El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Asociación Cultural Coordinadora de Salas Alternativas han suscrito, con fecha 15 de noviembre de 2024, una segunda adenda de modificación al convenio para la organización del Circuito de Creación Escénica Contemporánea para público adulto y familiar en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda al convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de noviembre de 2024.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, María Paz Santa-Cecilia Aristu.
ANEXO
Segunda adenda de modificación del convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Asociación Cultural Coordinadora de Salas Alternativas para la organización del Circuito de Creación Escénica Contemporánea para público adulto y familiar en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU
En Madrid, a 15 de noviembre de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, doña María Paz Santa-Cecilia Aristu, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, el INAEM), en nombre y representación del citado organismo, con sede en la plaza del Rey, n.º 1 (CP 28004) de Madrid, y NIF n.º Q2818024H; en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 109/2024, de 23 de enero, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (BOE n.º 306 de 20 de diciembre).
De otra parte, don Jacobo Pallarés Burriel, presidente de la Asociación Cultural Coordinadora de Salas Alternativas (en adelante, la Coordinadora de Salas Alternativas), en nombre y representación de la citada entidad, con domicilio social en calle Zurbano, n.º 45 – 1.ª planta (CP 28010) de Madrid y NIF G80582927; en virtud de su nombramiento por acuerdo de la Asamblea General con carácter extraordinario con fecha de 22 de noviembre de 2022, en ejercicio de la facultad de representación atribuida por los estatutos de la entidad a la persona titular de su presidencia.
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda de modificación y, en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que el INAEM y la Coordinadora de Salas Alternativas firmaron un convenio el 21 de septiembre de 2022 para la organización conjunta del Circuito de Creación Escénica Contemporánea para público adulto y familiar, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, que fue modificado posteriormente mediante adenda firmada con fecha 13 de diciembre de 2023, a efectos de prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, así como modificar sus términos económicos, dotando al circuito de fondos para el año 2024.
Segundo.
Que el INAEM tiene como finalidad principal la promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones, y que, de forma específica, concede una especial importancia a la promoción y fomento del teatro en todas sus variantes estéticas y formatos y géneros afines, incluido el teatro para la infancia y la juventud.
Para el cumplimiento de este fin, ejerce tanto acciones de fomento a través de la concesión de subvenciones, como acciones directas a través de sus unidades de producción artística o mediante la colaboración con otras entidades públicas o privadas.
Que al INAEM le corresponde la preservación y difusión de las artes escénicas, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los bienes culturales, la transmisión del patrimonio escénico en las distintas lenguas cooficiales del Estado, el apoyo a la nueva creación y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Tercero.
Que la Coordinadora de Salas Alternativas tiene como objeto fomentar las actividades escénicas y promover la consolidación del sector en todos sus ámbitos, siendo una asociación que está compuesta por espacios escénicos independientes con vocación artística y de gestión privada, con implantación en la mayoría de las Comunidades Autónomas del Estado.
La Coordinadora de Salas Alternativas fue fundada en el año 1992 y hoy es la mayor dinamizadora de los distintos agentes de la escena contemporánea en el territorio español a través de las actividades que organiza como colectivo de teatros que reúne a 58 salas en 16 Comunidades Autónomas. Entre los objetivos de la Coordinadora de Salas Alternativas se encuentran el estímulo de la movilidad, el intercambio y el encuentro artístico; así como el debate y la divulgación, promoción y desarrollo de propuestas innovadoras y arriesgadas de las artes escénicas.
Cuarto.
Que, ante el grave impacto de la crisis sanitaria en la actividad económica y social europea, los organismos comunitarios aprobaron un Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, también PRTR), estructurado en torno a inversiones y reformas, con un triple objetivo: apoyar a corto plazo la recuperación tras la crisis sanitaria; impulsar a medio plazo un proceso de transformación estructural; y llevar a largo plazo a un desarrollo más sostenible y resiliente desde el punto de vista económico-financiero, social, territorial y medioambiental.
En este contexto, los nuevos instrumentos comunitarios de financiación NextGenerationEU proporcionan una ocasión extraordinaria para desplegar este Plan y contrarrestar así el impacto de la pandemia sobre la inversión y la actividad económica, y para abordar la modernización de la economía.
Quinto.
Que una de las actividades más intensamente afectadas por la pandemia ha sido la cultura. Por ello, dentro del PRTR, el Componente 24 va dirigido a la revalorización de las industrias culturales.
Sexto.
Que el componente 24 del PRTR –financiado con los fondos Next Generation EU– incluye entre sus medidas, la inversión 2, dirigida a la dinamización de la cultura a lo largo del territorio, que, a su vez, contiene el proyecto C24.I02.P05 Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, así como el fomento de circuitos de difusión interterritorial.
Esta inversión pretende mejorar la cohesión territorial y social facilitando el acceso a la cultura, así como apoyar la sostenibilidad y la consolidación del sector cultural en todo el territorio.
Este proyecto aspira, entre otros objetivos, a facilitar la coordinación de los espectáculos culturales entre Comunidades Autónomas, mediante la creación de nuevos circuitos de difusión interterritorial. Contribuye a la consecución del hito auxiliar de definición C24.I02.P05.HTA01 «Fomento de circuitos de difusión interterritorial».
Séptimo.
Que en el marco de esta inversión se sitúa el diseño y desarrollo del Circuito de Creación Escénica Contemporánea para público adulto y familiar, que tiene como objetivo dar un mejor cumplimiento al principio de igualdad de toda la ciudadanía en el acceso a la Cultura; en particular, a la creación escénica contemporánea española, mediante la programación de actividades de artes escénicas contemporáneas en espacios de creación independiente.
Octavo.
Que el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia prevé una serie de instrumentos jurídicos para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos, entre los cuales están los convenios.
Noveno.
Que el Consejo de Ministros en su sesión de 6 de junio de 2023 aprobó la Adenda al Plan de Recuperación cuya adopción definitiva se realizó el 10 de octubre de 2023, mediante Decisión de ejecución del Consejo de la Unión Europea por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España. Esta adenda permitirá movilizar la totalidad de recursos asignados a España de los fondos Next Generation EU permitiendo la ejecución de los fondos hasta junio de 2026. En lo que afecta a la inversión 2 del componente 24, la implementación de la misma puede extenderse más allá de 2023 y, como máximo, hasta el 30 de junio de 2026.
Décimo.
La experiencia adquirida durante la ejecución del presente convenio ha evidenciado que el formato del circuito Creación Escénica Contemporánea representa la forma más eficiente como proyecto de movilidad escénica dentro del Estado. Por sus condiciones mejoradas, ha sido una oportunidad para compañías, salas y público; y por extensión, para el ecosistema de la creación escénica contemporánea. Bajo el formato de convenio, el Circuito ha sido impulsor y articulador de recursos públicos, ha generado una gran actividad que ha dado estabilidad y certidumbre a las compañías, ayudando al sostenimiento de estructuras del sector, dotando de recursos a creadoras y a programaciones y, en algunos casos, ayudando a consolidar proyectos escénicos en proceso de crecimiento. Todo ello con un nivel de capilaridad que no está al alcance de las convocatorias ordinarias, que dejan en buena medida a este tipo de estructuras artísticas fuera de su radio de acción, por la incapacidad o falta de músculo económico. Asimismo, el resultado derivado de este convenio, durante las anualidades 2022, 2023 y 2024 pone de manifiesto que la colaboración entre el INAEM y la Coordinadora de Salas Alternativas ha favorecido de forma relevante el enriquecimiento del sector de las artes escénicas a nivel nacional, colaborando en la participación de un gran número de compañías y espacios en los diferentes territorios que se han visto involucrados.
Undécimo.
Que la cláusula octava del convenio original contempla la posibilidad de modificación de sus términos y/o la prórroga de su vigencia mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes, acuerdan:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto modificar los términos económicos del convenio suscrito con fecha 21 de septiembre de 2022 para la organización conjunta del Circuito de Creación Escénica Contemporánea para público adulto y familiar, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU, en los términos estipulados en la cláusula siguiente.
Segunda. Modificación de los términos económicos del convenio.
Teniendo en cuenta la nueva disponibilidad de crédito en la aplicación presupuestaria 24.107.33XB.290.26.99, y la ampliación de plazo en la ejecución y en la justificación del gasto del presente convenio hasta 2025, ambas partes acuerdan la siguiente modificación de la cláusula tercera del convenio firmado el 21 de septiembre de 2022, dotando al circuito de fondos para el año 2025 con cuatrocientos veinte mil euros (420.000 euros) por parte del INAEM sin modificar los fondos acordados para 2022, 2023 y 2024.
Por otro lado, la Coordinadora de Salas Alternativas aporta para el año 2025 la cantidad de doscientos trece mil euros (213.000 euros) sin modificar las cantidades acordadas para el 2022, 2023 y 2024.
Por lo tanto, esta cláusula del convenio queda redactada como sigue:
«Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.
Los compromisos económicos asumidos por el INAEM para la realización del Circuito de Creación Escénica Contemporánea para público adulto y familiar, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.33XB.290.26.99, son los siguientes:
– Transferir el caché de los espectáculos seleccionados para el circuito, cuantía que se estima en un millón trescientos diecinueve mil euros (1.319.000 €) IVA incluido.
– Transferir el caché de las actividades expandidas (actividades de formación de audiencias, mediación y creación de públicos), cuantía estimada en sesenta mil euros (60.000 €) IVA incluido.
– Abonar los gastos de comunicación, publicidad y difusión del circuito (incluida la web del proyecto, servicios de hosting, diseño y materiales gráficos y de vídeo) por un importe estimado de ochenta y cuatro mil cuatrocientos euros (84.400 €), IVA incluido.
– Abonar los gastos de coordinación y gestión del circuito, desde gestión de propuestas y programación a gastos derivados de reuniones y comisiones (viajes, manutención, alojamientos de la Comisión) y material de oficina, todo ello por un importe estimado de doscientos veintiséis mil euros (226.000 €), IVA incluido.
– Aportar un importe estimado de veinticinco mil seiscientos euros (25.600 €), IVA incluido, en concepto de gastos de auditoría.
Por tanto, la estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de un millón setecientos quince mil euros (1.715.000 €) IVA incluido, con cargo al presupuesto de gastos del INAEM correspondiente a los años 2022, 2023, 2024 Y 2025, de acuerdo a la siguiente distribución:
Concepto 2022-2023 (enero) 2023
(excluido enero)
2024 2025 2022 2023 Suma Caché de los espectáculos. 325.000 € 11.000 € 336.000 € 336.000 € 323.500 € 323.500 € Caché de actividades expandidas (formación audiencias, mediación, creación de públicos). 14.000 € 1.000 € 15.000 € 15.000 € 15.000 € 15.000 € Gastos de comunicación, publicidad y difusión. 8.500 € 5.700 € 14.200 € 14.200 € 28.000 € 28.000 € Gastos de coordinación y gestión del circuito. 53.000 € 13.500 € 66.500 € 66.500 € 46.500 € 46.500 € Gastos de auditoría. 11.600 € 7.000 € 7.000 € Subtotal. 400.500 €
(1)
31.200 €
(2)
420.000 € 420.000 € Total 2022-2023 (Enero) (1+2). 431.700 € 443.300 € (3)
Presupuesto 2022 400.500 €. Presupuesto 2023 (2+3) = 474.500 € 2024: 420.000 € 2025: 420.000 € Todos estos gastos serán transferidos por el INAEM a la Coordinadora de Salas Alternativas, que es la entidad responsable de la producción ejecutiva, tras las reuniones de certificación de las actividades realizadas que mantenga la comisión de seguimiento, en las cuales se justificarán los gastos efectivamente realizados, mediante la presentación de los certificados de actividad y las correspondientes facturas o documentos acreditativos de análoga naturaleza, dentro del plazo que marca la fecha de finalización del convenio, el 31 de diciembre de 2025.
Por su parte, la Coordinadora de Salas Alternativas asume los siguientes compromisos económicos:
– Sufragar los costes de cesión de espacios, con sus dotaciones y personal, para la realización de las funciones que conforman el circuito, en una cuantía que se estima en ochocientos setenta y seis mil euros (876.000 €), IVA incluido. aproximadamente.
– Hacerse cargo de los costes de cesión de espacios, con sus dotaciones y personal, para las actividades expandidas. Este concepto se cuantifica en un máximo de sesenta mil euros (60.000 €), IVA incluido.
La estimación económica de la participación de la Coordinadora de Salas Alternativas se cuantifica en la cuantía máxima de novecientos treinta y seis mil euros (936.000 €), IVA incluido, distribuida de la forma que sigue:
Concepto 2022-enero 2023
2023 (excluido enero)
2024 2025 Costes de cesión de espacios programaciones. 240.000 € 240.000 € 198.000 € 198.000 € Costes de cesión de espacios de las actividades expandidas. 15.000 € 15.000 € 15.000 € 15.000 € Total. 255.000 € 255.000 € 213.000 € 213.000 € Los ingresos de la aportación de posibles patrocinadores se ingresarán en la cuenta general de ingresos del INAEM y redundará en el presupuesto que aporta este organismo al presente proyecto.»
Tercera. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio de 21 de septiembre de 2022.
La presente adenda de modificación al convenio producirá efectos una vez inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda al convenio.–Por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), la Directora General, María Paz Santa-Cecilia Aristu.–Por la Asociación Cultural Coordinadora de Salas Alternativas, el Presidente, Jacobo Pallarés Burriel.