Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recurso en vía administrativa y deviniendo, en consecuencia, firme en dicha vía la sanción impuesta a March Asset Management, SGIIC, SAU, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 81.o) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 94 bis 1 de la citada Ley y en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 41 del Acuerdo de 5 de marzo de 2025 del Consejo de la CNMV, sobre delegación de competencias (BOE de 12 de marzo de 2025), en relación con lo previsto en el artículo 59 del mismo acuerdo, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de fecha 5 de marzo de 2025 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a March Asset Management, SGIIC, SAU, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 81.o) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, por el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 67.3 en relación con los artículos 66 y 46.2, todos ellos de dicho texto legal y su desarrollo reglamentario, por no actuar la gestora en interés de las Instituciones de Inversión Colectivas gestionadas, pues al imponer su depositario (que forma parte de su Grupo) tarifas de liquidación superiores a la media del mercado y no someter dichas condiciones económicas a autorización o controles periódicos, habría realizado operaciones sin cumplir con las exigencias del régimen de conflictos de interés consistentes en operaciones vinculadas, generando un perjuicio económico para aquellas y sus partícipes o accionistas, multa por importe de un millón de euros (1.000.000 €).
Habiéndose renunciado por la interesada a la interposición de recurso en vía administrativa, la resolución que impone la sanción, antes citada, únicamente ha devenido firme en dicha vía, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 27 de marzo de 2025.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Carlos San Basilio Pardo.