Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, en materia estadística.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-5102|Boletín Oficial: 63|Fecha Disposición: 2025-03-07|Fecha Publicación: 2025-03-14|Órgano Emisor: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Con fecha 5 de marzo de 2025 se ha suscrito la Adenda de prórroga al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, en materia estadística, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 7 de marzo de 2025.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.

ANEXO

Adenda de prórroga al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, en materia estadística

REUNIDOS

De una parte, don Andrés Harto Martínez, Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero (BOE de 22 de enero), actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 1 y 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.

De otra, doña Elena Martínez Carqués, Directora del Instituto Social de la Marina, nombrada por Orden ISM/986/2021, de 7 de septiembre, del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 7.2 del Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina, y de acuerdo, con lo señalado en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, don Manuel Ignacio Castaño Sousa, Director del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA), en virtud de nombramiento efectuado por el Decreto 318/2022, de 30 de agosto (BOJA núm. 170, de 5 de septiembre de 2022), y con capacidad suficiente para formalizar convenios, en nombre y representación del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, a tenor de lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13.c) del Decreto 372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Sistema Estadístico de Andalucía.

Las partes se reconocen con competencia y capacidad para la firma del presente documento,

EXPONEN

I. Que el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, el Director del Instituto Social de la Marina y la Directora del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía firmaron el 11 de marzo de 2021 un Convenio en materia estadística que fue inscrito en el REOICO ese mismo día. Este convenio fue posteriormente publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 26 de marzo de 2021.

II. Que la cláusula sexta de dicho convenio establece una duración de cuatro años y la posibilidad de prorrogarlo por acuerdo unánime de las partes por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

III. Que el convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y por ello es de interés el dar continuidad al desarrollo del mismo.

Por todo lo anterior las partes unánimemente

ACUERDAN

Primera. Prórroga del convenio.

Se acuerda de forma unánime la prórroga del convenio por cuatro años adicionales, que tendrá efectos a partir del día 11 de marzo de 2025.

Segunda. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.

La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará eficaz una vez que sea inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, antes de la extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En prueba de conformidad, las partes implicadas firman la presenta adenda de prórroga, en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.–La Directora del Instituto Social de la Marina, Elena Martínez Carqués.–El Director del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, Manuel Ignacio Castaño Sousa.