª del capítulo II del título II de la Ley.
El proyecto «Desmantelamiento de la central térmica de Lada en Langreo (Asturias)» se encuentra encuadrado en el artículo 7.2.c) de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental: «Cualquier modificación de las características de un proyecto del anexo I o del anexo II, distinta de las modificaciones descritas en el artículo 7.1.c) ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución, que pueda tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente (…) cuando suponga (…) 3.º «Un incremento significativo de la generación de residuos».
El procedimiento se desarrolla en los artículos 45 y siguientes de la Ley de evaluación ambiental, y así, el artículo 47 dispone que, teniendo en cuenta en resultado de las consultas realizadas, el órgano ambiental determinará, mediante la emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a su ausencia, de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo III.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, esta Dirección General resuelve:
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Desmantelamiento de la central térmica de Lada en el Término Municipal de Langreo (Asturias)», ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las medidas y condiciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.
La emisión del informe de impacto ambiental no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es), sin perjuicio de la obligación del promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.
De conformidad con el apartado 6, del artículo 47 de la Ley de Evaluación Ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 16 de junio de 2020.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar Cano.