El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Ciudad de Melilla, han suscrito, con fecha 2 de diciembre de 2024, una adenda al convenio para la creación de una escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Melilla, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 5 de diciembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.
ANEXO
Adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla para la creación de una nueva escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Melilla
De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, en virtud del Real Decreto 836/2023, de 20 de noviembre, y en uso de la competencia establecida en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra, don Juan José Imbroda Ortiz, Presidente de la Ciudad de Melilla, nombrado por Real Decreto 605/2023, de 7 de julio, en representación de la Ciudad de Melilla, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla,
EXPONEN
1. Que con fecha de 17 de noviembre de 2021 (publicado en el BOE del 26 de noviembre) se formalizó el convenio entre, el entonces denominado Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla para la construcción de una nueva escuela infantil de primer ciclo, con cargo al Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Melilla, (en adelante, el convenio).
2. Que el referido convenio prevé en su cláusula octava una vigencia hasta 31 de diciembre de 2024.
3. Que el convenio se modificó mediante una primera Adenda el 16 de diciembre de 2022 (publicada en el BOE de 27 de diciembre) al objeto de adaptar sus cláusulas a la aprobación de las Órdenes HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Toda vez que la adenda permitió un reajuste de anualidades.
4. Que el convenio se modificó mediante una segunda Adenda el 28 de diciembre de 2023 (publicada en el BOE de 11 de enero de 2024), a fin de llevar a cabo un reajuste de anualidades, habida cuenta del retraso en el inicio de las obras de construcción de la nueva escuela.
5. Que la Comisión Europea aprobó la Adenda española al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el 2 de octubre de 2023, en virtud de la cual, se permite ampliar el plazo de ejecución hasta 2025.
En consecuencia, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Gobierno de la Ciudad de Melilla suscriben esta tercera adenda al convenio, contando con los informes jurídicos preceptivos por lo que
ACUERDAN
Cláusula primera. Prórroga.
Ambas partes acuerdan proceder a la prórroga del citado convenio hasta el día 31 de diciembre de 2025, fecha en que quedará extinguido a todos los efectos.
De conformidad con el artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre (LRJSP), una vez firmada la presente adenda por ambas partes, deberá ser inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), momento en el que adquirirá eficacia. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Cláusula segunda. Reajuste de anualidades.
La cláusula tercera del convenio, en base a la redacción dada en la Adenda del 16 de diciembre de 2022, establece que en el supuesto de que la aportación comprometida para cualquiera de los ejercicios no resultase ejecutada en el mismo, se podrá modificar su aplicación a un ejercicio posterior mediante el correspondiente reajuste de anualidades.
En su virtud, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes transferirá a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Ciudad de Melilla con cargo a la aplicación presupuestaria 18.50.08.32UA.757.80, el importe de gasto no ejecutado en anualidades previas al ejercicio de 2025, a través del correspondiente reajuste:
Aplicación presupuestaria | Ejercicio |
Importe reajuste – Euros |
Importe final – Euros |
---|---|---|---|
18.50.08.32UA.757.80 | 2024 | -2.233.450,00 | 0 |
2025 | +2.233.450,00 | 2.233.450,00 |
La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, María del Pilar Alegría Continente.–El Presidente de la Ciudad de Melilla, Juan José Imbroda Ortiz.