Visto el texto del Acta de la Comisión paritaria del Convenio colectivo de la empresa T-Systems ITC Iberia SAU (código de convenio n.º 90103362012019), que fue publicado en el BOE de 12 de noviembre de 2024, en la que se actualizan las tablas salariales para 2025, y que ha sido suscrita en fecha 4 de febrero de 2025, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713 /2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de marzo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DE APLICACIÓN, INTERPRETACIÓN Y VIGILANCIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE T-SYSTEMS ITC IBERIA SAU
En Barcelona, siendo las 14:00 del 4 de febrero de 2025
REUNIDOS POR VIDEO LLAMADA
De una parte, en nombre y representación de T-Systems ITC Iberia SAU (en lo sucesivo, Empresa) Montse Puerto Sánchez, Ricard Mena Pujol, Alexia Puig Pelegrín, Laura López Dumont, Sandra Peguero Rodríguez y Victoria de Bru de Sala Almirall.
De otra parte, las secciones sindicales de CCOO y UGT, actuando en calidad de representantes legales de los trabajadores adscritos a la Empresa (en lo sucesivo, Parte Social), y concretamente:
– Por parte de CCOO: Carlos Soriano Ibáñez, Juan Carlos Portaz Galindo, Manel González Pérez y José Carlos Hernández López.
– Por parte de UGT: Jordi Albert López y David Escrig Faure.
Al amparo del artículo 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en especial del art. 87) así como al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, las partes
MANIFIESTAN
1. Que el 22 de julio de 2024 se constituyó la Comisión de Aplicación, Interpretación y Vigilancia del actual Convenio Colectivo de Empresa (en lo sucesivo, CAIV).
2. Que, en cumplimiento de las previsiones establecidas en el Convenio Colectivo de T-Systems (en lo sucesivo, Convenio) en cuanto a las competencias de la CAIV, sus miembros celebran reunión para tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA
1. Antecedentes.
2. Actualización de las tablas del Convenio para 2025.
3. Autorización a la Presidenta de la CAIV.
ACUERDOS
Preliminar. Antecedentes.
1. El 29 de enero de 2025 la CAIV se reunió para actualizar las tablas del Convenio para 2025.
2. Con posterioridad se ha sabido que el Salario Mínimo Interprofesional (en lo sucesivo, SMI) para 2025 es de 16.576 euros anuales brutos (1.184 € x 14 pagas).
3. Así las cosas, la CAIV debe actualizar de nuevo las tablas de referencia según lo que se indica a continuación.
Primero. Actualización de las tablas del Convenio para 2025.
4. Según el INE, el IPC interanual de diciembre de 2024 se situó en un 2,8 %.
5. En consecuencia, de conformidad con el artículo 45.1 del Convenio, la Empresa debe aplicar un incremento salarial fijo del 3 % por lo que se deben actualizar todas las tablas de dicho Convenio.
6. Adicionalmente, y según se ha mencionado, el SMI para 2025, es de 16.576 euros anuales brutos.
7. Dicho lo anterior, de conformidad con el artículo 10 del Convenio, la actualización de las tablas es una función que corresponde a la CAIV.
8. Así las cosas, la CAIV acuerda actualizar las tablas del Convenio para 2025 según se indica a continuación.
ANEXO I
Tablas salario base convenio
Tablas salariales de 2025 a fecha 1 de enero
Grupo profesional G1 – Operarios y actividades auxiliares
Función |
Salario grupo – Euros |
Salario función/Nivel 1 – Euros |
Salario función/Nivel 2 – Euros |
Salario función/Nivel 3 – Euros |
---|---|---|---|---|
Auxiliar. | 12.429,46 | 4.146,54 | ||
Operaciones Help Desk. | 12.429,46 | 4.971,78 | 7.457,68 | |
Personal Técnico de Software. | 12.429,46 | 6.463,32 | ||
Operaciones. | 12.429,46 | 6.836,20 | 9.322,10 | 12.429,46 |
Grupo profesional G2 – Técnicos C
Función |
Salario grupo – Euros |
Salario función/Nivel 1 – Euros |
Salario función/Nivel 2 – Euros |
Salario función/Nivel 3 – Euros |
---|---|---|---|---|
Personal Técnico de Servicio. | 14.915,35 | 3.107,37 | 6.214,73 | |
Personal Técnico Administrativo. | 14.915,35 | 5.593,26 | 8.700,62 | |
Personal Técnico de Help Desk. | 14.915,35 | 3.728,84 | 6.214,73 | 8.700,62 |
Asistencia de Dirección. | 14.915,35 | 6.836,20 | 11.186,52 | |
Especialista de Software. | 14.915,35 | 4.723,20 | 7.581,97 | 12.180,87 |
Personal Técnico de Soporte. | 14.915,35 | 7.457,68 | 11.186,52 | |
Personal Técnico de Explotación. | 14.915,35 | 6.836,20 | 11.186,52 | 14.915,35 |
Grupo profesional G3 – Técnicos B
Función |
Salario grupo – Euros |
Salario función/Nivel 1 – Euros |
Salario función/Nivel 2 – Euros |
Salario función/Nivel 3 – Euros |
---|---|---|---|---|
Administración de Sistemas. | 19.887,14 | 1.864,42 | 6.214,73 | 9.943,57 |
Gestión de proyectos. | 19.887,14 | 2.485,89 | 6.214,73 | 11.186,52 |
Especialista en Gestión. | 19.887,14 | 6.214,73 | 11.186,52 | |
Consultaría/PersonalTécnico de Producto. | 19.887,1 | 2.485,89 | 7.457,68 | 12.429,46 |
Personal Técnico de preventa. | 19.887,14 | 8.700,62 | 12.429,46 | |
Analista de Software. | 19.887,14 | 3.480,25 | 7.209,09 | 10.937,93 |
Personal Técnico de Sistemas / Comunicación. | 19.887,14 | 3.728,84 | 9.943,57 | 17.401,25 |
Analista Funcional. | 19.887,14 | 9.943,57 | 14.915,35 | 19.887,14 |
Analista Orgánico. | 19.887,14 | 9.943,57 | 14.915,35 | 19.887,14 |
Grupo profesional G4 – Técnicos A
Función |
Salario grupo – Euros |
Salario función/Nivel 1 – Euros |
Salario función/Nivel 2 – Euros |
Salario función/Nivel 3 – Euros |
---|---|---|---|---|
Arquitectura de Sistemas. | 31.073,65 | 7.457,68 | 13.672,41 | 21.130,09 |
Arquitectura de Software. | 31.073,65 | 7.457,68 | 13.672,41 | 21.130,09 |
Grupo profesional G5 – Comerciales/Consultores
Función |
Salario grupo – Euros |
Salario función/Nivel 1 – Euros |
Salario función/Nivel 2 – Euros |
Salario función/Nivel 3 – Euros |
---|---|---|---|---|
Consultoría de tecnología. | 24.858,92 | 2.485,89 | 6.214,73 | 12.429,46 |
Consultoría de negocio. | 24.858,92 | 3.728,84 | 8.700,62 | 16.158,30 |
Gestión comercial. | 24.858,92 | 9.943,57 | 19.887,14 |
Grupo profesional G6 – Mandos intermedios B
Función |
Salario grupo – Euros |
Salario función/Nivel 1 – Euros |
Salario función/Nivel 2 – Euros |
Salario función/Nivel 3 – Euros |
---|---|---|---|---|
Supervisión Help Desk. | 19.887,14 | 5.593,26 | 8.700,62 | |
Responsable de Equipo. | 19.887,14 | 4.971,78 | 7.457,68 | 11.186,52 |
Responsable Función. | 19.887,14 | 13.672,41 | 21.130,09 |
Grupo profesional G7 – Mandos intermedios A
Función |
Salario grupo – Euros |
Salario función/Nivel 1 – Euros |
Salario función/Nivel 2 – Euros |
Salario función/Nivel 3 – Euros |
---|---|---|---|---|
Responsable Servicio Producción. | 31.073,65 | 4.971,78 | 11.186,52 | 17.401,25 |
Responsable Proyecto. | 31.073,65 | 4.971,78 | 11.186,52 | 17.401,25 |
Responsable Servicio Cliente. | 31.073,65 | 13.672,41 | 21.130,09 | |
Responsable de Área. | 31.073,65 | 21.130,09 | 31.073,65 |
ANEXO II
Tablas de complementos salariales
Complemento de antigüedad
2025: el valor anual del trienio es de 870,06 euros.
Segundo. Autorización a la presidenta de la CAIV.
9. Se da poder suficiente a Victoria de Bru de Sala Almirall, presidenta de la CAIV para que realice las gestiones oportunas a fin de inscribir las tablas salariales de 2025 en el Registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad para su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
Juan Carlos Portaz Galindo.–Ricard Mena Pujol.–Carlos Soriano Ibáñez.–Montse Puerto Sánchez.–Manel González Pérez.–Alexia Puig Pelegrín.–José Carlos Hernández López.–Laura López Dumont.–Jordi Albert López.–David Escrig Faure.–Sandra Peguero Rodríguez.–Victoria de Bru de Sala Almirall.