Con fecha 2 de abril de 2025 se ha suscrito Adenda de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y el Consejo General de Colegios de la Profesión Veterinaria de España, para la realización de actuaciones en materia de formación.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con las competencias conferidas por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, resuelvo:
Proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada adenda, que se incorpora como anexo a esta resolución.
Madrid, 4 de abril de 2025.–El Director General de Derechos de los Animales, José Ramón Becerra Carollo.
ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y el Consejo General de Colegios de la Profesión Veterinaria de España para la realización de actuaciones en materia de formación
REUNIDOS
De una parte, don José Ramón Becerra Carollo, Director General de Derechos de los Animales, nombrado por Real Decreto 1216/2023, de 27 de diciembre, actuando por delegación de competencias de la Secretaria de Estado de Derechos Sociales, según lo previsto en el apartado decimoquinto, subapartado 1 de la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.
Y, de otra parte, Luis Alberto Calvo Sáez, como Presidente y representante legal del Consejo General de Colegios de la Profesión Veterinaria de España, CIF Q-2871003-F, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 126/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española.
Ambos intervienen en nombre y representación de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante la presente adenda de prórroga y al efecto,
EXPONEN
Que con fecha 21 de mayo de 2024, las partes suscribieron un convenio para la realización de actuaciones en materia de formación.
Dicho convenio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 140, de fecha 10 de junio de 2024, resultó inscrito en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación con fecha 22 de mayo de 2024, con fecha de vigencia hasta el 22 de mayo de 2025.
Que, en el convenio, las partes contemplaron en su cláusula undécima, la posibilidad de prorrogar su duración por otro año adicional.
Que es voluntad de las partes proceder a la prórroga del convenio por un año.
Y, en consecuencia, las partes manifiestan su voluntad de firmar la presente adenda de prórroga del convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
A través de la presente adenda se procede a prorrogar la duración del convenio por un período de un año adicional a la vigencia del mismo.
Segunda. Eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfeccionará por la presentación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercera. Subsistencia del resto del convenio.
Se mantiene plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio en lo no estipulado en la adenda.
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presente adenda de prórroga en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante (2 de abril de 2025).–Por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (P. D. Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo), el Director General de Derechos de los Animales, José Ramón Becerra Carollo.–Por el Consejo General de Colegios de la Profesión Veterinaria de España, el Presidente, Luis Alberto Calvo Sáez.