Resolución de 19 de diciembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los gastos derivados de la actividad asistencial prestada por medios ajenos, su planificación y control y de la gestión de las listas de espera del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca (Murcia) y del Complejo Hospitalario Universitario de Badajoz, ejercicio 2022.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-6462|Boletín Oficial: 77|Fecha Disposición: 2024-12-19|Fecha Publicación: 2025-03-31|Órgano Emisor: Cortes Generales

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 19 de diciembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los gastos derivados de la actividad asistencial prestada por medios ajenos, su planificación y control y de la gestión de las listas de espera del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca (Murcia) y del Complejo Hospitalario Universitario de Badajoz, ejercicio 2022, acuerda:

1. Asumir el contenido y las conclusiones del Informe de fiscalización de los gastos derivados de la actividad asistencial prestada por medios ajenos, su planificación y control y de la gestión de las listas de espera del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca (Murcia) y del Complejo Hospitalario Universitario de Badajoz, ejercicio 2022, todas ellas derivadas del informe principal.

2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de los gastos derivados de la actividad asistencial prestada por medios ajenos, su planificación y control y de la gestión de las listas de espera del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca (Murcia) y del Complejo Hospitalario Universitario de Badajoz, ejercicio 2022.

3. Instar al Gobierno a:

– Reducir el volumen y tiempo de las listas de espera en todos los ámbitos, incentivando a los centros públicos para su reducción, y reforzando los conciertos con la sanidad privada.

– Llevar a cabo las medidas que sean necesarias para la devolución de las competencias de Sanidad a la Administración Central.

4. Instar al órgano competente en la Comunidad Autónoma de Extremadura y al órgano competente en la Región de Murcia a dictar normas sobre el contenido y periodicidad de publicación de las listas de espera, en las que se incremente la frecuencia de publicación y el número de indicadores utilizado.

5. Instar a las Consejerías de Salud a establecer prioridades de atención.

6. Instar a las Consejerías de Salud de Extremadura y de la Región de Murcia a elaborar normas o instrucciones internas dirigidas a los órganos de contratación dependientes que establezcan criterios para asegurar, siempre que fuera posible, la inclusión en los pliegos de cláusulas administrativas de condiciones especiales de ejecución de carácter social y de sostenibilidad ambiental.

7. Instar a la Consejería de Salud de la Región de Murcia a elaborar una norma sobre estructura y organización de las Áreas de Salud de la Región y de los hospitales dependientes del Servicio Murciano de Salud.

8. Instar a la Consejería de Salud y Servicios Sociales de Extremadura a estudiar la conveniencia de hacer uso de la posibilidad establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 228/2005 para el establecimiento de prioridades de atención de procesos.

9. Instar a las Gerencias del Área de Salud a:

– Elaborar indicadores relativos a las listas de espera que abarquen aspectos basados en el estudio de necesidades, medios y previsión de demanda.

– Establecer contenido y periodicidad de la publicación sobre listas de espera, considerando la posibilidad de incrementar la frecuencia de publicación.

10. Instar a la Gerencia del Área de Salud I Murcia-Oeste a:

– Establecer la organización y funcionamiento de la Gerencia de Salud del Área, delimitando los órganos directivos y funciones.

– Estudiar incluir en el Acuerdo de Gestión otros indicadores relativos a las listas de espera que abarquen aspectos basados en el estudio de necesidades, medios y previsión de demanda, y establecer mecanismos para garantizar el seguimiento del Acuerdo de Gestión y realizar, en su caso, las actuaciones correctoras oportunas.

– Incluir dentro de los documentos de planificación del Área de Salud objetivos e indicadores específicos que contribuyan a dar cumplimiento al principio de igualdad entre mujeres y hombres.

11. Instar a las gerencias del Área de Salud de Badajoz y del Área de Salud I Murcia-Oeste a impulsar la aprobación de la regulación, donde se establezca la organización y funcionamiento de la Gerencia de Salud del Área, delimitando los órganos directivos y funciones.

12. Instar a la Gerencia del Área de Salud de Badajoz a:

– Impulsar la aprobación de la regulación donde se establezca la organización y funcionamiento de la Gerencia de Salud del Área, delimitando los órganos directivos y funciones.

– Estudiar la elaboración de indicadores relativos a las listas de espera que abarquen aspectos basados en el estudio de necesidades, medios y previsión de demanda, y establecer mecanismos para garantizar el seguimiento del Acuerdo de Gestión y realice, en su caso, las actuaciones correctoras.

13. Instar a los servicios centrales de los servicios de salud a:

– Mejorar los sistemas de información de forma que todo sea fiable en los plazos previstos.

– Llevar a cabo análisis de los recursos propios, humanos y materiales, para justificar si hubiera que recurrir a medios ajenos.

– Mejorar la planificación contractual de los gastos de asistencias sanitarias con medios ajenos, evitando la prestación de servicios con contratos ya finalizados.

– Actualizar los contratos de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

14. Instar a los Servicios Centrales del Servicio Extremeño de Salud y a los Servicios Centrales del Servicio Murciano de Salud a:

– Llevar a cabo mejoras en los sistemas de información, de forma que sea posible obtener información fiable sobre el cumplimiento de los plazos máximos.

– Llevar a cabo, con carácter previo a la prestación de asistencias sanitarias con medios ajenos, análisis globales que garanticen la utilización óptima de los recursos propios, tanto humanos como materiales, y justificar la conveniencia de tales contrataciones frente a la prestación de las asistencias con medios propios.

15. Instar a los Servicios Centrales del Servicio Extremeño de Salud y a la Gerencia del Área de Salud de Badajoz, así como, a los Servicios Centrales del Servicio Murciano de Salud y a la Gerencia del Área de Salud I Murcia-Oeste, a:

– Adoptar las medidas oportunas para mejorar la planificación contractual de los gastos de asistencias sanitarias con medios ajenos, de forma que se evite la prestación de servicios con contratos ya finalizados y se actualicen los vigentes a los procedimientos de contratación previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

– Llevar a cabo, con carácter previo a la prestación de asistencias sanitarias con medios ajenos, análisis globales que garanticen la utilización óptima de los recursos propios, tanto humanos como materiales, y justificar la conveniencia de tales contrataciones frente a la prestación de las asistencias con medios propios.

Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.