Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto de Estadística de Extremadura, en materia estadística.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-5103|Boletín Oficial: 63|Fecha Disposición: 2025-03-07|Fecha Publicación: 2025-03-14|Órgano Emisor: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Con fecha 5 de marzo de 2025 se ha suscrito la Adenda de Prórroga al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto de Estadística de Extremadura, en materia estadística, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.

Madrid, 7 de marzo de 2025.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, EL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA Y EL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA DE EXTREMADURA, EN MATERIA ESTADÍSTICA

REUNIDOS

De una parte, don Andrés Harto Martínez, Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero, (BOE de 22 de enero), actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 1 y 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.

De otra, doña Elena Martínez Carqués, Directora del Instituto Social de la Marina, nombrada por Orden ISM/986/2021, de 7 de septiembre, del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 7.2 del Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina, y de acuerdo, con lo señalado en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y, de otra, don Guillermo Santamaría Galdón, en su condición de Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, nombrado por Decreto de la Presidenta 20/2023, de 20 de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto de la Presidenta 29/2023, de 16 de agosto, DOE núm. 164, de 25 de agosto por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital la firma de los convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con el Estado, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas, y con domicilio a efectos de notificaciones en paseo de Roma, s/n, módulo C, 2.ª planta, 06800 Mérida, y autorizado para la suscripción del presente convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 11 de febrero de 2025.

Las partes se reconocen con competencia y capacidad para la firma del presente documento,

EXPONEN

I. Que el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, el Director del Instituto Social de la Marina y el Director del IEEX firmaron el 11 de marzo de 2021 un convenio en materia estadística. Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 26 de marzo de 2021.

II. Que la cláusula sexta de dicho convenio establece una duración de cuatro años y la posibilidad de prorrogarlo por acuerdo unánime de las partes por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

III. Que el convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y por ello es de interés el dar continuidad al desarrollo del mismo.

Por todo lo anterior las partes unánimemente

ACUERDAN

Primera. Prórroga del convenio.

Se acuerda de forma unánime la prórroga del convenio por cuatro años adicionales, que tendrá efectos a partir del día 11 de marzo de 2025.

Segunda. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.

La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que sea inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, antes de la extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presenta adenda de prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martinez.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.–La Presidenta de la Junta de Extremadura, P. A., el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital (Decreto de la Presidenta 29/2023, de 16 de agosto, DOE núm. 164, de 25 de agosto), Guillermo Santamaría Galdón.