Resolución de 28 de marzo de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de abril de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-6473|Boletín Oficial: 77|Fecha Disposición: 2025-03-28|Fecha Publicación: 2025-03-31|Órgano Emisor: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

La Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2025 y enero de 2026, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2025 y el mes de enero de 2026 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2024. Dicho calendario se publicó por Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2025 y el mes de enero de 2026.

Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 3 de abril y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Bonos del Estado a tres años al 2,40 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2028, Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 por 100, vencimiento 30 de julio de 2031, Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,00 por 100, vencimiento 30 de noviembre de 2030, con una vida residual en torno a cinco años y ocho meses y Obligaciones del Estado al 3,90 por 100, vencimiento 30 de julio de 2039, con una vida residual en torno a catorce años y cuatro meses.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECM/3/2025,

Esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de abril de 2025 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, en la Resolución de 16 de enero de 2025 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente resolución.

2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.

2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 3 de enero de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Bonos del Estado a tres años al 2,40 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2028, en la Resolución de 28 de junio de 2024, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 por 100, vencimiento 30 de julio de 2031 y en las Órdenes ETD/150/2023 y ETD/152/2023, de 21 y 22 de febrero, respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 3,90 por 100, vencimiento 30 de julio de 2039. En las Obligaciones del Estado, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,00 por 100, con vencimiento 30 de noviembre de 2030, el cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECC/509/2015 y ECC/521/2015 de 24 y 25 de marzo, respectivamente.

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo el 30 de julio de 2025 en las Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 por 100 y en las Obligaciones al 3,90 por 100 y el 30 de noviembre de 2025 en las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación. En los Bonos a tres años al 2,40 por 100 el primer cupón a pagar será el 31 de mayo de 2025, por un importe de 0,900822 por 100, según se establece en la Resolución de 3 de enero.

2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en los Bonos a tres años al 2,40 por 100 y en las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

3. Las subastas tendrán lugar el próximo 3 de abril de 2025, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además en el caso de las Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, es el 0,55 por 100 en los Bonos a tres años al 2,40 por 100, el 0,35 por 100 en las Obligaciones al 1,00 por 100 indexadas a la inflación, el 2,14 por 100 en las Obligaciones a siete años al 3,10 por 100 y el 2,69 por 100 en las Obligaciones al 3,90 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden ECC/509/2015, es el 1,25817.

4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 8 de abril de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquellas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.

Madrid, 28 de marzo de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años al 2,40 %, vto. 31 de mayo de 2028

(Subasta del día 3 de abril)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

98,75 2,822
98,80 2,805
98,85 2,788
98,90 2,771
98,95 2,754
99,00 2,738
99,05 2,721
99,10 2,704
99,15 2,687
99,20 2,670
99,25 2,653
99,30 2,636
99,35 2,619
99,40 2,603
99,45 2,586
99,50 2,569
99,55 2,552
99,60 2,535
99,65 2,518
99,70 2,502
99,75 2,485
99,80 2,468
99,85 2,451
99,90 2,435
99,95 2,418
100,00 2,401
100,05 2,385
100,10 2,368
100,15 2,351
100,20 2,335
100,25 2,318
100,30 2,301
100,35 2,285
100,40 2,268
100,45 2,251
100,50 2,235
100,55 2,218
100,60 2,202
100,65 2,185
100,70 2,169
100,75 2,152
100,80 2,136
100,85 2,119
100,90 2,103
100,95 2,086
101,00 2,070
101,05 2,053
101,10 2,037
101,15 2,020
101,20 2,004
101,25 1,987

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado €i al 1,00 %, vto. 30 de noviembre de 2030

(Subasta del día 3 de abril)

Precio

Ex-cupón

Ex-inflación

Rendimiento bruto*

Porcentaje

100,00 0,999
100,05 0,990
100,10 0,981
100,15 0,972
100,20 0,963
100,25 0,954
100,30 0,945
100,35 0,936
100,40 0,927
100,45 0,917
100,50 0,908
100,55 0,899
100,60 0,890
100,65 0,881
100,70 0,872
100,75 0,863
100,80 0,854
100,85 0,845
100,90 0,836
100,95 0,827
101,00 0,818
101,05 0,809
101,10 0,800
101,15 0,791
101,20 0,782
101,25 0,773
101,30 0,764
101,35 0,755
101,40 0,746
101,45 0,737
101,50 0,728
101,55 0,719
101,60 0,710
101,65 0,701
101,70 0,692
101,75 0,683
101,80 0,674
101,85 0,665
101,90 0,656
101,95 0,647
102,00 0,638
102,05 0,629
102,10 0,620
102,15 0,611
102,20 0,602
102,25 0,594
102,30 0,585
102,35 0,576
102,40 0,567
102,45 0,558
102,50 0,549
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a siete años al 3,10 %, vto. 30 de julio de 2031

(Subasta del día 3 de abril)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

100,00 3,098
100,05 3,089
100,10 3,081
100,15 3,072
100,20 3,063
100,25 3,054
100,30 3,045
100,35 3,037
100,40 3,028
100,45 3,019
100,50 3,010
100,55 3,001
100,60 2,993
100,65 2,984
100,70 2,975
100,75 2,966
100,80 2,957
100,85 2,949
100,90 2,940
100,95 2,931
101,00 2,923
101,05 2,914
101,10 2,905
101,15 2,896
101,20 2,888
101,25 2,879
101,30 2,870
101,35 2,862
101,40 2,853
101,45 2,844
101,50 2,835
101,55 2,827
101,60 2,818
101,65 2,809
101,70 2,801
101,75 2,792
101,80 2,783
101,85 2,775
101,90 2,766
101,95 2,758
102,00 2,749
102,05 2,740
102,10 2,732
102,15 2,723
102,20 2,714
102,25 2,706
102,30 2,697
102,35 2,689
102,40 2,680
102,45 2,671
102,50 2,663

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado al 3,90 %, vto. 30 de julio de 2039

(Subasta del día 3 de abril)

Precio

Ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

101,00 3,806
101,05 3,801
101,10 3,797
101,15 3,792
101,20 3,788
101,25 3,783
101,30 3,778
101,35 3,774
101,40 3,769
101,45 3,765
101,50 3,760
101,55 3,756
101,60 3,751
101,65 3,747
101,70 3,742
101,75 3,738
101,80 3,733
101,85 3,729
101,90 3,724
101,95 3,720
102,00 3,715
102,05 3,710
102,10 3,706
102,15 3,701
102,20 3,697
102,25 3,692
102,30 3,688
102,35 3,684
102,40 3,679
102,45 3,675
102,50 3,670
102,55 3,666
102,60 3,661
102,65 3,657
102,70 3,652
102,75 3,648
102,80 3,643
102,85 3,639
102,90 3,634
102,95 3,630
103,00 3,625
103,05 3,621
103,10 3,616
103,15 3,612
103,20 3,608
103,25 3,603
103,30 3,599
103,35 3,594
103,40 3,590
103,45 3,585
103,50 3,581

(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.