La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 19 de diciembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las actuaciones de planificación, seguimiento y evaluación del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, realizadas por los órganos de la Administración General del Estado, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones del Informe de fiscalización de las actuaciones de planificación, seguimiento y evaluación del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, realizadas por los órganos de la Administración General del Estado, derivadas todas ellas del informe principal.
2. Instar al Gobierno a:
– Revocar la cesión de bienes inmuebles de titularidad estatal en manos de sindicatos y organizaciones empresariales, establecidas por la Ley 4/1986, de 8 de enero, de cesión de bienes del Patrimonio Sindical Acumulado, y desarrollar un plan de acción que incluya medidas que den respuesta a la emergencia habitacional, que incluirían, entre otras, la transformación del Patrimonio Sindical Acumulado en manos de sindicatos y organizaciones empresariales en vivienda social.
– Derogar la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, y reforzar la seguridad jurídica y la certidumbre regulatoria para todos los actores implicados en la vivienda.
– Recuperar la deducción por inversión en vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como considerar la compra de vivienda habitual como no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
– Articular medidas de protección hacia los deudores hipotecarios e inquilinos precarios sobrevenidos, con base en unos criterios de justicia y sujeción a limitaciones temporales en el corto plazo.
– Agilizar los trámites administrativos y la burocracia relacionados con las licencias de obras y el desarrollo de suelos urbanizables, mediante la promoción del incremento de los medios técnicos y personales de los ayuntamientos encargados de la redacción de los informes técnicos pertinentes para la concesión de licencias, así como la promoción entre las regiones y las entidades locales para la digitalización de sistemas en el proceso de tramitación de licencias.
3. Instar al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana a:
– Reforzar la supervisión de los datos que sobre la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en materia de vivienda se remiten a los diferentes órganos con competencias en la elaboración de informes relativos a su seguimiento, para asegurar su calidad, incluyendo en su plan de formación la realización de alguna actividad que permita a los responsables de facilitar esta información un conocimiento más amplio de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y su transversalidad.
– Continuar y profundizar en la coordinación de los futuros planes estatales de vivienda con el resto de las estrategias que inciden en este tema, en especial con la estrategia de desarrollo sostenible, que es la estrategia nacional para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre ellos, los relacionados con el acceso a la vivienda, de manera que no se produzca descoordinación.
– Reforzar la cooperación y coordinación interadministrativa para alcanzar un enfoque integral de la política de vivienda.
– Establecer un sistema de seguimiento efectivo de los futuros planes estatales de vivienda, fijando objetivos y metas cuantificados para estos planes, dotándolos con una tabla de indicadores adecuada, que incluya indicadores de impacto y no solo de proceso, así como a realizar informes periódicos donde se analice la evolución de estos indicadores y se propongan las medidas necesarias para la corrección de desviaciones.
– Diseñar programas para ajustarlos al horizonte temporal de cuatro años o bien ampliar la vigencia de los planes para acomodarlos a la ejecución real de los programas de ayuda.
– Ser más riguroso en el seguimiento de los compromisos asumidos por las comunidades autónomas en los convenios de colaboración, utilizando todas las herramientas a su alcance, en concreto las herramientas previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, para exigir su cumplimiento.
– Que los planes no prolonguen su duración efectiva, evitando el solapamiento de planes.
– Realizar las justificaciones correspondientes en tiempo y forma sobre la ejecución de los planes estatales.
– Fijar los criterios para el reparto de fondos a las comunidades autónomas.
– Exigir que las liquidaciones finales de las comunidades autónomas se cumplan en los plazos previstos en los reales decretos de publicación de los distintos planes.
– Crear un parque público estatal de viviendas para adjudicar en régimen de alquiler social, sin que la renta mensual de dichos alquileres supere un tercio de los ingresos familiares, con el objetivo de garantizar el derecho a la vivienda de todas las personas, especialmente de personas en riesgo de exclusión social, en situación de emergencia habitacional y jóvenes con dificultades para acceder a una vivienda. Para ello, se propone la adquisición y rehabilitación de viviendas vacías propiedad de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB), así como la promoción de nuevas construcciones en suelo público, con el fin de aumentar significativamente el parque público de vivienda y hacer frente a la grave crisis habitacional que atraviesa nuestro país.
Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.