Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Buen Samaritano, SA, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Paraguay que carezcan de recursos suficientes.

Nº de Disposición: BOE-A-2024-24666|Boletín Oficial: 285|Fecha Disposición: 2024-11-20|Fecha Publicación: 2024-11-26|Órgano Emisor: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Con fecha 14 de noviembre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno) y el Buen Samaritano, SA, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Paraguay que carezcan de recursos suficientes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 2024.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.

ANEXO

Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España (Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno) y el Buen Samaritano, SA, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Paraguay que carezcan de recursos suficientes

De una parte, doña María Elena Bernardo Llorente, Directora General de Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, nombrada por Real Decreto 1080/2023, de 7 de diciembre (BOE de 8 de diciembre de 2023), actuando por delegación de la Secretaria de Estado de Migraciones, según establece el artículo 21.a) de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE de 29 de abril de 2021). Dicha delegación de competencia se mantiene atribuida según lo dispuesto en la disposición adicional sexta del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

De otra parte, el Buen Samaritano, SA, RUC N.º 80010146-4, empresa de medicina prepaga, con domicilio en la calle Cruz del Defensor, N.º 493, esquina Andrés Campos Cervera, entidad representada en este acto por el Licenciado Carlos Enrique Figueredo Franco, con cédula de identidad N.º ***3856, y el Licenciado Sergio Rolando Alarcón Franco, con cédula de identidad N.º ***8105, que actúan mancomunadamente con poder general otorgado en escritura pública de 22 de junio de 2016; figurando ambos como Representantes legales de la entidad en la constancia de persona jurídica emitida por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios del Paraguay de 8 de mayo de 2024.

Ambas partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal fin,

EXPONEN

Que la Ley 40/2006 de 14 de diciembre del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, reconoce en su artículo 17 el derecho a la protección de la salud, con la finalidad última de equiparar la que se concede a los residentes en el exterior con la que se presta por el Sistema Nacional de Salud de España.

El Real Decreto 8/2008 de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados prevé la posibilidad de suscribir convenios que permitan la cobertura la asistencia sanitaria para aquellos que carezcan de ella en el país de residencia o cuando teniendo derecho a ésta, su contenido y alcance se considere insuficiente en situaciones de necesidad debidamente acreditadas. Asimismo, la cobertura se encuentra recogida en la disposición adicional primera de la Ley 3/2005 de 18 de marzo, prevista para los ciudadanos de origen español desplazados durante su minoría de edad al extranjero, en el período comprendido entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1939, como consecuencia de la Guerra Civil española.

Por todo ello, la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno se propone celebrar el presente convenio para que los españoles residentes en Paraguay puedan ser beneficiarios de la prestación de asistencia sanitaria prevista en el párrafo anterior.

Que el Buen Samaritano, SA, es una entidad de derecho privado, radicada en Paraguay, que dispone de prestadores de servicios de salud teniendo como principal al Centro Médico Bautista, el cual cuenta con instalaciones clínicas y hospitalarias propias, en las cuales puede dispensar asistencia médica ambulatoria, de especialidades y/o hospitalaria.

Por ello, ambas partes, al amparo de lo dispuesto en normativa anteriormente citada, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones, modalidades y procedimientos para prestar asistencia sanitaria a los emigrantes españoles, residentes legalmente en Paraguay, beneficiarios de las prestaciones reguladas en la Ley 3/2005 de 18 de marzo y Real Decreto 8/2008 de 11 de enero, así como la gestión del pago del importe de las cuotas correspondientes.

Segunda. Beneficiarios.

Tendrán derecho a la asistencia sanitaria a la que se refiere el presente convenio, los beneficiarios de las prestaciones señaladas en la cláusula anterior, residentes legales en Paraguay, que carezcan o no tengan cobertura suficiente de esta contingencia.

Tercera. Condiciones de la asistencia sanitaria.

El Buen Samaritano, SA, firmante de este acuerdo, se compromete a prestar la asistencia sanitaria ambulatoria, de especialidades médicas y hospitalarias a las personas de nacionalidad española, residentes en ese país, a que se refiere en la cláusula anterior.

Forman parte integral de este convenio:

1. Listado de beneficiarios.

2. Anexos conforme al plan elegido adjunto en el presente documento y sus centros de cobertura.

3. Carnet identificatorio para cada beneficiario.

Los servicios no incluidos en el anexo de cobertura adjunto deberán ser abonados por el beneficiario. En el caso de servicios no cubiertos el beneficiario tendrá un Arancel Preferencial ofrecido por el Centro Médico Bautista y otros centros en convenio.

El Buen Samaritano, SA, puede excluir a los beneficiarios que cedan su carnet para uso del servicio a persona fuera del convenio o cualquier uso irregular en perjuicio el Buen Samaritano, SA, así como a aquellos que realicen una utilización abusiva o inadecuada del servicio.

Cuarta. Comunicación de beneficiarios.

La Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de España en Uruguay, acreditada en Paraguay, entregará a el Buen Samaritano, SA, una relación de personas que reúnan los requisitos para ser beneficiarias de las prestaciones previstas en este convenio.

También deberá informar a esta entidad, por escrito o vía correo electrónico, cualquier alteración o cambio de beneficiarios, sean estos por: Defunción, inclusión de nuevos beneficiarios, cambios en los datos personales como dirección domiciliaria y/o teléfonos, antes del último día hábil de cada mes al correo establecido como oficial para comunicaciones pertinentes o la dirección declarada previamente como domicilio de el Buen Samaritano, SA.

Las variaciones que se comuniquen a el Buen Samaritano, SA, sobre las personas que deben ser beneficiarias de este convenio tendrán vigencia desde el primer día del mes siguiente a la comunicación por parte de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, siempre que sean recibidas en las dependencias de el Buen Samaritano, SA, antes del último día hábil del mes anterior.

Quinta. Importe y forma de pago.

Que el importe correspondiente a abonar a el Buen Samaritano, SA, por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones será durante el año 2024 de noventa euros (90 €) mensuales por persona residente en Paraguay, siendo diecisiete (17) el número estimado de beneficiarios, o según listado de beneficiarios adjunto al presente documento, ascendiendo el coste anual de 18.360 euros.

El pago que origine este convenio será realizado trimestralmente en un único pago.

Las mensualidades serán satisfechas de la siguiente manera:

– Las mensualidades de julio, agosto y septiembre serán abonadas en la primera quincena del mes de septiembre.

– Las mensualidades de octubre, noviembre y diciembre serán abonadas en la primera quincena del mes de diciembre.

– Las mensualidades de enero, febrero y marzo se abonarán en la primera quincena del mes de marzo.

– Las mensualidades de abril, mayo y junio serán abonadas en la primera quincena del mes de junio.

El número de beneficiarios y el importe de la cuota podrán ser revisados anualmente durante la vigencia del convenio, mediante una adenda suscrita por las partes.

Transcurrido el primer año de vigencia del convenio, las partes podrán acordar una variación anual del importe de la cuota del convenio suscribiendo una adenda de modificación, en los siguientes casos: a) actualización del coste de la utilización; b) variación del tipo de cambio del mercado de divisas; c) variación de precios en el área de salud conforme a estadísticas de la empresa y del sector; d) aumento salarial decretado por el Gobierno Nacional.

Sexta. Compromiso económico y asignación presupuestaria.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como cuantía máxima de compromiso económico en la aplicación de este convenio la cifra de 73.440,00 euros, atendiendo a la vigencia del convenio, que se distribuirá durante los ejercicios presupuestarios del siguiente modo:

2024  4.590
2025  18.360
2026  18.360
2027  18.360
2028  13.770

Esta prestación se encuentra contemplada en los Presupuestos Generales del Estado, en el programa 231.B, «Acciones a favor de los emigrantes» del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, partida presupuestaria 32.03.492.

Séptima. Naturaleza jurídica.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico de los convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Comisión de Seguimiento.

Para la aplicación de este convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos personas designadas, de común acuerdo, por el Buen Samaritano, SA, y por la persona titular de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de España con acreditación en Paraguay, así como un representante de la Consejería y por un representante del Consejo de Residentes Españoles en aquel país, cuando este órgano esté constituido.

La Comisión estará presidida por la persona titular de la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de la Embajada de España acreditada en Paraguay, o la persona en que ésta delegue.

La finalidad de la Comisión de Seguimiento es asegurar la adecuada aplicación de este convenio y velar por el cumplimiento del principio de equidad en el trato a los beneficiarios del mismo.

Esta Comisión llevará a cabo las funciones de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Esta Comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.

Novena. Orden jurisdiccional competente.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivar de la interpretación o aplicación del presente convenio serán sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo español.

Décima. Eficacia y duración del convenio.

El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

El convenio tendrá una duración de cuatro años desde la fecha en que adquiere eficacia. Las partes, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, podrán acordar unánimemente su prórroga, mediante la tramitación de la correspondiente adenda, previa sustanciación de los trámites previstos normativamente. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, la adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Undécima. Causas de extinción del convenio.

El presente Convenio se extinguirá de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Tal y como dispone el artículo del párrafo anterior, son causas de resolución del convenio:

– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga de éste.

– El acuerdo unánime de todos los firmantes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de tres meses con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, sin indemnización.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

– Por cualquiera otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

En caso de extinción unilateral por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, éste se compromete a abonar los costos correspondientes a los servicios utilizados hasta la fecha de cancelación.

Todos los pagos pendientes deberán ser liquidados dentro de un plazo de treinta días a partir de la fecha de extinción del convenio.

La finalización o suspensión unilateral del convenio por una de las partes antes del transcurso del plazo de su duración, sin haber informado a la Comisión de Seguimiento del convenio, no producirá la resolución de éste, manteniéndose vigentes todas sus obligaciones.

En el supuesto de extinción del convenio, las personas que se encontraran hospitalizadas en la fecha de extinción de éste, continuarán beneficiándose de dicha atención en tanto subsista la causa que ha generado el internamiento, teniendo en cuenta lo detallado en el anexo de cobertura adjunto.

Antes de los tres meses previos al transcurso de plazo de vigencia del convenio, se reunirá la Comisión de Seguimiento de éste para tratar las obligaciones pendientes de las partes y, en su caso, acordar una adenda de prórroga o un nuevo convenio.

Duodécima. Modificación del convenio.

Toda modificación de las cláusulas del presente convenio requerirá el acuerdo expreso y por escrito de ambas partes, que será tramitado mediante adenda conforme a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Las modificaciones surtirán efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, serán publicadas en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Decimotercera. Protección de datos de carácter personal.

Las partes firmantes se obligan a cumplir la normativa sobre protección de datos de carácter personal que sea de aplicación tanto en Paraguay como en España, con respecto a los datos personales obtenidos de los beneficiarios de la asistencia sanitaria, recabando de los mismos cuantos consentimientos relativos a su uso pudieran resultar necesarios.

Las partes se comprometen a no copiar, reproducir ni ceder información o material facilitado por la otra parte, así como a no permitir a ninguna otra persona física o jurídica, la copia o reproducción o divulgación, sea total, parcial o de cualquier forma, de la información o materiales facilitados en cualquier momento, sin la autorización previa de la otra parte, manifestada expresamente y por escrito.

Las partes igualmente se comprometen, en lo necesario, a cumplir lo establecido en el Reglamento UE/679/2016, de 27 de abril, General de Protección de Datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás legislación concordante y aplicable en esta materia.

Cada una de las partes será responsable del tratamiento de los datos personales que efectúe en cumplimiento de las obligaciones dimanantes del presente convenio.

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio por duplicado ejemplar, conforme a la fecha de firma electrónica del último firmante.–Por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Directora General de la Ciudadanía Española Exterior y Políticas de Retorno, María Elena Bernardo Llorente.–Por el Buen Samaritano, SA, los Representantes legales, Carlos Enrique Figueredo Franco y Sergio Rolando Alarcón Franco.

ANEXO 1

Detalle de cobertura

  Cantidad Carencia
Consultas ambulatorias
 Alergología, cardiología, cirugía general, cirugía cardiaca, cirugía vascular, clínica médica, dermatología, diabetes y endocrinología, gastroenterología, ginecología, hematología, infectología, mastología, medicina familiar, nefrología, neurología clínica, neurocirugía, neumología, oftalmología, otorrinolaringología, proctología, reumatología, traumatología, urología, emergencia. Ilimitadas en el Centro Médico Bautista y Clínica Familiar EBSA. Inmediata.
Servicios en Urgencias y/o Emergencias
 Medicamentos y Materiales Descartables en Emergencias indicados por el médico de guardia. (Hasta 5 Eventos por Contrato)-Quedan excluidos los antibióticos, medicamentos y materiales de receta ambulatoria. Gs. 150.000 (Por evento). Inmediata.
 Pre-Internación en urgencia para observación. 2 x año/ Benef. Inmediata.
 Procedimientos de Enfermería.   Inmediata.
  – Nebulizaciones. 10 sesiones .
  – Toma de presión. Ilimitada.
  – Aplicación de inyección (no incluye medicamentos y mat.). 10 sesiones .
  – Hemoglucotest (no incluye tira). 10 sesiones .
Análisis 
 Análisis Laboratoriales. Anexo 2. Inmediata.
Estudio de Diagnóstico por Imagen
 Radiografías Simples. Anexo 3. Inmediata.
 Ecografías. Anexo 4. Inmediata.
 Estudios de diagnostico. Anexo 5. Inmediata.
Fisioterapia. Anexo 6. Inmediata.
Odontología. Anexo 7. Inmediata.
Procedimientos Menores en Consultorio. Anexo 8.  
 Traumatología. Hasta 3 x año/Benef. 30 días.
 Otorrinolaringología.
 Urología.
 Intervenciones en la piel o los huesos.
 Proctología.
Internaciones
 Pensión normal (salas privadas). 6 días. Casos no Quirúrgicos y no Quirúrgicos Inmediata.
 Pensión Unidad de Cuidados Intensivos o intermedio. 2 días.
 Intensivista y Jefatura.
 Medicamentos y/o Materiales descartables (por año/contrato). Gs 700.000.
 Estudios de Diagnóstico por Imagen y Análisis laboratoriales. Según Detalle.
 Honorarios Visita Médico de Cabecera (clínico-medicina familiar). Hasta 6 x año/Benef.
Derecho Quirófano 100 %. Honorarios Médicos 40 %
 Cirugías Convencionales. Hasta 1 cir. Año/Benef. Casos Quirúrgicos - 30 días.
  – Cirugía General.
  – Cirugía Ginecológica.
  – Cirugía Mastología.
  – Cirugía Otorrinolaringológica.
  – Cirugía Traumatológica.
  – Cirugía Urológica.
 Cirugías Artroscópica.
 Cirugías Gastroenterológicas.
 Cirugías Videolaparoscópicas.
Servicio de Ambulancia-Según Detalle
 Consultas médicas domiciliarias diurnas y nocturnas adultos. Ilimitada. Inmediata.
 Emergencias/Urgencias domiciliarias.
 Traslados en unidades de terapia derivados de Urgencia y Emergencia.
 Uso de equipos de terapia y oxígenos en traslados.
 Medicamentos y descartables utilizados en la atenciones de emergencia.

ANEXO 2

Análisis laboratoriales

PREVIA AUTORIZACIÓN DE AUDITORÍA MÉDICA

Cantidad: Cuarenta análisis por año de la lista de 160

Inmediata

– Ácido úrico.

– Ácido úrico (O).

– Albumina en suero.

– Albúmina en LCR.

– Albuminuria (en orina).

– Amilasa.

– Amilasa (O).

– Antígenos febriles.

– Amilasuria (orina espontanea).

– Artritest (factor reumatoideo).

– Asto.

– Azucares reductores (H).

– Azucares reductores (O).

– Beta Hcg cualitativo.

– Bilirrubina directa.

– Bilirrubina directa (RN).

– Bilirrubina indirecta.

– Bilirrubina indirecta (RN).

– Bilirrubina total.

– Bilirrubina total (RN).

– Ck Mb.

– Ck total.

– C3.

– C4.

– Calcio.

– Calcio (O).

– Calcio iónico.

– Células LE.

– Clearance de creatinina.

– Clearance de urea.

– Cloruros.

– Cloruros (Lcr).

– Cloruros (O).

– Coagulograma.

– Colesterol total.

– Coloración de Giemsa.

– Coloración de Gram.

– Coloración de Kinyoun.

– Coombs directo.

– Coombs indirecto.

– Coprocultivo.

– Creatinina (O).

– Creatinina.

– Crioglobulinas.

– Cuerpos cetónicos.

– Cuerpos cetónicos (O).

– Cultivo en aerobiosis.

– Cultivo en baar.

– Cultivo en agar sabouraud.

– Cultivo hongos.

– Curva de la glucosa tres horas.

– Curva de la glucosa cuatro horas.

– Curva de la glucosa cinco horas.

– Curva de la glucosa para embarazadas.

– Electrolitos (O).

– Electrolitos (Na, K, Cl).

– Electrolitos en LCR.

– Eritroblastos.

– Eritrosedimentación. (VSG).

– Fibrinogeno.

– Fibrinolisis.

– Formula leucocitaria.

– Fosfatasa acida prostática.

– Fosfatasa acida total.

– Fosfatasa alcalina.

– Fosforo.

– Fosforo (O).

– Frotis.

– Frotis baar.

– Frotis de sangre periférica.

– Gamma GT.

– Gases arteriales.

– Gasometría venosa.

– Gentamicina.

– Globulinas.

– Glóbulos blancos.

– Glóbulos rojos.

– Glucosa.

– Glucosa (O).

– Glucosa post carga (75 mg).

– GOT (AST).

– Glucosa post. Carga (100 mg).

– Gota gruesa.

– GPT (ALT).

– Heces Benedict.

– Heces Frotis.

– Heces microscopia funcional.

– Heces seriado.

– Hematocrito.

– Hemocultivo aerobiosis M2.

– Hemocultivo aerobiosis M3.

– Hemocultivo aerobiosis M4.

– Hemocultivo en aerobiosis.

– Hemoglobina.

– Hemograma.

– Hemoparásitos gota gruesa.

– Hongos cultivo.

– Hemoparásitos observación directa.

– INR.

– Lavado gástrico parásitos.

– LCR – Cultivo y antibiograma.

– LCR Citoquímico.

– LDH.

– LDH en LCR.

– Lipasa.

– Lípidos totales.

– Liq. articular citoquímico.

– Liq. pleural citoquímico.

– Liq. gastroduodenal parásitos.

– Liq. (otros) citoquímico.

– Magnesio.

– Magnesio (orina).

– Monotes.

– Neutrofilos segmentados.

– Orina rutina.

– Orina sondeada.

– Orina cultivo y antibiograma.

– Otras secreciones (M2).

– Otras secreciones (M3).

– Otras secreciones (M4).

– Otros líquidos bacteriol.

– Oxiuriusmet: Graham.

– Paul Bunnell-Davidsohn.

– PCR.

– PH en sangre.

– PH en heces.

– PH en orina.

– Plaquetas.

– Potasio.

– Proteínas de Bence-Jones (O).

– Potasio (O).

– Proteínas totales (O).

– Proteínas relación A/G.

– Prueba del lazo.

– Reacción de Huddleson.

– Reacción de Widal.

– Reacción de Waaler Rosse.

– Reiculocitos.

– Retracción del coágulo.

– Sangre oculta.

– SEC. Vaginal Frotis.

– Sodio.

– Sodio (orina).

– T3 (2 por Benef.).

– T4 (2 por Benef.).

– Test de O´Sullivan.

– Tiempo de coagulación.

– Tiempo de sangría.

– Tipificación.

– TP.

– Triglicéridos.

– TSH (2 por Benef.).

– TTPA.

– Urea.

– Urea (O).

– Urobilina-urobilinogeno.

– VDRL.

– VDRL (LCR).

– VDRL cuantitativo.

– Virocitos.

– Waler Rose.

ANEXO 3

Radiografías simples

PREVIA AUTORIZACIÓN DE AUDITORÍA MÉDICA

Todas las posiciones

Cantidad: Diez posiciones por Benef. Carencia: Inmediata

Abdomen simple. Clavícula. Hombro. Orbita.
Antebrazo. Codo. Húmero. Pelvis.
Apéndice. Columna cervical. Hueso de la nariz. Pie.
Árbol urinario simple (sin contraste). Columna dorsal o lumbar. Manos. Pierna.
Brazo. Columna lumbar. Mastoides. Rodilla.
Cadera. Costilla. Mandíbula. Sacro-Coxis.
Calcáneo. Cráneo. Muñeca. Sacroiliaca.
Cara. Dedo. Muslo. Tobillo.
Cavum. Fémur. Fémur. Tórax.

ANEXO 4

Ecografías

Previa autorización de auditoría médica

Cantidad: Del listado hasta dos por Benef. Carencia: Inmediata

Ecografía de Abdominal Completa. Ecografía Prostática Convencional. Ecografía Ginecológica. Ecografía de Caderas.
Ecografía Partes Blandas. Ecografía Renal. Ecografía Testicular. Ecografía músculo-tendinosa.
Ecografía Mamaria. Ecografía de Tórax. Ecografía de Vesícula. Ecografía Vesical.
Ecografía Tiroidea. Ecografía de Hígado. Ecografía Pelvis. Ecografía con Equipo Doppler.
Ecografía de Bazo. Ecografía Transvaginal. Ecografía de Píloro.  

ANEXO 5

Estudios de diagnostico

Previa autorización de auditoría médica

Carencia: Inmediata

Audiometría. (1 por año por Benef.).
Toma y Lectura de Papanicolaou + Colposcopia. (1 por año por Benef.).
Electrocardiograma. (2 por año por Benef.)/Ilimitado en la Clínica Familiar EBSA.
Mamografía unilateral o bilateral. (1 por año por Benef.).

Del siguiente listado un estudio por beneficiario, previa autorización de auditoría médica. Carencia: Inmediata.

– TAC Abdomen.

– TAC Columna cervical con Reconstrucción.

– TAC Columna dorsal con Reconstrucción.

– TAC Columna lumbar con Reconstrucción.

– TAC Tórax.

– TAC Cráneo simple.

– TAC Pelvis.

– TAC senos paranasales.

– TAC de miembros.

– TAC Articulación Temporo Maxilar (ATM) Boca cerrada.

– TAC Articulación Témporo Maxilar (ATM) Boca abierta y cerrada.

– Ecocardiografía Doppler Color.

– Ergometría.

– Endoscopia Digestiva Alta (no incluye anestesiología).

– Endoscopia Digestiva Baja-Colonoscopia (no incluye anestesiología).

En caso de que la condición médica del paciente requiera internación para realizar los procedimientos mencionados se cubrirá a solicitud escrita del médico tratante (conforme a la disponibilidad de días de pensión, anexo 1).

No incluye anestesiología.

ANEXO 6

Fisioterapia

Previa autorización de auditoría médica

Cantidad: Hasta quince sesiones. Carencia: Inmediata

Masaje manual (excluido equipos).

ANEXO 7

Cobertura odontológica

La cobertura odontológica es ambulatoria y por puntos, que se distribuyen de acuerdo a la necesidad del beneficiario requiriendo los servicios las cantidades que se encuentran entre paréntesis.

Disponibilidad por puntos: 25

Procedimiento Puntos requeridos
Consulta normal. (2)
Exodoncia normal. (3)
Profilaxis y flúor. (3)
Obturación con luz halógena. (4)
Sellador de fosas y fisuras. (3)
Prótesis en consultorio. (3)
Consulta + acto mínimo. (3)
Exodoncia 3.er molar normal. (5)
Amalgama. (3)
Endodoncia temporario. (4)
Radiografía simple. (2)
Reconstrucción con luz halógena. (5)

Observación: Las diferencias por los materiales de consultorio quedan a cargo del paciente.

ANEXO 8

Procedimientos menores

Previa autorización de auditoría médica

Cantidad: Tres procedimientos por año/Benef. del siguiente listado. Carencia: Treinta días

Son actos que se realizan en consultorio y de corta duración (quince-treinta minutos), bajo anestesia local cuando así lo requiera.

Traumatología:

– Tratamiento de fracturas sin desplazamiento.

– Tratamiento de fracturas con desplazamiento.

– Cambio de enyesado (no incluye yeso).

– Colocación de férula temporal (no incluye férula).

Otorrinolaringología:

– Lavado de oído.

– Cauterización en nariz.

– Extracción de cuerpo extraño de oído.

– Extracción de cuerpo extraño en fosas nasales.

– Taponamiento nasal anterior, posterior o bilateral.

Urología (ilimitado):

– Cateterismo vesical.

Intervenciones en la piel o los huesos:

– Intervenciones en piel, celular subcutáneo, mucosa, ganglios.

– Biopsia de piel.

– Excisión local de tejidos, drenajes, extirpación de cuerpo extraño.

– Uña encarnada.

– Electrocoagulación, suturas.

– Punciones o infiltraciones.

– Shaving, electrocoagulación o curetaje.

– Crioterapia lesión benigna.

Proctología:

– Anoscopía.

– Toma de biopsia o pólipos.

– Drenaje de Trombosis.

– Drenaje de obsesos ano rectales pequeños.

– Ligadura elástica hemorroides.

Oftalmología:

– Blefarotomía (abscesos, orzuelo, chalazión).

– Drenaje saco o glándula lagrimal (absceso).

– Extracción de cuerpo extraño conjuntiva.

– Extracción de cuerpo extraño córnea.

Cirugía plástica reparadora (sólo derechos en emergencias. No incluye honorarios médicos):

– Herida cortante siempre menos de 5 cm.

– Herida cortante en cara sin pérdida de sustancia más de 5 cm y 10 cm.

– Herida cortante con pérdida de sustancia. Sutura simple reconstrucción simple.

Intervenciones en la piel o los huesos (sin cobertura):

– Extirpación por cierre.

– Extirpación por colgajos.

– Extirpación por injerto.

– Cirugía con radiofrecuencia.

– Peeling químico.

– Crioterapia por epiteliomas y melanomas.

ANEXO 9

Procedimientos quirúrgicos

COBERTURA DE DERECHO OPERATORIO 100 % Y HONORARIOS MÉDICOS 40 %

Previa autorización de auditoría médica

Cantidad: Un procedimiento por año/Benef. del siguiente listado. Carencia: 30 días

Cirugía convencional:

Apéndicectomia (apendicitis aguda o crónica).

Colecistectomía.

Peritonitis apendicular.

Tiroidectomía unilateral: Lobectomía, resección de tracto tiroideo.

Tiroidectomía subtotal bilateral.

Tiroidectomía subtotal bilateral con extirpación de quiste tirogloso.

Tiroidectomía completa o total.

Biopsia de Tiroides.

Paratiroidectomía

Laparotomía y reapertura de laparotomía reciente (para exploración, extracción de hematoma, control de hemorragia supuraciones) único procedimiento.

Incisión y extracción de cuerpo extraño en pared abdominal.

Peritoneo peritoneocentesis abdominal diagnostica o terapéutica.

Escisión de lesión de pared abdominal.

Hernioplastia inguinal unilateral crural.

Hernioplastia inguinal bilateral crural.

Hernioplastia umbilical.

Sutura de pared abdominal (herida, traumatismo, musculo y facial).

Tratamiento de la eventración (con o sin malla protésica) en caso de consecuencia por cirugías cubiertas.

Liberación de adherencias de intestinos, enterolisis.

Incisión y drenaje de absceso perianal.

Cirugías ginecológicas convencionales:

Histerectomía supra cervical parcial o subtotal, vías abdominal o vaginal.

Histerectomía fúndica.

Pan-Histerectomía vía abdominal o vaginal.

Resección cuneiforme unilateral de ovario o extracción de ovario.

Resección cuneiforme bilateral de ovario o extirpación bilateral de ovario.

Salpingectomía (embarazo ectópico) salpingoforectomía.

Episiotomía. Inmenotomía. Incisión y drenaje de vulva, glándula de bartolino, o glándula de skene.

Raspado uterino total (biópsico).

Biopsia de cuello, lineal del endometrio.

Conización de cuello.

Histerorafia, sutura del útero.

Cirugías mastológica convencional:

Biopsia de mama con o sin marcado pre operatorio mastectomía con drenaje (absceso).

Excisión local de lesión de mama (quiste, fibroadenoma o tejido mamario aberrante).

Cirugía otorrinolaringológica convencional:

Amigdalectomía. Amigdalo-Adenoidectomía.

Cauterización de nariz por epistaxis y cornetes.

Cirugía urológica convencional:

Prostactectomía transvesical o retropúbica.

Prostatectomía radical (vía abierta).

RTU de próstata (no incluye equipo).

Drenaje transuretral de la próstata (no incluye equipo).

Biopsia de próstata transrectal (no incluye equipo).

Cirugías traumatológicas:

Reparación de huesos (osteoplastia, alargamiento, acortamiento, injerto de hueso).

Miembro superior: Clavícula, húmero, cubito, rata, metacarpianos, falanges.

Miembro inferior: Fémur, tibia, peroné, calcáneo, metacarpianos, falanges.

Manipulación de Fracturas sin desplazamiento Miembro superior: Fractura de escapula, humero, clavícula, cubito, radio, metacarpianos, falanges.

Miembro inferior: Fractura de pelvis, fémur, rotulas, tibia, peroné, huesos del tarso, falanges, metacarpianos.

Manipulación de fracturas no quirúrgicas con desplazamiento.

Cara: Fractura en hueso de la cara, propios de la nariz.

Tórax: Fractura de costillas y/o cartílagos costales, esternón.

Miembro superior: Fractura de escapula, clavícula, supracondilea, cubito, radio, falanges, metacarpianos.

Miembro inferior: Fractura de pelvis, disyunción pelviana, fractura acetábulo, fémur, luxación intrapélvica.

Cirugías de Fracturas (osteosíntesis) incluye aplicación de yeso (no incluye el material de yeso) Cara: Fractura en hueso de la cara, propios de la nariz.

Tórax: Fractura de costillas y/o cartílagos costales, esternón.

Miembro superior: Fractura de escapula, clavícula, supracondilea, cubito, radio, falanges, metacarpianos.

Miembro inferior: Fractura de pelvis, disyunción pelviana, fractura acetábulo, fémur, luxacionintrapélvica.

Introducción en huesos y articulaciones. Tracciones y artrocentosis.

Aplicación de tracción continua: cefálica, miembro superior e inferior.

Artrocentesis, diagnostica.

Artrotomía (con exploración, drenaje, extracción de cuerpo extraño u osteocartilagenoso).

Temporo maxilar, raquis, sacro ilíaco, sacrocoxigea.

Miembro superior: Esterno-clavicular, acromio-clavicular, escápulo torácica, escápulo humeral, codo.

Miembro inferior: Coxofemoral-cadera, rodilla, tobillo, articulaciones del tarso, metatarso y falángica.

Artroplastias (por accidentes).

Miembro superior: Externo clavicular, acrónimo clavicular, escapulo torácico, humeral, codo, muñeca.

Miembro Inferior: Coxofemoral-cadera, rodilla, tobillo, articulaciones del tarso, metatarso.

Sutura de capsulas o ligamento articulares y operaciones en bolsas serosas.

Sutura en articulación temporomaxilar, esterno clavicular, muñeca escapulo humeral.

Luxación - Tratamiento Incruento.

Externo clavicular, acromio clavicular, hombro, codo, radio cubital inferior o superior, mano.

Luxación Tratamiento cruento.

Externo clavicular, acromio clavicular, hombro, codo, radio cubital inferior o superior, cadera.

Operaciones en tendones, vainas tendinosas y facia.

Incisión en cuello, hombro, codo, cadera, mulo, rodilla, antebrazo, mano, tobillo.

Operaciones en las extremidades-amputación y desarticulación (por accidentes).

Hombro, brazo, antebrazo, mano, dedos, cadera interileo abdominal, pierna, muslo.

Artroscopía de rodilla: Artroscopía diagnostica, sutura meniscal, meniscectomia, desbridamiento articular.

Cirugías gastroenterológicas: Polipectomía alta o baja.

Cirugía vídeo laparoscópica:

Apéndicetomía.

Colecistectomía sin colangiografía.

Laparoscopia exploradora (diagnostica).

Laparoscopia para liberación de bridas.

Beneficiario/a La Empresa

Todos los servicios no especificados gozan de un Arancel Preferencial otorgado por el Centro Médico Bautista

ANEXO

Instituciones en convenios

Referencias de cobertura por centros:

A. Cobertura en consultas.

B. Cobertura en estudios y/o laboratorios.

C. Cobertura en internación y cirugías.

Ciudad de Asunción
Instituciones Referencias Dirección
Centro Médico Bautista. ABC Avda. República Argentina y Campos Cervera (021) 688 9000.
EBSA Clínica Familiar. A Andrés Campos Cervera 5332. (021) 688 9723/(0994) 282 386.
Sanatorio Americano. ABC Av. España C/ Padre Pucheau. (021) 200 226 / (021) 210 258.
Sanatorio Adventista. ABC Av. Pettirossi 380 esq. Paí Perez. (021) 219 6000.
Hispamed. A Bernardino Caballero 594 e/ Azara. (0981) 193 274/(0971) 515 437.
Sanatorio San Lucas. ABC Av. Eusebio Ayala 2402 C/ Inocencio Lezcano. (021) 729 1600.
RAPIDOC-Casa Matriz. AB Avda. Sacramento n.º 3205 casi Avda. 1.er Ptde. (021) 729 3030.
Laboratorio Díaz Gill. B Eligio Ayala 1384, Asunción. (021) 271 4000.
Laboratorio CBC. B Parapiti esquina Avda. Rodriguez de Francia, Asunción. (021) 447 878.
Centro Oftamologico. AB Av. Brasilia 1155, Asunción. (021) 296 385.
Laboratorio Meyer Lab. B Casa Central, Cnel. Irrazábal 310 esq. Mcal. Estigarribia. (021) 208 080.
Laboratorio Horvath. B Avenida Aviadores del Chaco 2530, Asunción. (0981) 577 626.
Centro Auditivo. B Azara Nro. 1745 casi Rca. Francesa, Asunción. (021) 200 621.
Medvital - Estudios. B Avda. Mcal López. Shopping Pinedo, Local 116, Asunción. (021) 324 9105/(0982) 515 018.
IMAGIX. B Curupayty 651 entre Herrera y Azara, Asunción (021) 412 2000.
Instituto Radiológico Calvo. B Avda. Mcal. López 1037 esq. Juan Manuel Frutos Pane, (021) 206 967.
Clínica Guggiari. B Rca. Dominicana 1002 esq. Amistad n.º 1435(021) 223 136.
IRIBAS. B Avda. Mcal. López entre Curupayty y Pa'i Pérez. (021) 225 145.
Ciudad de Lambaré
Instituciones Referencias Dirección
RAPIDOC-Express Lambaré Cacique. AB Avda. Cacique Lambaré casi Vencederos del Chaco. (021) 729 3030.
Ciudad de Fernando de la Mora
Instituciones Referencias Dirección
Centro de Especialidades Pediátricas. A Calle Pa’i Marcos n.º 2784 C/ Lapacho. (0985) 250 070.
Centro Mater. AB Pa’i Marcos N.º 2784 C/ Lapacho. (0985) 599 100.
Centro de Diagnóstico Diax. B Primera Junta Municipal n.º 220. (021) 510 035/(0981) 699 069.
Ciudad de Mariano Roque Alonso
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio Libertad. ABC Ruta Transchaco km. 15. (021) 755 562.
Centro Mater. AB Pa’i Marcos n.º 2784 c/ Lapacho. (0985) 599 100.
Ciudad de Limpio
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio Fernández. ABC Ruta III Gral. Aquino n.º 146 y Gral. Díaz. (021) 780 246.
Ciudad de Luque
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio Internacional. ABC 14 de Mayo n.º 75 C/ Carlos A. Lopez. (021) 642 010/(021) 645 114.
Clínica Althea. AB Rosario n.º 624 e/ Mcal. Estigarribia y Maestro Félix. (021) 642 748.
Laboratorio Novel Lab. B Dora G. de Acuña Esq. Manuel Ortiz Guerrero, Luque. (021) 655 079.
Clínica San Martín de Porres. AB Mons. Pantaleón Garcia n.º 182. (021) 647 162 / (0972) 645 227.
Policlínica María Paz. AB Sauce n.º 573 entre San Martín y Simón Bolivar. (021) 644 466.
BIOLAQ. B Valeriano Zeballos,entre Independencia Nacional y Tte., Rojas Silva, Luque. (021) 644 712.
Centro Médico Juan Pablo II. AB Teniente Rivas n.º 536, Luque. (0983) 882 088.
Ciudad de San Lorenzo
Instituciones Referencias Dirección
Hospital Universitario San Lorenzo. ABC Mcal. Estigarribia-Ruta 2 Km 15. (021) 598 2000.
Clínica CentroMed. A España 874 e/ Tte. Benitez y 10 de Agosto. (021) 583 515/(0984) 888 120.
CEIME. AB San Lorenzo-Saturios y Coronel Bogado. (021) 584 652/(0991) 749 999.
Centro Médico Domingo Savio. ABC Avda. Juan Leopardi y Ita Ybate. (021) 729 5800.
Medvital. AB Avda. Mcal López. Shopping Pinedo, Local 116. (021) 324 9105/(0982) 151 018.
MedCheck. AB San Lorenzo 808 e/ Saturio Rios. (021) 570 284.
Clínica San Jorge. AB Teniente Rivas n.º 536, Luque. (0983) 882 088.
Laboratorio Díaz Gil. B Av. Mariscal López, San Lorenzo. (021) 217 4000.
Laboratorio Brunelli (Casa Matriz). B Av. Defensores del Chaco 415, San Lorenzo (021) 580 580.
Centro Médico Mónaco. AB Sacramento esq Liberacion 1244. (0971) 540 783.
Sanatorio del Sur. ABC Ruta 1. km 14 1/2, San Lorenzo. (0985) 186 192.
Sanatorio Santo Domingo. ABC Ruta Mcal. Estigarribia 1639 casi Defensores del Chaco, San Lorenzo. (021) 583 012.
Laboratorio Meister. B Coronel Cazal n.º 2433 casi Ingavi, Fernando de la Mora (0986) 100 039.
Ciudad de Ñemby
Instituciones Referencias Dirección
Policlinica CBC. AB Defensores del Chaco casi, Ñemby. (0974) 913 415.
Ciudad de Areguá
Instituciones Referencias Dirección
Clínica SAN AR. AB Gobernador Irala C/ Circunvalación. (021) 634 393/(0971) 646 200.
Ciudad de Villa Hayes
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio Nuestra Señora de la Victoria. ABC Boqueron & Gral. Bernardino Caballero. (0991) 977 818.
Ciudad de Cordillera
Instituciones Referencias Dirección
Centro Médico San Cayetano. ABC 25 de Noviembre 889 esq. Mcal. López Eusebio Ayala. (0514) 215 381.
Departamento Cordillera
Instituciones Referencias Dirección
Centro Médico San Cayetano. ABC 25 de Noviembre 889 esq. Mcal. López Eusebio Ayala. (0514) 215 381.
Departamento Paraguarí
Instituciones Referencias Dirección
Centro Médico Familiar San Benigno. ABC 19 de Enero y Lomas Valentina, barrio centro-Paraguarí. (0531) 432 217/(0531) 432 599 / (0983) 848 229.
Laboratorio Suárez Ramírez. B Casa Central: Lomas Valentinas esq. 19 de enero-Paraguarí. (0531) 432 769 / (0981) 965 346.
Departamento Caaguazú
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio Privado del Este. ABC Av. Dr. Juan M. Frutos, Caaguazú. (0522) 42810/(0983) 983 691.
Centro de Rehabilitación Integral Dar Vida. A Fulgencio Yegros n.º 1760 C/ Manuel Godoy Caaguazú. (0522) 404 47/(0982)719 967.
PlanMed. ABC Dr. Roberto González e/Cerro Cora y Aquidaban-Coronel Oviedo. (0521)201 509.
Hospital Luz y Vida. ABC Dr. Eulogio Estigarribia detrás del Supermercado Campo 9. Campo 9. (0528) 222 385 / (0528) 222 885.
Departamento Misiones
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio ImaGill. ABC Mariscal Estigarribia n.º 1057 esq/ Cerró Cora-Ruta 1, San Ygnacio. (0971) 333 111.
Departamento Alto Paraná
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio Internacional. ABC Av. Mcal. Estigarribia, Ciudad del Este. (0782) 232605 / (0971) 333 111.
Departamento Itapuá
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio Novamed. ABC Juan León Mallorquín, ruta sexta km 5 1/2- Barrio Santa Maria-Encarnación. (0993) 526 452.
Departamento Guairá
Instituciones Referencias Dirección
SAMIP. ABC Mcal. López esq. 14 de Mayo 5000 Villarrica del Espíritu Santo. (0541) 409 04/(0541) 420 74.
Departamento Concepción
Instituciones Referencias Dirección
Centro Médico Santa Isabel. ABC Av. Sarmiento y Cap. Braulio Lezcano - Concepción. (0331) 243 649/(0975) 352 272 / (0983) 687 623.
Departamento San Pedro
Instituciones Referencias Dirección
Sanatorio Santaní. ABC J, Libertad, San Estanislao. (0992) 208 370/371.
Hospital Tabea. ABC Av. Central, Colonia Friesland-Itacurubi del Rosario. (0318) 219 026.