El 11 de septiembre de 2024, previa tramitación reglamentaria, se suscribió la adenda al citado convenio entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Consejero de Cohesión Territorial, del Gobierno de Navarra, para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
Por ello, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de la referida adenda que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 18 de septiembre de 2024.–La Directora General de Agenda Urbana y Arquitectura, María Teresa Verdú Martínez.
ANEXO
Adenda al convenio de colaboración otorgado el 30 de diciembre de 2021 entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos
En Madrid, 11 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don David Lucas Parrón, Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, de acuerdo con el Real Decreto 976/2023, de 28 de noviembre, por el que se dispone su nombramiento; la disposición final 1.ª y el artículo 14.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se suprime la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y se crea el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana como departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de vivienda, agenda urbana, calidad de la edificación y suelo; el Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y, actuando por delegación de la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, al amparo de lo dispuesto en la Orden VAU/717/2024, de 5 de julio, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos.
De otra parte, Sr. don Óscar Chivite Cornago, Consejero de Cohesión Territorial, del Gobierno de Navarra, en virtud del Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 16/2023, de 17 de agosto, por el que se dispone su nombramiento.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
I. Que con fecha 30 de diciembre de 2021 se formalizó el convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
II. El anexo I. Listado de Actuaciones de la Comunidad Foral de Navarra que acompaña al convenio suscrito por la Comunidad Foral de Navarra recoge como actuaciones comprometidas por dicha Comunidad para el cumplimiento del objetivo CID, objeto del convenio, en fase 1 la siguiente actuación:
– 16F1-1 UPNA GREEN SMART & SUSTAINABLE CAMPUS
En definitiva, la Comunidad Foral de Navarra, en virtud del convenio suscrito adquirió el compromiso particular de contribuir al objetivo CID 36 de la Unión Europea, definido en dicho convenio, con la rehabilitación de 1.913 metros cuadrados, en fase 1.
No obstante, para asegurar el cumplimiento de su compromiso particular incorporó al convenio un total de 40.000 metros cuadrados a rehabilitar.
Los metros cuadrados rehabilitados que excedan del objetivo CID particular asignado a la Comunidad Foral de Navarra en virtud de este convenio contribuirán, de igual modo, a incrementar el número de metros cuadrados rehabilitados del objetivo CID global comprometido con la Unión Europea.
III. En cuanto al plazo establecido en el convenio para la ejecución de las actuaciones que esta Comunidad tiene previstas en fase 1, en aras a su contribución al CID 36, la cláusula sexta «Financiación y plazos», dispone al respecto:
«Las actuaciones financiables se deben ejecutar en el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2024 para las actuaciones adscritas sólo a la fase 1 o, hasta el 31 de marzo de 2026, para las de fase 2. Se recuerda que tiene la consideración de obra finalizada aquella que disponga de un Acta de recepción, la cual en ningún caso podrá ser posterior a la fecha límite señalada en este párrafo».
IV. Ahora bien, las circunstancias sobrevenidas explicadas más abajo han hecho necesario que la Comunidad Foral de Navarra solicite modificación del plazo inicial previsto para las actuaciones de fase 1 por parte de esta, acordada por ambas partes en comisión bilateral de fecha de 2 de julio de 2024.
En concreto, esta Comunidad justifica su solicitud teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
«Dentro del proyecto de ejecución está prevista la compra e instalación de un sistema de almacenamiento de energía en baterías que permita aumentar el autoconsumo de energía fotovoltaica y garantizar el mínimo del 30 % de reducción en todo el campus, es decir, en los 40.000 m2 de la actuación.
A diferencia de los módulos fotovoltaicos, las baterías no son un equipamiento que esté en stock, sino que se desarrolla y produce en base a demanda. Por ello, los plazos de entrega se alargan de forma sustancial. Según todos los posibles suministradores estamos hablando de entre 6 y 9 meses de plazo de entrega.
Dadas las fechas en las que nos encontramos, creemos prudente establecer el 30 de junio de 2025 como fecha límite de cumplimiento del proyecto».
Todo ello ha determinado la tramitación de esta adenda al objeto de dar curso a la modificación del plazo inicial para las actuaciones de fase 1, estableciéndose como fecha máxima de terminación de las obras de fase 1 la de 30 de junio de 2025, manteniéndose vigentes el resto de los requisitos establecidos en el convenio para la justificación de las actuaciones dentro del marco del PIREP.
V. La modificación que esta adenda incorpora al convenio suscrito por parte de la Comunidad Foral de Navarra, queda justificada por la necesidad de dar cumplimiento al compromiso adquirido por dicha Comunidad con la suscripción del referido convenio.
A tal efecto, se propone la modificación del plazo de terminación de las actuaciones de fase 1 referido al convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
En virtud de lo cual, las partes en la representación que ostentan, se reconocen la capacidad para otorgar el presente acuerdo expreso de modificación y
ACUERDAN
Modificar, de mutuo acuerdo, el plazo de finalización de las actuaciones de fase 1 que contribuyen al CID 36, estableciéndose como fecha máxima de terminación de las obras de fase 1 la de 30 de junio de 2025, sustituyendo así a la de 30 de septiembre de 2024 prevista en la cláusula sexta, «Financiación y plazos», del convenio suscrito el 30 de diciembre de 2021 entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
Y para que así conste a los efectos oportunos y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda al convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana) y la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, en el lugar y fechas indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, P. D. (Orden VAU/717/2024, de 5 de julio, artículo 7), el Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, Fdo. electrónicamente: David Lucas Parrón.–Por la Comunidad Foral de Navarra, el Consejero de Cohesión Territorial, Fdo. electrónicamente: Óscar Chivite Cornago.