Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto denominado "Reformado del proyecto de ejecución de la línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito Chío - Los Olivos", expediente SE08RR157.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-38202|Boletín Oficial: 255|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-10-22|Órgano Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias

Antecedentes de hecho

Primero.- Solicitud.

Con fecha de 23 de junio de 2022, la entidad Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal (en lo sucesivo Red Eléctrica), presenta ante la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias solicitud de autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública y declaración de impacto ambiental para la construcción de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado "Reformado del Proyecto de ejecución de la línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, Chío - Los Olivos", en Tenerife, con número de visado TF34706/00 de fecha 21 de junio de 2022 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Santa Cruz de Tenerife (COIITF), asignándose el número de expediente SE08RR157.

Segundo.- Antecedentes.

Con fecha 13 de agosto de 2008 Red Eléctrica presenta ante la extinta Dirección General de Industria y Energía solicitud de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y declaración de impacto ambiental de la instalación eléctrica denominada "Línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito Guía de Isora - Los Olivos", se aporta "Estudio previo de identificación y valoración de las afecciones sobre la avifauna y los quirópteros en la zona de actuación de la línea eléctrica a 66 kV Guía de Isora-Los Olivos" con el objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, asignándose el número de expediente SE08/157.

El 21 de julio de 2010 se aporta el proyecto "Línea aérea/subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito Guía de Isora - Los Olivos", número de visado TF12649/1, de fecha 11 de mayo de 2010 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias sede Insular de Tenerife y Estudio de Impacto Ambiental y se somete al correspondiente trámite de información pública (Boletín Oficial de Canarias número 196 de 4 de octubre de 2010 y rectificación Boletín Oficial de Canarias número 205 de 18 de octubre de 2010).

Con fecha 13 de enero de 2021, el promotor presenta a trámite reformado de dicho proyecto, denominado "Reformado del proyecto de ejecución de la Línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito LAT 66 kV doble circuito Chío - Los Olivos (anteriormente denominada Guía de Isora – Los Olivos)" con número de visado 0660/20 de fecha 29 de diciembre de 2020 del Colegio de Ingenieros del ICAI, asignándose el número de expediente SE08R157.

Con fecha 18 de enero de 2021 dicho reformado y su documento de análisis ambiental fue remitido a la Viceconsejería de Medio Ambiente a los efectos de que se determinara, vistos los cambios introducidos en el mismo, si resultaba necesaria la redacción de un nuevo Estudio de Impacto Ambiental del proyecto y/o un nuevo trámite de información pública y de consultas, resultando que con fecha 30 de marzo de 2022 la Dirección General de Lucha Contra el Cambio Climático y Medio Ambiente contesta mediante oficio con registro TELP/4387/2022, en el que concluye que se debe realizar un nuevo trámite de información pública y nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Mediante escrito de 23 de junio de 2022 el promotor solicita autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y declaración de impacto ambiental para la construcción de las instalaciones contempladas mediante proyecto "Reformado del Proyecto de ejecución de la línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, Chío - Los Olivos", en Tenerife, con número de visado TF34706/00 de fecha 21 de junio de 2022 del COIITF, asignándose al nuevo procedimiento la referencia SE08RR157, el cual se resuelve en la presente resolución.

Tercero.- Descripción de las instalaciones autorizadas.

Se proyecta la construcción de una nueva línea aéreo-subterránea de transporte de energía eléctrica de doble circuito a 66 kV entre la futura subestación "Chío" y la subestación existente "Los Olivos", compuesta por dos tramos subterráneos y uno aéreo. La declaración de impacto ambiental establece en su condicionante número 1, que se considera que la alternativa a ejecutar e implantar es la 3.

Esto implicará la redacción de un nuevo proyecto con un nuevo apoyo 42, en una ubicación distinta a la inicialmente proyectada, con un trazado subterráneo desde este apoyo hasta la subestación de Los Olivos.

Por tanto, las instalaciones autorizadas en la presente resolución, tienen las siguientes características:

a) Tramo subterráneo (tramo número 1): con origen en las celdas GIS en el interior de la subestación "Chío" hasta el nuevo apoyo de transición aéreo-subterráneo T-1 proyectado.

La longitud aproximada será de 94 m de traza en planta y 118,41 m de cable por fase entre terminales de la subestación de Chío y los terminales del apoyo de transición.

b) Tramo aéreo (tramo número 2): La línea aérea discurrirá desde el nuevo apoyo T-1 de transición aéreo- subterráneo de salida de la subestación de Chío 66 kV hasta el nuevo apoyo T-41 (se instalarán un total de 41 apoyos), con una longitud aproximada de 12,09 km en planta.

Cuarto.- Información Pública.

Mediante anuncio de la Dirección General de Energía, de fecha 21 de julio de 2022, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 179 y en el Boletín Oficial de la Provincia número 90, ambos con fecha 27 de julio de 2022; en el Boletín Oficial de Canarias número 150, de 29 de julio de 2022; y en el periódico El Día La Opinión de Tenerife, de fecha 29 de julio de 2022; en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Adeje y Guía de Isora, y en la sede electrónica de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, se sometió a información pública, durante el plazo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, contados a partir del día siguiente al de su publicación, el expediente relativo a la autorización administrativa, con el fin de que cualquier persona física o jurídica pudiera consultarlo en la sede electrónica de la Consejería y en las dependencias de la Consejería de Transición Ecológica, en el edificio Usos Múltiples III del Gobierno de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, sin recibirse alegaciones.

Quinto.- Informes solicitados y respuestas recibidas.

Durante la tramitación del expediente, se ha solicitado la emisión de informe a las siguientes Administraciones, Organismos, empresas e interesados:

1) Ayuntamiento de Adeje: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

2) Ayuntamiento de Guía de Isora: con fecha 12 de septiembre de 2022 se recibe informe en el que se emite conformidad con el planeamiento urbanístico en vigor, siempre y cuando sean autorizadas por las entidades competentes. Además, el informe es favorable, como administración afectada, debiendo garantizarse el cumplimiento de las normas sobre tendidos eléctricos.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0857, de fecha 3 de octubre de 2022, el promotor toma razón de su conformidad urbanística y medio ambiental a la instalación proyectada, e informa que se solicitarán las autorizaciones pertinentes antes de iniciar las obras, que podría aplicarse el procedimiento del artículo 6-bis de la Ley 11/1997 del Sector Eléctrico canario, se ha verificado que se cumplen las normas de ordenación urbanística, en relación al informe ambiental se justifican los condicionantes en el nuevo Estudio de Impacto Ambiental de la instalación y finalmente, se ejecutará las medidas preventivas y correctoras de forma adecuada.

3) Cabildo de Tenerife:

3.1) Servicio Administrativo de Agricultura, Ganadería y Pesca y Servicio Técnico de Estructuras Agrarias: con fecha 12 de agosto de 2022 se recibe informe en el que únicamente se propone la modificación de la ubicación del apoyo T-6, para evitar afección a terrenos de cultivos.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0813, de fecha 3 de octubre de 2022, el promotor da respuesta a la propuesta sin modificación de la ubicación, citando entre otros, que el apoyo T-6 se ubica en la linde de la parcela para minimizar la afección a la misma, trasladándose con fecha 6 de octubre de 2022 al Cabildo Insular de Tenerife, Área de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Con fecha 19 de octubre de 2022 se recibe informe en el que, estudiados los argumentos planteados por el promotor, se reitera en la posibilidad de revisar la ubicación del apoyo T-6.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-1177, de fecha 19 de diciembre de 2022, el promotor detalla las razones por las que no se contempla la modificación del apoyo T6 e informa sobre la toma de contacto con el Servicio para coordinar una visita a la parcela.

3.2) Servicio Administrativo de Planificación Territorial y Proyectos Estratégicos: con fecha 28 de octubre de 2022 se recibe Decreto del Cabildo Insular de Tenerife, de fecha 26 de octubre de 2022, en el que se transcribe literalmente informe del Servicio Técnico de Planificación Territorial y Proyectos Estratégicos, en el que se concluye que deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

"1. Respecto a las Disposiciones Territoriales del PIOT:

- En relación con el submodelo de las infraestructuras básicas que condicionan la estructuración del territorio, el referenciado proyecto resulta compatible.

- En relación con el submodelo del régimen de usos e intervenciones, no se realiza consideración alguna respecto de los trazados que discurren por la ARH Urbana, ARH de Expansión Urbana y las ARH de Protección Económica, y ello a la vista de los Acuerdos Interpretativos Plenarios y la Resolución del Director Insular de Planificación del Territorio y Patrimonio Histórico.

Los tramos que discurren por ARH de Protección ambiental 1, no se observan determinaciones específicas de incompatibilidad en relación a los usos de infraestructuras de energía. Con respecto a las intervenciones de instalaciones, se prohíben con carácter general, si bien habrá que tener en cuenta lo que disponga el planeamiento de desarrollo que haya regulado el régimen de excepciones del PIOT (2.3.2.5 -4 PIOT) atendiendo a los objetivos de ordenación y a los usos permitidos y siempre que las acciones sean estrictamente necesarias y la solución sea la de menor impacto de acuerdo a la correspondiente evaluación.

En el caso del tramo aéreo que discurre por los terrenos adscritos a la ARH Ambiental 1 - Laderas, el Proyecto deberá valorar como alternativa que el tramo comprendido entre el apoyo T-36 y la subestación Los Olivos discurra fuera de los límites de esta ARH, pudiendo atravesar los terrenos contiguos adscritos a ARH de Protección Económica entroncando con los elementos lineales existentes en la zona, toda vez que implicaría un menor impacto visual, adaptando una longitud mayor de la línea a las infraestructuras viales existentes.

2. Respecto a las Disposiciones Sectoriales del PIOT:

Dentro de las alternativas propuestas en el EIA, no se ha contemplado un trazado de esta línea de primer nivel paralelo al Corredor Insular Sur o prolongación de la TF-1, de acuerdo a los artículos 3.3.3.4 (D)y 3.3.4.5-1 (D)."

Mediante escrito de referencia: DTMA/TR/22-1205, de fecha 23 de diciembre de 2022, el promotor toma razón de la compatibilidad del proyecto en cuestión con el Plan Insular de Ordenación de Tenerife (PIOT), citando además el proceso de alternativas ya estudiadas en el Estudio de Impacto Ambiental.

3.3) Servicio Administrativo de Patrimonio Histórico: con fecha 9 de marzo de 2023 se recibe informe en el que se proponen medidas de protección, incluyendo seguimiento arqueológico, precauciones para evitar daños a bienes patrimoniales durante las obras, con la identificación de los mismos, la supervisión continua y la comunicación del inicio de las obras, de hallazgos o modificaciones del proyecto.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/23-0411, de fecha 18 de abril de 2023, el promotor toma razón del mismo, y manifiesta su conformidad a las medidas adicionales citadas.

3.4) Servicio Técnico de Carreteras, Paisaje y Movilidad: con fecha 22 de diciembre de 2022 se recibe informe favorable, en el que se indica que la instalación está sujeta a la correspondiente autorización con indicación de la ubicación de los vanos y apoyos.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/23-0023, de fecha 13 de enero de 2023, el promotor informa que, con carácter previo al inicio de las obras, solicitará a ese servicio las autorizaciones oportunas.

4) Consejo Insular de Aguas de Tenerife: con fecha 8 de agosto de 2022 se recibe informe en el que se indica que se estará a lo dispuesto en el correspondiente informe y/o autorización administrativa en relación con la afección a cauces, que se tramita en el expediente 4433-ACP del Área de Recursos Hidráulicos de este Consejo Insular de Aguas. En resumen, en caso de afección a infraestructuras de titularidad privada, se debe resolver con los propietarios para garantizar la compatibilidad de las obras con la funcionalidad de la canalización. Además, si se prevén afectaciones a infraestructuras gestionadas por el Consejo Insular de Aguas, es necesario coordinar con sus servicios técnicos antes y durante las obras.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0827, de fecha 14 de septiembre de 2022, el promotor toma razón del informe y manifiesta que para la construcción de la instalación se dará cumplimiento a las condiciones establecidas en el mismo.

5) Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Canarias: con fecha 13 de septiembre de 2022 se recibe informe en el que no se consideran condicionantes adicionales al proyecto por posibles afecciones a la salud humana y se realizan observaciones a posibles mejoras.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0858, de fecha 28 de septiembre de 2022, el promotor toma razón del informe e indica que se atenderán los requerimientos trasladados.

6) Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias: con fecha 30 de agosto de 2022 se recibe informe en el que se considera se debe profundizar en el análisis de vulnerabilidad, considerarse el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil (PLATECA), analizar la vulnerabilidad económica y social y tener en cuenta los apartados de análisis y evaluación de riesgos en los planes de protección civil.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0810, de fecha 12 de septiembre de 2022, el promotor contesta a las alegaciones planteadas, trasladándose con fecha 15 de septiembre de 2022 a la Dirección General de Seguridad y Emergencias.

7) Dirección General de Infraestructura Viaria del Gobierno de Canarias: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

8) Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad del Gobierno de Canarias: con fecha 15 de marzo de 2024 se recibe informe en el que en su apartado 8 de conclusiones, en síntesis se indica que el proyecto incluirá medidas correctoras como la instalación de dispositivos anticolisión en cables para proteger a las aves, afectará a 10 especies de flora protegida (no del Listado de Especies Silvestres o el Catálogo Canario) y a hábitats de interés comunitario, aunque las medidas propuestas son adecuadas. Se identifican 52 especies de fauna protegida en el área, incluyendo 6 amenazadas (aves, reptiles e invertebrados), basándose en datos del Banco de Biodiversidad de Canarias. Se requieren medidas de mitigación en barrancos, zonas esteparias, zonas húmedas e invertebrados debido a la fauna sensible presente. También se han identificado zonas de riesgo de colisión, con recomendaciones para ampliar los dispositivos anticolisión en áreas de vuelo de rapaces y aves acuáticas. Para proteger a Pimelia canariensis (un invertebrado), se realizará una prospección antes de las obras en el tramo subterráneo. Además, se establecerá un seguimiento de aves y murciélagos durante los primeros 5 años de operación, con evaluación de medidas adicionales si es necesario.

Mediante escrito de fecha 19 de marzo de 2024, el promotor manifiesta su conformidad y aceptación de las medidas establecidas en el apartado 8 de conclusiones del citado informe, esto es:

1. La instalación de dispositivos salvapájaros en toda la línea eléctrica proyectada.

2. La realización de una prospección en el área del tramo subterráneo antes de iniciar las obras, para evaluar el posible impacto en la especie Pimelia canariensis.

3. Un seguimiento de siniestralidad de aves y murciélagos durante los primeros cinco años de funcionamiento de la línea eléctrica, conforme a las indicaciones del informe.

9) Servicio de Cambio Climático e Información Ambiental de la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

10) Servicio de Contaminación de Aguas y Suelos de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del 22 de julio de 2022, no recibiéndose contestación.

11) Servicio de Impacto Ambiental de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente: con fecha 13 de junio de 2023 se recibe informe en el que se identifican posibles riesgos para aves rapaces, aves acuáticas y especies amenazadas, se destacan medidas preventivas para minimizar el impacto sobre la fauna, especialmente las aves, y se propone un Plan de Vigilancia. También se recomienda el soterramiento de las líneas y la retirada de las líneas existentes para reducir efectos negativos acumulativos.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/23-0741, de fecha 21 de junio de 2023, el promotor contesta indicando que muchas de las deficiencias que se indican en su informe, han quedado solventadas en el Estudio de Impacto Ambiental presentado en junio del 2023, actualmente en tramitación, trasladándose con fecha 29 de junio de 2023 a la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, Servicio de Impacto Ambiental de Tenerife, junto con informe de contestación de Red Eléctrica al Servicio Administrativo de Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife.

12) Servicio Planificación Medio Natural de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del 26 de julio de 2022, no recibiéndose contestación.

13) Servicio de Prevención y Control de la Contaminación de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

14) Servicio de Residuos de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

15) Dirección General de Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Cultural: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del 22 de julio de 2022, no recibiéndose contestación.

16) Servicio Técnico de Ordenación del Suelo Rústico y Espacios Naturales Protegidos de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Aguas: con fecha 5 de agosto de 2022 se recibe informe en el que se concluye ajustar el proyecto considerando la vigencia de los instrumentos de planeamiento, incluir detalles relevantes del Plan de Gestión de la ZEC, reorganizar medidas preventivas y eliminar justificaciones no pertinentes para mejorar la evaluación ambiental y se indica la existencia de afección sobre el Barranco de Erques, clasificado como Paisaje Protegido en la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos y como Zona Especial de Conservación (ZEC) con el código ZEC ES7020070 Barranco de Erques incluida en la Red Natura 2000.

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0813, de fecha 14 de septiembre de 2022, el promotor contesta a las alegaciones planteadas, sin apreciar objeciones o condicionantes técnicos, en el ámbito de las competencias del Servicio Técnico, trasladándose con fecha 20 de septiembre de 2022 a la Dirección General de Patrimonio Cultural.

17) Edistribución Redes Digitales, Sociedad Limitada: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

18) Ministerio de Fomento – AESA: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

19) Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: con fecha 19 de agosto de 2022 se recibe informe favorable a la autorización solicitada.

Mediante escrito de fecha 30 de agosto de 2022, el promotor toma razón del informe favorable.

20) Telefónica de España: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

21) Unión Eléctrica de Canarias Generación, Sociedad Limitada Unipersonal: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 21 de julio de 2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

Sexto.- Declaración de Impacto Ambiental.

Las instalaciones objeto del proyecto de referencia cuentan con Declaración de Impacto Ambiental, otorgada mediante Acuerdo de la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental de fecha 30 de julio de 2024 (Expediente número 10/2023-0505103026), publicada en el Boletín Oficial de Canarias número 173, de 3 de septiembre de 2024.

Dicha Declaración de Impacto Ambiental tiene naturaleza de informe preceptivo y determinante y ha determinado que sí procede, a los efectos ambientales, la realización del proyecto, estableciendo las condiciones en que puede desarrollarse, las medidas correctoras y las medidas compensatorias, y en ella se incluyen, y podrán consultarse, las conclusiones sobre los efectos del proyecto sobre el medio marino, la atmósfera, el medio terrestre (suelo, subsuelo y geodiversidad), el agua (hidrología superficial y subterránea), la vegetación, la fauna, los hábitats, la Red Natura, el paisaje, impacto socioeconómico, el patrimonio cultural, los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto, los efectos acumulativos y sinérgicos.

La Declaración de Impacto Ambiental establece once condicionantes, de manera que se eviten o minimicen los posibles efectos negativos de la actuación proyectada y que ésta sea viable a los efectos ambientales, condicionantes que se detallan a continuación:

- Condicionante 1: Vistas las alternativas de trazado propuestas por el promotor y su evaluación ambiental, se considera que la alternativa a ejecutar e implantar es la 3, aquella en la que se combinan características y trazados de las alternativas 1 y 2, alcanzando esta conclusión por los motivos esbozados en el subapartado C.3.2.4. del apartado C. Análisis técnico y ambiental del expediente del presente proyecto de instalación eléctrica.

- Condicionante 2: Cualquier modificación de las características del proyecto evaluado será objeto de evaluación en virtud de lo establecido en la legislación vigente en materia de evaluación ambiental.

- Condicionante 3: Deberán adoptarse todas aquellas determinaciones y medidas protectoras, correctoras y compensatorias propuestas en el Proyecto Técnico, en el EsIA y documentación complementaria, así como los compromisos adquiridos en el marco del resultado de los trámites de información pública y de consultas a las Administraciones públicas y personas interesadas, que garanticen la viabilidad ambiental del proyecto, siempre y cuando no vayan en contra de lo dispuesto en la presente DIA.

En base a lo anterior, el promotor deberá actualizar el presupuesto del Proyecto, además de incluir el desglose de los costes del PVA.

- Condicionante 4: A fin de evitar la coexistencia de ambas líneas eléctricas aéreas soterradas -la preexistente a 66 kV circuito simple entre las SE Guía de Isora-Los Olivos y la futura objeto de esta propuesta- así como los efectos e impactos sinérgicos y acumulativos sobre las diversas variables ambientales y socioeconómicas afectadas (paisaje, avifauna y quirópteros, fragmentación territorial, etcétera), se deberá acometer el desmantelamiento inmediato de la línea eléctrica aéreo soterrada a 66 kV a circuito simple entre las subestaciones Guía de Isora-Los Olivos preexistente, una vez entre en servicio la nueva línea eléctrica aérea soterrada a 66 kV doble circuito entre las subestaciones Chío-Los Olivos.

Previo a lo anterior, se deberá presentar ante este órgano ambiental un estudio ambiental del desmantelamiento de la línea eléctrica aéreo soterrada a 66 kV a circuito simple entre las subestaciones Guía de Isora y Los Olivos, acompañado de un proyecto detallado del desmantelamiento apoyo por apoyo, con la ejecución o rehabilitación de cada uno de los accesos a realizar, con un análisis ambiental en el que se detallen las acciones específicas que se han de llevar a cabo, sus potenciales impactos y la propuesta de medidas correctoras para la minimización de los mismos.

A lo anterior deberá unirse un plan de restauración vegetal y paisajística de los accesos, las plataformas de los apoyos y las zonas de acopio de materiales y maquinaria y, en su caso, del vivero, indicando la forma de actuar caso por caso, detallando las acciones, los impactos y la propuesta de medidas.

- Condicionante 5: La propuesta de Plan Ciclo Anual Avifauna de la línea de transporte de energía eléctrica a 66 kV doble circuito entre la subestación Chío y la subestación Los Olivos debe incorporar el estudio del grupo de los quirópteros.

La frecuencia del seguimiento de la siniestralidad de esta línea eléctrica sobre la avifauna y los quirópteros deberá ser mensual, al menos durante los primeros cinco años de funcionamiento de dicha línea, debiendo extenderse este seguimiento en simultáneo a la línea eléctrica a 66 kV Guía de Isora-Los Olivos. Una vez se aplique el condicionante número 4 de la presente propuesta y quede desmantelada la línea eléctrica a 66 kV Guía de Isora-Los Olivos, finalizará el seguimiento de la siniestralidad sobre esta última línea eléctrica.

Aunque el Plan de Ciclo Anual Avifauna de la línea eléctrica a 66 kV subestación Chío y Los Olivos se ha iniciado en octubre de 2023, deberá ajustarse a lo siguiente:

1. La finalidad de este estudio de la avifauna y los quirópteros en el entorno de afección de las líneas eléctricas es conocer las especies presentes y migratorias, su distribución y abundancia en función de las variaciones estacionales y meteorológicas, identificando todas las fases pre-reproductoras y reproductoras de las especies detectadas. Por ello, el ámbito de este estudio específico deberá ser extenso y considerar los efectos acumulativos y sinérgicos con otras infraestructuras y/o instalaciones relevantes del entorno y el potencial efecto barrera. El conocimiento de esta información es trascendental en la planificación de las actuaciones y acciones del proyecto, de manera que se evite la realización de trabajos de construcción en periodos sensibles para la reproducción y la nidificación de las especies.

2. Deberá identificar las pautas de vuelo (dirección, altura de vuelo, frecuencia, etcétera) teniendo en cuenta aspectos de la biología de las especies tales como la fenología de la reproducción, comportamientos gregarios, hábitos nocturnos o crepusculares, diferencias estacionales en el uso del espacio, etcétera. También deberá detectar las zonas de migración, dormideros, áreas de alimentación o de paso, zonas de nidificación, el uso como corredores de los barrancos y barranquillos existentes, es el caso de los de: Casa Las Pilas, Las Puntitas, Chesene, La Tinaja, Achacay, Arbinfo, La Rabona, La Ermita, Cuescaro, Las Carreras, Los Llanitos, Leñas Blancas, Erques, Las Moradas, Las Galgas, Santana, Los Charcos, Ajabo, del Pinque, Majada Blanca y otros, y el uso por parte de las aves acuáticas de las charcas, estanques, balsas, depósitos, embalses y presas existentes.

3. Asimismo, el estudio deberá realizarse empleando métodos científicamente contrastados y la metodología elegida tendrá que estar descrita de manera que pueda ser replicada por cualquier equipo de investigación. Los datos resultantes deberán analizarse estadísticamente, poniendo especial énfasis en la incertidumbre de las estimaciones obtenidas, acompañado de información cartográfica a una escala adecuada, aportando dicha información en un formato óptimo para su visualización y manejo en sistemas de información geográfica (SIG).

4. De los resultados obtenidos del referido estudio de seguimiento de la siniestralidad, se deberá valorar el impacto sobre la avifauna y los quirópteros, el efecto barrera, la identificación de patrones temporales y/o estructurales sobre la mortalidad de aves y quirópteros de esta línea eléctrica (tramos especialmente conflictivos y con mayor mortalidad, coincidencia de las colisiones con ciertos periodos relevantes en la fenología de la reproducción, etcétera). En este sentido, procede valorar el efecto sobre las especies de la señalización del 100% de la línea eléctrica con dispositivos salvapájaros, estimando la efectividad de esta medida.

Si de lo anterior se detectan impactos no identificados, se deberán plantear medidas de corrección adicionales a las incluidas en el EsIA, que permitan mitigar y/o compensar los impactos detectados, así como valorar su control y seguimiento en el PVA, en el que, además, deberá establecerse el protocolo de custodia y recogida de los cadáveres detectados durante las labores de seguimiento.

Los resultados de los estudios requeridos se comunicarán a la DGENB para su conocimiento, valoración y, en su caso, emisión de informe técnico.

- Condicionante 6: Con carácter general, la tendencia en la modalidad de acceso al ámbito de instalación de los apoyos deberá ser la de campo a través o mediante el empleo de otros medios que no produzcan alteración topográfica y geomorfológica, evitando afección directa al medio natural.

No obstante, tras el análisis técnico explicitado en el apartado C.11 relativo a la ubicación de los apoyos y diseño de los accesos a los mismos, será necesario que se adopten ciertas cuestiones respecto a los siguientes apoyos y/o sus accesos:

1. Se deberán replantear los accesos a los apoyos T-1, T-10, T-15, T-25, T-35 y T-37, ya que las condiciones actuales de esos emplazamientos se han visto modificadas respecto a las consideradas en fase de redacción del reformado del proyecto, en particular: (1) en el acceso al apoyo T-1 ahora existe una plantación de árboles y riego por goteo, (2) el acceso planteado al apoyo T-10 se verá interrumpido por la construcción de una obra de drenaje en el cauce del barranco de Chesene, (3) el entorno del acceso diseñado al apoyo T-15 se ha modificado por la ejecución de movimientos de tierra y la explanación de una pista, (4) el entorno al acceso del apoyo T-25 ha cambiado pudiendo aprovechar los bordes de los bancales, y (5) los accesos a los apoyos T-35 y T-37 se encuentran en parcelas cultivadas.

2. El acceso a los apoyos T-2, T-3, T-4 y T-5 deberá realizarse campo a través o mediante el empleo de medios que no produzcan alteración geomorfológica de las coladas volcánicas sobre las que se asientan.

3. La ubicación del apoyo T-6 (en el extremo de una huerta) requerirá del informe favorable del servicio con competencias en materia de agricultura del Cabildo Insular de Tenerife.

4. Estudiar opciones de acceso al apoyo T-7 distintas a la planteada, evitando la afección a ladera que producirá la nueva ejecución de los 94 m de acceso.

5. En la ejecución de los accesos a los apoyos T-9, T-15, T-23, T-24 y en sus áreas de instalación deberán extremarse las medidas correctoras destinadas a la protección de los elementos florísticos y la adecuación del cruce de barranquillos.

6. Se deberán replantear los accesos a los apoyos T-27, T-28 y T-30 por su afección a muros de piedra, laderas rocosas, pérdida de tabaibal dulce en HIC 5330 o posible afección a bienes patrimoniales.

La evaluación ambiental de estas correcciones deberá recogerse, literal y cartográficamente, en un informe que será remitido a la DGTELCC con carácter previo al inicio de las obras.

- Condicionante 7: Tras la correspondiente fase de replanteo del proyecto, en la cual quedan definidos los ajustes puntuales, que no sustanciales del proyecto, los derivados de lo indicado en el condicionante número 6, así como los resultados de los acuerdos con los propietarios y de los reparos técnicos y/o ambientales que surjan respecto a la instalación de los apoyos, el establecimiento de los trazados de nueva ejecución y/o modificación de los preexistentes, la determinación de la necesidad o no de vallado perimetral en cada uno de los apoyos y la ubicación de las zonas de acopio de materiales y maquinaria y, en su caso, del vivero, deberán efectuarse las siguientes acciones:

1. Elaborar un nuevo estudio de afección al patrimonio cultural bajo la supervisión de un técnico arqueólogo, que deberá seguir las directrices reseñadas por el Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife.

2. Respecto a Pimelia canariensis, realizar una prospección previa a la ejecución de las obras, por parte de personal cualificado con experiencia en la especie, metodología adecuada y en la época del año más favorable para su detección en el trazado comprendido entre el apoyo T-46 hasta su entrada en la subestación Los Olivos y que, con la elección de la alternativa 3 del proyecto deberá aplicarse desde el apoyo T-42 hasta la entrada de la línea soterrada en la referida subestación.

3. Diseñar un plan logístico y de acceso para trasladar los materiales y la maquinaria necesaria para las distintas actuaciones hasta las plataformas de montaje de los apoyos y las zanjas para los tramos soterrados, considerando en su caso la proximidad a núcleos de población o asentamientos, espacio natural protegido y/o espacio Red Natura 2000 y especies y hábitats de interés comunitario. Para ello, al menos, deberá considerarse lo siguiente: - Accesos y tránsitos de camiones y maquinaria y personal desde el parque de maquinaria y zona de acopios o área de almacenamiento, no definido en el EsIA, hasta los distintos puntos de las obras. - Accesos y tránsitos de camiones y maquinaria y personas desde las carreteras principales.

4. En aquellos apoyos cuyas pistas de acceso y zonas de acopio de los materiales se emplacen a una distancia inferior a 100 m de viviendas, deberá cumplirse con lo siguiente: - Se realizará un informe previo en el que se detalle el seguimiento de los efectos derivados de la ejecución de las pistas e instalación de esos apoyos, como son las molestias por ruidos y vibraciones, interferencias en el acceso a sus viviendas cuando se utilizan pistas comunes e interrupción o intersección con el tráfico local en el transporte de los materiales. - En este informe deberán incluirse, si fueran necesarias, las medidas correctoras específicas para reducir las molestias y afecciones.

5. En cuanto a la presencia de especies exóticas invasoras en los diferentes sectores de ejecución del proyecto definitivo (accesos, áreas de instalación de los apoyos, áreas de almacenamiento, etcétera), se deberá realizar un estudio particularizado de identificación de especies exóticas invasoras, estableciendo las medidas de control y/o erradicación de las especies exóticas invasoras detectadas en el ámbito de las obras, aplicando las directrices técnicas de manejo, control y eliminación conocidas, como en el caso de Cenchrus con la Orden de 13 de junio de 2014, por la que se aprueban las Directrices técnicas para el manejo, control y eliminación del rabogato (Boletín Oficial de Canarias número 120, de martes 24 de junio de 2014). A su vez, en el PVA deberá establecerse el seguimiento y control de los efectos derivados del manejo de estas especies invasoras que deberá prolongarse hasta la puesta en funcionamiento de la línea eléctrica aérea.

- Condicionante 8: A la vista de la elaboración del Estudio específico de mediciones del efecto de los Campos Electromagnéticos (CEM) sobre la salud de los habitantes de viviendas y núcleos aislados más cercanos al trazado y el efecto psicológico derivados del impacto visual de la implantación del proyecto, como medida de mitigación establecida en el EsIA, será necesario que las estimaciones de exposición a los mismos se hagan en relación con las viviendas y personas más cercanas, a menos de 70 m, de los elementos eléctricos del proyecto.

Dicho Estudio específico, además de los resultados obtenidos, deberá detallar la metodología empleada y, si fuera necesario, las correspondientes medidas correctoras dirigidas a la reducción de las molestias y afecciones identificadas y el seguimiento que deberá incorporarse en el PVA y remitirse al órgano sustantivo y al órgano ambiental previo al inicio de las obras.

- Condicionante 9: Deberá elaborarse un texto refundido del PVA que englobe todos los aspectos desarrollados en la presente DIA, así como las consideraciones y condiciones establecidas por las diferentes administraciones públicas, siempre y cuando no contradigan lo establecido en la DIA.

- Condicionante 10: Todas las determinaciones de índole ambiental contenidas en las propias determinaciones del EsIA, así como aquellas derivadas de los condicionantes de la presente DIA, incluyendo el PVA, que precisen del correspondiente gasto económico, tendrán fiel reflejo en un capítulo específico del proyecto. Esta determinación se hará extensible, asimismo, a todas aquellas eventuales modificaciones que sufra dicho proyecto.

- Condicionante 11: De la información adicional que se reciba como consecuencia de la información complementaria solicitada en la presente DIA, así como de los resultados del PVA que se lleve a cabo, podrán establecerse nuevos condicionantes y/o modificaciones de los que la presente DIA ha establecido.

Séptimo.- Declaración de interés general.

Con fecha de 29 de mayo de 2023 Red Eléctrica presenta ante esta Dirección General de Energía solicitud motivada de declaración de interés general de las instalaciones de referencia.

Apreciadas las razones de excepcional interés existentes para la ejecución de las instalaciones proyectadas, mediante informe propuesta, de 8 de junio de 2023, la Dirección General de Energía declara de interés general las obras necesarias para la ejecución de las instalaciones eléctricas de alta tensión contempladas en el proyecto denominado "Reformado del proyecto de ejecución de la Línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 KV doble Circuito, Chío-Los Olivos.", de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario.

Dicha propuesta, fue convalidada por el Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, mediante Orden número 346/2023, de 16 de junio de 2023.

Octavo.- Consultas a los Ayuntamientos y Cabildo afectados de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario.

El proyecto y la Orden número 346/2023, de 16 de junio, por la que se declara el interés general de las instalaciones proyectadas, fueron remitidos al Cabildo de Tenerife y a los ayuntamientos de Adeje y Guía de Isora, a los efectos de que informaran sobre la conformidad o disconformidad del proyecto con el planeamiento territorial o urbanístico en vigor, de acuerdo con lo establecido en el apartado tercero del artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, obteniéndose el siguiente resultado:

1) Cabildo de Tenerife: con fecha 12 de julio de 2023, se recibe informe que concluye que deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Respecto a las Disposiciones Territoriales del PIOT:

- En relación con el submodelo de las infraestructuras básicas que condicionan la estructuración del territorio, el referenciado proyecto resulta compatible.

- En relación con el submodelo del régimen de usos e intervenciones, no se realiza consideración alguna respecto de los trazados que discurren por la ARH Urbana, ARH de Expansión Urbana y las ARH de Protección Económica, y ello a la vista de los Acuerdos Interpretativos Plenarios y la Resolución del Director Insular de Planificación del Territorio y Patrimonio Histórico.

Los tramos que discurren por ARH de Protección ambiental 1, no se observan determinaciones específicas de incompatibilidad en relación a los usos de infraestructuras de energía. Con respecto a las intervenciones de instalaciones, se prohíben con carácter general, si bien habrá que tener en cuenta lo que disponga el planeamiento de desarrollo que haya regulado el régimen de excepciones del PIOT (2.3.2.5 -4 PIOT) atendiendo a los objetivos de ordenación y a los usos permitidos y siempre que las acciones sean estrictamente necesarias y la solución sea la de menor impacto de acuerdo a la correspondiente evaluación.

En el caso del tramo aéreo que discurre por los terrenos adscritos a la ARH Ambiental 1 - Laderas, el Proyecto deberá valorar como alternativa que el tramo comprendido entre el apoyo T -36 y la subestación Los Olivos discurra fuera de los límites de esta ARH, pudiendo atravesar los terrenos contiguos adscritos a ARH de Protección Económica entroncando con los elementos lineales existentes en la zona, toda vez que implicaría un menor impacto visual, adaptando una longitud mayor de la línea a las infraestructuras viales existentes.

2. Respecto a las Disposiciones Sectoriales del PIOT:

Dentro de las alternativas propuestas en el EIA, no se ha contemplado un trazado de esta línea de primera nivel paralelo al Corredor Insular Sur o prolongación de la TF - 1, de acuerdo a los artículos 3.3.3.4 (D) y 3.3.4.5 -1 (D).

2) Ayuntamiento de Adeje: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 16 de junio de 2023, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

3) Ayuntamiento de Guía de Isora: se solicita emisión de informe en un plazo máximo de 15 días, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, mediante oficio de fecha 16 de junio de 2023, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.

En el apartado previo número Quinto de la presente resolución, sobre informes solicitados y respuestas recibidas, consta informe del Ayuntamiento de Guía de Isora, con fecha 12 de septiembre de 2022, en el que se emite conformidad con el planeamiento urbanístico en vigor e informe favorable, en calidad de administración afectada.

Fundamentos jurídicos

I.- La ejecución de las instalaciones eléctricas contempladas en el expediente de referencia requiere de autorización administrativa de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y en el resto de normativa vigente, en particular la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades del transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 y el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.

II.- Las instalaciones proyectadas se encuentran incluidas en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026 aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 22 de marzo de 2022 y publicada por Resolución de la Secretaria de Estado de Energía de fecha 8 de abril de 2022 (Boletín Oficial del Estado número 93, de 19 de abril de 2022).

III.- En relación con la garantía del suministro de energía, la normativa vigente vela por que todos los ciudadanos tengan acceso a dicho suministro en condiciones satisfactorias, garantizando que tal servicio cuente con los parámetros de calidad necesarios para que el usuario final pueda utilizar la energía en las condiciones adecuadas a sus necesidades o las de sus instalaciones, contribuyendo las instalaciones proyectadas a la consecución de tal objetivo por su contribución a la cobertura de la demanda.

IV.- Esta infraestructura formará parte del refuerzo del anillo oeste a 66 kV de la isla de Tenerife, cuya red actualmente presenta sobrecargas en determinadas situaciones de explotación, apoyará el suministro eléctrica en el norte de la isla ante las contingencias del eje Norte-Sur entre Granadilla y Caletilla/Candelaria, mejorando con ello la seguridad de suministro en la isla, y además tiene un carácter fundamental dentro de las actuaciones encaminadas al refuerzo de la Red de Transporte en la isla, permitiendo con ello un adecuado abastecimiento a la isla de la Gomera a través del enlace eléctrica Tenerife-La Gomera.

Es una actuación crítica para el sistema eléctrico canario en su conjunto ya que además de la importante mejora que conllevará en la seguridad de suministro, esta actuación está alineada con los objetivos de lucha frente al cambio climático, en cuanto a la reducción de la dependencia de combustibles fósiles y emisiones de efecto invernadero, facilitando con ello la integración en la Red de Transporte de la energía renovable generada especialmente en la isla de La Gomera, y hará más eficiente el sistema eléctrico canario, con una considerable reducción de los costes para el conjunto del sistema.

V.- De conformidad con el artículo 4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la planificación de las infraestructuras de transporte de energía eléctrica será realizada por la Administración General del Estado con la participación de las Comunidades Autónomas, teniendo carácter vinculante con las características técnicas que en la misma se definan.

VI.- El artículo 5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece que la planificación de las instalaciones de transporte que se ubiquen o discurran en cualquier clase y categoría de suelo deberá tenerse en cuenta en el correspondiente instrumento de ordenación del territorio y urbanístico, el cual deberá precisar las posibles instalaciones y calificar adecuadamente los terrenos, estableciendo, en ambos casos, las reservas de suelo necesarias para la ubicación de las nuevas instalaciones.

Así mismo, el artículo 96 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, establece que los Planes Insulares de Ordenación contendrán la determinación de las reservas de suelo necesarias para actividades energéticas, considerando en su artículo 98 las infraestructuras de transporte eléctrico como sistema general y equipamiento estructurante de interés supramunicipal.

VII.- El documento Reformado del Proyecto de Ejecución de la Línea Aérea-Subterránea de Transporte de Energía Eléctrica a 66 kV doble Circuito. LAT 66 kV doble circuito Chío-Los Olivos (número visado TF34706/00 de fecha 21 de junio de 2022) obtuvo Declaración de Impacto Ambiental (Acuerdo de la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental de fecha 30 de julio de 2024 Expediente número 10/2023-0505103026), estableciendo once condicionantes, de manera que se eviten o minimicen los posibles efectos negativos de la actuación proyectada y que ésta sea viable a los efectos ambientales.

VIII.- La Orden número 346/2023, de 16 de junio, del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial por la que se declaran de interés general las obras necesarias para la ejecución de las instalaciones eléctricas de alta tensión contempladas en el expediente SE08RR157 justifica el interés general de las instalaciones proyectadas, una vez valoradas las razones de índole energética.

IX.- El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

X.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, y el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa.

XI.- En el Anexo a la presente resolución se relacionan los bienes, derechos y titulares afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos previstos en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En dicho documento se identifican las afecciones a los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras proyectadas.

XII.- Al trámite del expediente le ha resultado de aplicación la reducción de plazos establecida en el artículo 2 de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias.

XIII.- El Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, establece que la Dirección General de Energía tiene atribuidas las competencias para la concesión de autorizaciones y la tramitación de comunicaciones previas y declaraciones responsables en materia energética, ejerciendo exclusivamente sobre las mismas las atribuciones sectoriales en materia de energía. Así mismo, también tiene atribuidas las competencias para la declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones energéticas a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento, de la urgente ocupación de los mismos, y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

Propuesta de resolución

Primero.- Otorgar la autorización administrativa de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado "Reformado del proyecto de ejecución de la Línea aérea-subterránea de transporte de energía eléctrica a 66 kV doble Circuito, Chío-Los Olivos", expediente SE08RR157, promovido por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal en Tenerife (número de visado TF34706/00 del COIITF, de fecha 21 de junio de 2022), con el alcance previsto en el punto Tercero Descripción de las instalaciones autorizadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y resto de normativa de aplicación.

Segundo.- Declarar de Utilidad Pública las instalaciones contempladas en el proyecto anteriormente indicado y con el alcance previsto en el punto Tercero Descripción de las instalaciones autorizadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En los Anexos de la presente resolución se relacionan los bienes y titulares afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos previstos en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Tercero.- El plazo máximo para presentar la solicitud de puesta en servicio de las instalaciones será de 24 meses, contados a partir de la notificación de la presente resolución. Dicha solicitud se ajustará a los términos previstos en el artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre.

Cuarto.- La ejecución de las instalaciones se ajustará estrictamente al proyecto identificado en la presente resolución, debiendo ajustarse a lo establecido en el Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre. Cualquier modificación sustancial de las características de la instalación autorizada exigirá nueva resolución de autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.5 de dicho Reglamento.

Quinto.- Las obras se ejecutarán de conformidad con los condicionados emitidos por los organismos afectados, así como los condicionados incluidos en la Declaración de Impacto Ambiental (Boletín Oficial de Canarias número 173 de 3 de septiembre de 2024).

Sexto.- Las instalaciones eléctricas deberán ser ejecutada por instaladores o empresas instaladoras en alta tensión.

Séptimo.- Durante el desarrollo y ejecución de las instalaciones, se deberá cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

Octavo.- Esta autorización se concede con los efectos previstos en el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario y sin perjuicio de la obtención de cualquier otra autorización o intervención exigible por la legislación vigente, cuyo otorgamiento competa a otras Administraciones y Organismos Públicos.

Noveno.- Previos los trámites legales oportunos, la Administración podrá declarar la nulidad de esta autorización si se comprobase la inexactitud de las declaraciones del solicitante que figuran en el expediente, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.3 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, así como en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Décimo.- En materia de caducidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre y en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Undécimo.- El promotor deberá presentar un proyecto de la línea a partir del apoyo 41 hasta la subestación de los Olivos, en cumplimiento de los condicionantes establecidos en la declaración de impacto ambiental.

En Santa Cruz de Tenerife, 11 de octubre de 2024

Alejandra Rodríguez Alloza

Jefa de Servicio de Generación y Transporte en Régimen Ordinario

Vistos los antecedentes mencionados y en virtud de las competencias que me han sido conferidas,

Resuelvo

Primero.- Aceptar en todos sus términos la propuesta anterior.

Segundo.- Notificar la presente resolución al promotor, a los organismos que informaron o debieron informar en el procedimiento y a los interesados cuyos derechos e intereses resulten afectados por la misma.

Tercero.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de Canarias, en el Boletín Oficial de la Provincia, así como a través de los medios electrónicos preceptivos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ilma. Sr. Viceconsejera de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Anexo:

Relación concreta e individualizada de bienes o derechos de necesaria expropiación

Línea a 66 kV doble circuito subestación Chío - subestación Los Olivos

Relación de bienes y derechos de línea y accesos

Los Organismos Oficiales se incluyen con carácter informativo

Término municipal Guía de Isora (Santa Cruz de Tenerife)

Tramo subterráneo

Parcela Proyecto

Propietario

Referencia Catastral

Polígono

Parcela

Servidumbre permanente (m2)

Arqueta de telecomunicaciones

Ocupación Arqueta de telecomunicaciones (m2)

Ocupación temporal (m2)

Superficie Tala (m2)

Acceso

Servidumbre de paso (m2)

Naturaleza del terreno

1

Red Eléctrica de España Sociedad Anónima Unipersonal

38019A00300033

3

33

190

ATD_1

3

195

-

-

-

Improductivo

2

Gonzalez Alvarez Maria del Mar

38019A00300441

3

441

60

ATD_2

3

11

-

-

-

Pastos

Tramo aéreo

Parcela Proyecto

Propietario

Referencia Catastral

Polígono

Parcela

Servidumbre de vuelo (m2)

Apoyo

Ocupación Apoyo y anillo de tierra (m2)

Ocupación temporal (m2)

Superficie Tala (m2)

Acceso al apoyo número

Servidumbre de paso (m2)

Naturaleza del terreno

1

Red Eléctrica de España Sociedad Anónima Unipersonal

38019A00300033

3

33

-

-

-

26

-

T_1

587

Improductivo

2

Gonzalez Alvarez Maria del Mar

38019A00300441

3

441

552

T_1

179

1.574

-

T_1

135

Pastos

3

(Herederos de) Abreu Doniz Jose: Abreu Álvarez María del Carmen; Abreu Mederos Carmen

38019A00300046

3

46

323

-

-

150

-

-

-

Improductivo

4

(Herederos de) Martin Gonzalez Manuel: Pérez González Manuel; Pérez González José Antonio; Pérez González Teresa de Jesús; Pérez Rodríguez Francisco Jesús

38019A00300047

3

47

184

-

-

58

-

-

-

Improductivo

5

(Herederos de) Perez Martel Francisco: Pérez González Manuel; Pérez González José Antonio; Pérez González Teresa de Jesús; Pérez Rodríguez Francisco Jesús -------------------------- Arca Canarias Sociedad Limitada

38019A00300048

3

48

1.560

-

-

92

-

T_2

206

Improductivo

6

Leon Gonzalez Maritza; González Vargas Amelia

38019A00300088

3

88

376

-

-

-

-

-

-

Improductivo

7

Rodriguez Perez Eladio Manuel; Gorrín Mederos Luisa Candelaria; López Ferraz Rafael

38019A00300417

3

417

1.579

T_2

79

1.600

-

T_2

232

Improductivo

7-2

Dhondt Inge Martha L; Omari Sebastien Jacques C; Koala Sur Tenerife Sociedad Limitada

38019A00300444

3

444

-

-

-

-

-

T_2

14

Pastos

7-4

Perez Vargas Jose Miguel; Meneses Perez Maria Candelaria; Plasencia Pérez Damián Martín; Arca Canarias Sociedad Limitada

38019A00300197

3

197

-

-

-

-

-

T_2

255

Improductivo

7-5

Obras y Servicios La Grava Sociedad Limitada; Plasencia Pérez Damián Martín; Arca Canarias Sociedad Limitada

38019A00300196

3

196

-

-

-

-

-

T_2

77

Improductivo

7-6

Obras y Servicios La Grava Sociedad Limitada; Plasencia Pérez Damián Martín; Arca Canarias Sociedad Limitada

38019A00300195

3

195

-

-

-

-

-

T_2

146

Improductivo

7-7

Gomez Marrero Manuel Fernando; Plasencia Pérez Damián Martín; Arca Canarias Sociedad Limitada

38019A00300194

3

194

-

-

-

-

-

T_2

74

Improductivo

7-8

Obras y Servicios La Grava Sociedad Limitada; Jimenez Gorrin Salvador; Plasencia Pérez Damián Martín; Arca Canarias Sociedad Limitada

38019A00300081

3

81

-

-

-

-

-

T_2; T_3

951

Improductivo

7-9

(Herederos de) Gonzalez Abreu Manuel: González Álvarez José; González Álvarez Rosalilia; González Álvarez Josefina; González Álvarez Nicolás; González Álvarez Julián; González Álvarez Beatríz

38019A00300087

3

87

-

-

-

-

-

T_2

82

Improductivo

8

Fortes Morales Agustin Antonio; Gonzalez Morales Juana; Gonzalez Morales Luisa Primitiva; Gonzalez Morales Ceferino Jose

38019A00300085

3

85

714

-

-

-

-

T_2

102

Improductivo

9

(Herederos de) Dorta Jose: Dorta Tacoronte Juan José; Dorta Tacoronte Antonio Jesús; Dorta Tacoronte Isabel María

38019A00300084

3

84

1.843

-

-

-

-

T_2; T_3

125

Improductivo

10

Fortes Morales Maria Zoila; Fortes Morales Julian Sebastian; Gonzalez Morales Juana; Gonzalez Morales Luisa Primitiva; Gonzalez Morales Ceferino Jose

38019A00300083

3

83

1.236

T_3

100

1.600

-

T_3

623

Improductivo

11

(Herederos de) Dorta Gonzalez Jose: Dorta Tacoronte Juan José; Dorta Tacoronte Antonio Jesús; Dorta Tacoronte Isabel María

38019A00300192

3

192

2.384

-

-

-

-

-

-

Improductivo

12

(Herederos de) Alonso Delgado Rogelia: Cabrera Darias Humberto; Cabrera Darias María Pilar

38019A00300180

3

180

78

-

-

-

-

-

-

Improductivo

13

(Herederos de) Megolla Casañas Antonio: Casañas Alonso María Teresa Elena

38019A00300179

3

179

2.972

-

-

-

-

T_4

358

Improductivo

14

Hernandez Alonso Tomas

38019A00300177

3

177

36

-

-

-

-

T_4

45

Improductivo

15

(Herederos de) Dorta Gonzalez Jose: Dorta Tacoronte Juan José; Dorta Tacoronte Antonio Jesús; Dorta Tacoronte Isabel María

38019A00300171

3

171

3.570

T_4

133

2.616

-

T_4

93

Pastos

15-3

Carle Christian Giovanni Alberico; Martín Casañas Eladio

38019A00300128

3

128

-

-

-

-

-

T_4

129

Improductivo

15-4

Yaryan Sociedad Limitada

38019A00300160

3

160

-

-

-

-

-

T_4

611

Invernaderos hortalizas Improductivo

15-5

Yaryan Sociedad Limitada

38019A00300167

3

167

-

-

-

-

-

T_4

1.167

Invernaderos hortalizas Labor o labradío regadío Improductivo

15-6

Yaryan Sociedad Limitada

38019A00300168

3

168

-

-

-

-

-

T_4

777

Invernaderos hortalizas Labor o labradío regadío Improductivo

15-7

(Herederos de) Dorta Gonzalez Jose: Dorta Tacoronte Juan José; Dorta Tacoronte Antonio Jesús; Dorta Tacoronte Isabel María

38019A00300182

3

182

-

-

-

-

-

T_4

239

Improductivo

16

Casañas Vargas Salvador

38019A00300173

3

173

1.854

-

-

-

-

-

-

Improductivo

17

Herederos de Don Manuel Cejas Diaz

38019A00300172

3

172

327

T_5

94

1.183

-

T_5

160

Improductivo

17-2

Vargas Gonzalez Antonio; Vargas Borges Francisco Manuel

000901500CS22A

9

15

-

-

-

-

-

T_5

142

Pastos

18

(Herederos de) Vargas Borges Jose Eugenio: Vargas Borges Francisco Manuel

38019A00300157

3

157

478

-

-

-

-

T_5

34

Plátanos regadío

19

Vargas Borges Francisco Manuel

38019A00300156

3

156

3.017

-

-

188

-

T_5

29

Pastos Plátanos regadío

20

Vargas Borges Francisco Manuel; Vargas Alonso Juan José

38019A00309223

3

9.223

87

-

-

-

-

T_5

2.249

Improductivo

21

Lorenzo Bethencourt Ana Maria; Evora Lorenzo Ana Maria; Evora Lorenzo Francisco Ramon; Evora Lorenzo Alberto Jose

38019A00300142

3

142

3.154

-

-

837

72

T_6

747

Labor o labradío regadío, arbolado Pastos, arbolado

22

(Herederos de) Curbelo Gorrin Jose: Curbelo Hernández Miguel Ángel

38019A00300141

3

141

2.222

T_6

109

1.063

392

T_6

571

Pastos, arbolado Improductivo, arbolado

23

(Herederos de) Gonzalez Navarro Francisco: González Padrón Francisco; González Padrón Beatriz; González Barrios Concepción; ---------------------------- Tomapla Sociedad Limitada

38019A00300140

3

140

2.464

-

-

-

-

-

-

Improductivo Huerta regadío

24

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00309006

3

9.006

210

-

-

-

-

T_5; T_6

33

Vía de comunicación de dominio público (Finca Lomo del Balo)

25

Serviagroc Sociedad Limitada ------------------------------------------------ Canarias Forestal Sociedad Limitada

38019A00300139

3

139

2.497

-

-

150

-

-

-

Huerta regadío Improductivo Pastos Invernaderos hortalizas Plátanos regadío

26

Serviagroc Sociedad Limitada; Canarias Forestal Sociedad Limitada

38019A00300138

3

138

1.139

-

-

-

-

-

-

Plátanos regadío Pastos Huerta regadío Viña secano

27

(Herederos de) Cejas Diaz Manuel (Herederos de) Cejas Barreto Rosa María

38019A00500172

5

172

1.230

T_7

108

1.600

-

T_7

307

Improductivo

28

J.A. Dorta e Hijos Sociedad Limitada

38019A00500171

5

171

8.651

T_8

126

2.350

-

T_7; T_8

1.113

Pastos Platanera Inverandero hortalizas

29

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00509015

5

9.015

54

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (Lugar Finca Chesenes)

30

Cabildo Insular de Tenerife

38019A00509017

5

9.017

215

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (TF-463)

31

J.A. Dorta e Hijos Sociedad Limitada

38019A00600187

6

187

2.929

T_9

100

1.623

-

T_9

231

Improductivo

31-1

Hernandez Ruiz Alejandro

38019A00600186

6

186

-

-

-

-

-

T_9

744

Improductivo

32

J.A. Dorta e Hijos Sociedad Limitada

38019A00600189

6

189

705

-

-

577

-

T_9

234

Improductivo

33

Gonzalez Dorta Miguel

38019A00600414

6

414

964

-

-

-

-

T_10

248

Invernaderos hortalizas

34

J.A. Dorta e Hijos Sociedad Limitada

38019A00600190

6

190

1.880

-

-

-

-

T_10

109

Improductivo

35

(Herederos de) Reyes Baute Agustin

38019A00600311

6

311

1.256

T_10

38

941

-

-

-

Pastos Invernaderos hortalizas Labor o Labradío secano

36

(Herederos de) Reyes Baute Agustin

38019A00600515

6

515

2.711

T_10; T_11

174

2.409

-

T_10; T_11

453

Pastos

37

Alvarez Grillo Daniel; Reyes Trujillo Pedro; Alvarez Grillo Daniel; Mejía Muñoz Lina María; Hernández Álvarez Higinio Rafael

38019A00600308

6

308

1.839

-

-

300

-

T_11

393

Invernaderos hortalizas Improductivo

38

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00609020

6

9.020

311

-

-

-

-

T_11

694

Vía de comunicación de dominio público (Camino agrícola)

39

Alvarez Grillo Daniel; Reyes Trujillo Pedro; Alvarez Grillo Daniel; Mejía Muñoz Lina María; Hernández Álvarez Higinio Rafael

38019A00600322

6

322

2.557

-

-

300

-

-

-

Invernaderos hortalizas

40

Alvarez Grillo Daniel; Reyes Trujillo Pedro; Alvarez Grillo Daniel; Mejía Muñoz Lina María; Hernández Álvarez Higinio Rafael

38019A00600321

6

321

764

-

-

300

-

-

-

Plátanos regadío Invernaderos hortalizas Improductivo

41

Ayuntamiento de Guia de Isora; Alvarez Grillo Daniel; Lina María Mejía Muñoz; Higinio Rafael Hernández Álvarez; Cb Herbasa

38019A00609007

6

9.007

502

-

-

-

-

T_11

1.214

Vía de comunicación de dominio público (Camino agrícola)

42

Alvarez Grillo Daniel; Reyes Trujillo Pedro: Alvarez Grillo Daniel; Mejía Muñoz Lina María; Hernández Álvarez Higinio Rafael

38019A00600323

6

323

989

-

-

140

-

-

-

Invernaderos hortalizas

44

Cb Herbasa

38019A00600421

6

421

1.511

T_12

93

1.750

-

T_12

78

Pastos Huerta regadío Plátanos regadío Improductivo Invernaderos hortalizas

45

Ayuntamiento de Guía de Isora

38019A00609000

6

9.000

115

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (Calle Las Higueritas)

46

Cb Herbasa

38019A00700066

7

66

245

-

-

-

-

-

-

Pastos

47

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00709130

7

9.130

849

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (vial que cruza barranco hasta Lugar Finca Batista)

48

(Herederos de) Gonzalez Espinosa Elisa; Cb Herbasa

38019A00700693

7

693

1.007

-

-

150

-

-

-

Pastos

49

Cb Herbasa

38019A00700068

7

68

187

-

-

-

-

-

-

Pastos

50

Gonzalez Rodriguez Juana; Meneses Meneses Consuelo

38019A00700069

7

69

162

-

-

-

-

-

-

Pastos

51

Gonzalez Rodriguez Juana -------------------------- Meneses Meneses Consuelo

38019A00700060

7

60

2.780

-

-

150

-

-

-

Pastos Improductivo

53

Meneses Duranza Maria Inmaculada; Martin Sosa Pedro

38019A00700061

7

61

2.525

-

-

450

-

-

-

Invernaderos hortalizas Improductivo

54

Meneses Gonzalez Ignacio; Perez Lopez Rosario Maria

38019A00700823

7

823

3.576

-

-

449

-

T_13

90

Pastos

55

Bulander Ludwig; Elorriaga Hernández María Rosa

38019A00700078

7

78

1.632

T_13

93

2.050

-

T_13

108

Pastos

56

Meneses Gonzalez Ignacio; Perez Lopez Rosario Maria

38019A00700821

7

821

142

-

-

-

-

-

-

Pastos

57

O'shanahan Rodriguez de La Sierra Leopoldo; René Millat Pierre Alain

38019A00700080

7

80

325

-

-

-

-

-

-

Pastos

59

Mora Cruz Lourdes Maria Meneses Mora Celia Besabel Meneses Mora Walter Anselmo Meneses Mora Maria Purificacion

38019A00700137

7

137

1.057

-

-

420

-

-

-

Pastos Improductivo

60

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00709071

7

9.071

109

-

-

-

-

-

-

Otros (Camino agrícola)

61

(Herederos de) Meneses Mendez Almerinda: Rivero Dorta Rosa María Agustina; Velázquez Rivero Luz Divina Maria Carmen; Velázquez Rivero Néstor Luís; Velázquez Rivero José Manuel Casimiro

38019A00700135

7

135

1.915

-

-

-

-

-

-

Labor o Labradío secano

62

Mora Cruz Lourdes Maria; Meneses Mora Celia Besabel; Meneses Mora Walter Anselmo; Meneses Mora Maria Purificacion

38019A00700136

7

136

1.330

-

-

150

-

-

-

Huerta regadío Invernaderos hortalizas

63

Rivero Dorta Rosa María Agustina; Velázquez Rivero Luz Divina Maria Carmen; Velázquez Rivero Néstor Luís; Velázquez Rivero José Manuel Casimiro

38019A00700132

7

132

81

-

-

-

-

-

-

Improductivo

64

O'shanahan Rodriguez de La Sierra Leopoldo; René Millat Pierre Alain

38019A00700128

7

128

1.927

-

-

-

-

-

-

Labor o Labradío secano

65

O'shanahan Rodriguez de La Sierra Leopoldo; René Millat Pierre Alain

38019A00700123

7

123

1.334

T_14

94

1.742

-

T_14

185

Pastos

67

Consejo Insular de Aguas de Tenerife

38019A00709043

7

9.043

193

-

-

-

-

-

-

Hidrografía natural (Barranco El Pozo)

68

Hernandez Alonso Tomas

38019A00700124

7

124

832

-

-

225

-

-

-

Pastos

69

Schickmair Wolfgang

38019A00700121

7

121

1.690

T_15

79

1.396

-

T_15

22

Pastos

70

Maal Ja Merel; Schickmair Wolfgang

38019A00700624

7

624

12

-

-

188

-

T_15

57

Pastos

71

Illing Christine; Schickmair Wolfgang

38019A00700593

7

593

111

-

-

70

-

T_15

117

Pastos

72

Storti Giuseppe; Schickmair Wolfgang

38019A00700623

7

623

211

-

-

75

-

T_15

121

Pastos

73

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00709005

7

9.005

198

-

-

-

-

T_16

27

Vía de comunicación de dominio público (Lugar Finca El Chiratal)

74

Mora Roque Josefa Candida

38019A00700120

7

120

1.370

-

-

300

-

-

-

Pastos Improductivo

75

Afonso Gonzalez Antonio

38019A00700119

7

119

1.532

-

-

150

-

-

-

Pastos

76

Tenerife Island Investments Sociedad Limitada; Broeckaert Romain Albert (Representante)

38019A00700638

7

638

1.985

T_16

55

828

-

T_16

352

Pastos

76-1

Franco Rosario

38019A00700614

7

614

-

-

-

-

-

T_16

96

Pastos

76-2

Doeado Rejas Sociedad Limitada

38019A00700635

7

635

-

-

-

-

-

T_16

163

Pastos

76-3

Cheaitou Nassereddine Ali

38019A00700630

7

630

-

-

-

-

-

T_16

85

Pastos

76-4

Provost Pierre; Broeckaert Romain Albert (Representante)

38019A00700587

7

587

-

-

-

-

-

T_16

502

Pastos

76-5

(Herederos de) De la Cruz Meneses Fermin; ----------------------------------- Broeckaert Romain Albert (Representante)

38019A00700195

7

195

-

-

-

-

-

T_16

52

Invernaderos hortalizas Improductivo

77

Farthing Richard Michael

38019A00700592

7

592

691

-

-

-

-

-

-

Pastos

78

Brimble Patricia Gladys

38019A00700631

7

631

1.722

-

-

89

-

-

-

Pastos

79

Kirkeberg Oddvar; Forshaug Thor Johan; Grimstvedt Jorn Aage; Kirkeberg Oddvar Forshaug Thor Johan; Grimstvedt Jorn Aage; Stazio Michelle Machristi (Apoderado)

38019A00700634

7

634

855

T_16

25

735

-

T_16

610

Pastos

80

Meneses Meneses Otilia; Meneses Meneses Otilia; Cruz Meneses Jesus Fermin; Cruz Meneses Pedro Antonio

38019A00700196

7

196

1.191

-

-

150

-

-

-

Pastos

81

Consejo Insular de Aguas de Tenerife

38019A00709024

7

9.024

310

-

-

-

-

-

-

Hidrografía natural (Bco. de Tejina o Arbinfo)

83

Alvarez Delgado Faustino; Caja Siete Caja Rural Sociedad Cooperativa de Credito; Hassan Chitsazian Hayati; Monirossadat Tavakoli Tabazavareh

38019A00700197

7

197

1.141

-

-

150

-

-

-

Pastos

84

Alvarez Delgado Faustino; Caja Siete Caja Rural Sociedad Cooperativa de Credito; Hassan Chitsazian Hayati; Monirossadat Tavakoli Tabazavareh

38019A00700200

7

200

371

-

-

-

-

-

-

Pastos

85

Alvarez Delgado Faustino

38019A00700199

7

199

607

-

-

150

-

-

-

Invernaderos hortalizas Pastos

86

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00709050

7

9.050

50

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (Calle San Andrés)

87

Alvarez Delgado Faustino

38019A00700208

7

208

146

T_17

92

325

-

T_17

39

Invernaderos hortalizas Pastos

88

Alvarez Delgado Faustino; Caja Siete Caja Rural Sociedad Cooperativa de Credito; Hassan Chitsazian Hayati; Monirossadat Tavakoli Tabazavareh

38019A00700203

7

203

23

-

-

451

-

-

-

Pastos

89

Martin Martin Onesimo; Afonso Acosta José Daniel

38019A00700660

7

660

219

-

-

468

-

-

-

90

Alvarez Delgado Faustino

38019A00700207

7

207

295

-

-

37

-

-

-

Improductivo Pastos Invernaderos hortalizas

91

Alvarez Delgado Lazaro

38019A00700661

7

661

116

-

-

174

-

-

-

Improductivo

92

(Herederos de) Rodriguez Reyes Julian: Rivero González María Teresa

38019A00700662

7

662

232

-

-

144

-

-

-

Improductivo

93

Jimenez Rodriguez Anibal Manuel Jimenez Rodriguez Tania

38019A00700855

7

855

488

-

-

-

-

-

-

Pastos

94

Herreras Arteaga Ana Luisa

38019A00700664

7

664

125

-

-

-

-

-

-

Improductivo

95

Martin Mesa Jairo

38019A00700206

7

206

826

-

-

-

-

-

-

96

Prieto Prieto Benjamin Alonso; Prieto Prieto Israel; Kukin Maarika; Robayna Betancort José Miguel

38019A00700581

7

581

2.901

-

-

450

-

-

-

Invernaderos hortalizas Pastos

97

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00709000

7

9.000

190

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (Carretera Piedra Hincada a Tejina)

98

Cortis Ivan

38019A00800389

8

389

62

-

-

-

-

-

-

Pastos

99

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00809007

8

9.007

533

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (Camino asfaltado)

100

Prieto Vargas Antonia Rosa Amelia; Prieto Vargas Antonia Rosa Amelia; Prieto Prieto Israel; Prieto Prieto Graciliano; Prieto Prieto Benjamin Alonso; Prieto Prieto Tomas; Maguenes Erques View Sociedad Limitada

38019A00800121

8

121

1.256

-

-

450

-

-

-

Invernaderos Pastos

102

(Herederos de) Prieto Perez Eusebio: Prieto Díaz Eulogio; Prieto Díaz Celestina Candelaria

38019A00800119

8

119

87

-

-

-

-

-

-

Pastos

103

Gonzalez Espinosa Elisa; Gonzalez Espinosa Isidoro; Rodríguez Duranza José

38019A00800120

8

120

900

T_18

108

1.600

-

T_18

158

Pastos Improductivo

104

Martin Plasencia Segundo

38019A00800129

8

129

411

-

-

150

-

-

-

Pastos

105

(Herederos de) Prieto Perez Eusebio: Prieto Díaz Eulogio; Prieto Díaz Celestina Candelaria

38019A00800305

8

305

212

-

-

17

-

-

-

Pastos

106

Viveros Isora Sociedad Limitada

38019A00800130

8

130

319

-

-

133

-

-

-

Pastos

107

(Herederos de) Prieto Perez Eusebio: Prieto Díaz Eulogio; Prieto Díaz Celestina Candelaria

38019A00800304

8

304

1.549

-

-

300

-

-

-

Pastos

108

(Herederos de) Prieto Perez Eusebio: Prieto Díaz Eulogio; Prieto Díaz Celestina Candelaria

38019A00800115

8

115

566

-

-

150

-

-

-

Pastos

109

Meneses Cejas Maria Gloria; Rivero Meneses Juan Ceferino; Rivero Meneses Cristina; Rivero Meneses Maria Eugenia; Rivero Meneses Elena

38019A00800113

8

113

2.659

T_19

85

1.724

-

T_19

399

Pastos

110

Herederos de Morales Reyes Fernando

38019A00800096

8

96

3.246

-

-

886

-

-

-

Pastos Improductivo Invernaderos hortalizas

111

Gobierno de Canarias

38019A00809000

8

9.000

855

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (TF-1)

112

(Herederos de) Diaz Vargas Lucio (Herederos de) Diaz Vargas Pedro Manuel

38019A00800091

8

91

1.713

T_20

79

1.089

-

T_20

122

Labor o labradío regadío

113

Ayuntamiento de Guia de Isora; (Herederos de) Diaz Vargas Lucio; (Herederos de) Diaz Vargas Pedro Manuel

38019A00809023

8

9.023

155

-

-

164

-

T_20

345

Vía de comunicación de dominio público (Camino)

114

(Herederos de) Diaz Vargas Lucio; (Herederos de) Diaz Vargas Pedro Manuel

38019A00800092

8

92

821

-

-

537

-

T_20

14

Labor o labradío regadío

115

(Herederos de) Diaz Vargas Lucio; (Herederos de) Diaz Vargas Pedro Manuel

38019A00800093

8

93

1.533

-

-

150

-

T_20

29

Labor o labradío regadío Improductivo

116

(Herederos de) Diaz Vargas Lucio; (Herederos de) Diaz Vargas Pedro Manuel; Noda Chinea Ramón Vicente

38019A00800084

8

84

2.194

-

-

150

-

-

-

Labor o labradío regadío Improductivo

117

Gonzalez Mesa Alvaro Abraham; Gonzalez Mesa Jose Maria

38019A00800074

8

74

9

-

-

296

-

-

-

Labor o labradío regadío

118

(Herederos de) Gonzalez Alayon Luis: González Mora Blanca Flora; González Delgado María Adela; González Mora José Luís; González Mora Eva

38019A00800073

8

73

1.038

T_21

85

1.304

-

T_21

68

Labor o labradío regadío Improductivo

120

(Herederos de) Gonzalez Alayon Luis: González Mora Blanca Flora; González Delgado María Adela; González Mora José Luís; González Mora Eva

38019A00800072

8

72

1.068

-

-

574

-

-

-

Pastos

121

(Herederos de) Dorta Alonso Oroncio: Dorta Padrón Tatiana Carmen

38019A00800069

8

69

2.455

-

-

-

-

-

-

Pastos

122

Dorta Sierra Maria Elisa

38019A00800067

8

67

1.683

-

-

150

-

T_22

168

Pastos

123

Ayuntamiento de Guia de Isora; Dorta Sierra Maria Elisa

38019A00809006

8

9.006

55

-

-

-

-

T_22

342

Vía de comunicación (Camino Lugar Granero Negro)

124

Dorta Sierra Maria Elisa

38019A00800266

8

266

572

T_22

79

1.244

-

T_22

1.022

Pastos

125

Dorta Alonso Josefa; Barrios Dorta María Alicia

38019A00800065

8

65

2.361

-

-

200

-

-

-

Pastos Improductivo

126

Gonzalez Luis Gilberta Holanda; Gonzalez Gonzalez Angel; Gonzalez Gonzalez Zaida; Gonzalez Gonzalez Angel; Gonzalez Gonzalez Zaida

38019A00800297

8

297

230

-

-

-

-

-

-

Pastos

127

Cb Guia Arzola; Explotaciones Guiasol Sociedad Limitada; Hernández Calzadilla María Isabel; Hernández Calzadilla Miguel

38019A00800298

8

298

3.215

T_23

85

1.750

-

T_23

315

Pastos

128

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00809019

8

9.019

52

-

-

-

-

T_23

16

Vía de comunicación de dominio público (Camino los Maguenes)

129

Cb Guia Arzola; Explotaciones Guiasol Sociedad Limitada; Hernández Calzadilla María Isabel; Hernández Calzadilla Miguel

38019A00900117

9

117

457

-

-

-

-

T_23

477

Labor o Labradío secano

130

Cabildo Insular de Tenerife

38019A00909042

9

9.042

563

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (TF-82 y pista acceso a Vera de Erques)

131

Cb Guia Arzola; Explotaciones Guiasol Sociedad Limitada; Hernández Calzadilla María Isabel; Hernández Calzadilla Miguel

38019A00900139

9

139

489

-

-

450

-

-

-

Labor o Labradío secano

132

(Herederos de) Alvarez Alvarez Jose: Moreno Álvarez Carmen; Álvarez González Sebastián Manuel

38019A00900138

9

138

1.448

T_24

85

1.602

-

T_24

193

Pastos

133

Mantelango Vera Candida; Rodriguez Santiago Fidel; Rodriguez Santiago Petra Fermina;

38019A00900137

9

137

554

-

-

448

-

T_24

410

Pastos

134

Mantelango Vera Candida; Rodriguez Santiago Fidel; Rodriguez Santiago Petra Fermina

38019A00900150

9

150

767

-

-

450

-

-

-

Pastos

135

Cb Guia Arzola; Explotaciones Guiasol Sociedad Limitada; Hernández Calzadilla María Isabel; Hernández Calzadilla Miguel

38019A00900813

9

813

3.358

T_25

85

1.600

-

T_25

127

Pastos

136

(Herederos de) Torres Mora Domingo

38019A00900839

9

839

833

-

-

-

-

T_25

229

Labor o labradío regadío

137

Torres Mora Desideria

38019A00900840

9

840

695

-

-

300

-

T_25

163

Labor o labradío regadío

138

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00909016

9

9.016

327

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación (Camino agrícola)

139

Torres Mora Desideria

38019A00900837

9

837

562

-

-

243

-

-

-

Pastos

140

(Herederos de) Vargas Torres Miguel; (Herederos de) Torres Mora Francisca: Pérez Torres María de La Luz

38019A00900878

9

878

2.157

T_26

109

1.600

-

T_26

254

Improductivo

141

Vargas Rodriguez Carlos; (Herederos de) Torres Mora Gloria

38019A00900910

9

910

2.299

-

-

1.540

-

-

-

Pastos

142

Torres Mora Hilario

38019A00900886

9

886

83

-

-

-

-

T_26

350

Pastos Invernaderos hortalizas

143

Cb Guia Arzola; Explotaciones Guiasol Sociedad Limitada; Hernández Calzadilla María Isabel; Hernández Calzadilla Miguel

38019A00900129

9

129

1.464

-

-

150

-

-

-

Pastos

144

Cb Guia Arzola; Explotaciones Guiasol Sociedad Limitada; Hernández Calzadilla María Isabel; Hernández Calzadilla Miguel

38019A00900128

9

128

2.157

-

-

300

-

-

-

Pastos

145

Ayuntamiento de Guia de Isora

38019A00909062

9

9.062

65

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (Camino de las Leñas Blancas)

146

Cabildo Insular de Tenerife

38019A00909054

9

9.054

67

-

-

-

-

-

-

Hidrografía natural (Bco. de Erques)

Término municipal Adeje (Santa Cruz de Tenerife)

Tramo aéreo

Parcela Proyecto

Propietario

Referencia Catastral

Polígono

Parcela

Servidumbre de vuelo (m2)

Apoyo

Ocupación Apoyo y anillo de tierra (m2)

Ocupación temporal (m2)

Superficie Tala (m2)

Acceso al apoyo número

Servidumbre de paso (m2)

Naturaleza del terreno

1

Consejo Insular de Aguas de Tenerife

38001A01109000

11

9000

97

-

-

-

-

-

-

Hidrografía natural (Bco. de Erques)

2

Consejo Insular de Aguas de Tenerife

38001A01100472

11

472

2.196

-

-

300

-

-

-

Hidrografía natural (Bco. de Erques)

3

Vargas Bello Maria

38001A01100209

11

209

326

-

-

-

-

-

-

Improductivo

4

Rodriguez Perez Carmen

38001A01100210

11

210

408

-

-

-

-

-

-

Improductivo

5

Dorta Sierra Maria Elisa

38001A01100212

11

212

2.607

T_27

79

1.600

-

T_27

180

Pastos

5-1

Martin Bello Gersan; Vera Cordero Ramiro

38001A01100522

11

522

-

-

-

-

-

T_27; T_28

934

Labor o Labradío secano

5-2

Monte Oca Aguilar Maria

38001A01100203

11

203

-

-

-

-

-

T_27

57

Pastos

5-3

Rivero Dorta Rosa Maria Agustina; Master Fincas Sociedad Limitada

38001A01100205

11

205

-

-

-

-

-

T_27

241

Pastos

5-4

Mendoza Sanz Pedro Antonio; Medina Garcia Laudelina del Carmen; Delgado Ramos Carmen Teresa

38001A01100207

11

207

-

-

-

-

-

T_27

419

Pastos

6

Martin Bello Gersan; Afonso Delgado Manuel; Dorta Reyes Andrea

38001A01100213

11

213

521

-

-

108

-

T_27; T_28

55

Pastos Labor o Labradío secano

7

Rubes Patrick

38001A01100523

11

523

50

-

-

7

-

T_27; T_28

383

Labor o Labradío secano Pastos

8

Rivero Dorta Rosa Maria Agustina; Master Fincas Sociedad Limitada

38001A01100215

11

215

1.666

T_28

78

1.785

-

T_28

588

Pastos

9

Rivero Dorta Rosa Maria Agustina; Dorta Mesa Berta

38001A01100214

11

214

898

-

-

150

-

-

-

Pastos

10

Dorta Mesa Berta; Gonzalez Perez Erasmo

38001A01100556

11

556

4

-

-

26

-

-

-

Pastos

11A

Ayuntamiento de Adeje

38001A01009000

10

9000

42

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (Camino de la Era Alta)

11B

Ayuntamiento de Adeje

38001A01009000

10

9000

86

-

-

-

-

T_31

737

Vía de comunicación (Camino)

12

Rivero Dorta Rosa Maria Agustina

38001A01000231

10

231

1.298

-

-

150

-

-

-

Pastos Labor o Labradío secano

13

Álvarez Afonso Josefa (Representante Familiar); González Hernández Coromoto Dayana; Afonso Pérez Ceferino; Afonso Pérez Clorinda del Carmen; Alayón González Miguel Alexis; Beltrán Rivero Manuel

38001A01000232

10

232

3.761

-

-

750

-

T_29

458

Pastos Labor o Labradío secano

14

Gonzalez Urbina Maria Luisa; Dorta González José Antonio; Dorta González Conrado Manuel

38001A01000238

10

238

519

T_29

45

948

-

T_29

63

Pastos

15

Dorta Gonzalez Conrado Manuel; Dorta Gonzalez Jose Antonio

38001A01000249

10

249

5.180

T_29

45

802

-

T_29

125

Improductivo Pastos

15-1

(Herederos de) Alayon Acosta Jacinto

38001A01000235

10

235

-

-

-

-

-

T_29

303

Pastos

15-2

Martin Afonso Maria Josefa

38001A01000634

10

634

-

-

-

-

-

T_29

150

Labor o Labradío secano

15-3

Garcia Alvarez Sixto; Ramos Mendez Maria Nuria

38001A01000268

10

268

-

-

-

-

-

T_29

20

Labor o Labradío secano Improductivo Pastos

15-4

(Herederos de) Alayon Afonso Maria: Vargas Alayón Carmelo Aurelio; Vargas Alayón Casiano

38001A01000267

10

267

-

-

-

-

-

T_29

170

Labor o Labradío secano Pastos

17

Gonzalez Perez Concepcion

38001A01000251

10

251

3.437

T_30

133

1.600

-

T_30

131

Pastos Improductivo

17-1

(Herederos de) Feo Feo Daniel

38001A01000260

10

260

-

-

-

-

-

T_30

314

Pastos

17-2

(Herederos de) Alvarez Alvarez Ursula

38001A01000259

10

259

-

-

-

-

-

T_30

133

Pastos Labor o Labradío secano

17-3

Alvarez Alayon Manuel

38001A01000258

10

258

-

-

-

-

-

T_30

144

Pastos Labor o Labradío secano

17-4

(Herederos de) Gonzalez Perez Celestina; González Pérez Concepción; (Herederos de) González Pérez José Manuel

38001A01000257

10

257

-

-

-

-

-

T_30

501

Pastos Labor o Labradío secano Improductivo

17-5

(Herederos de) Perez Gonzalez Juan

38001A01000256

10

256

-

-

-

-

-

T_30

375

Pastos Labor o Labradío secano Improductivo

17-6

(Herederos de) Perez Gonzalez Agustina: Pérez Núñez Francisco Manuel (Representante)

38001A01000255

10

255

-

-

-

-

-

T_30

116

Pastos Improductivo Labor o Labradío secano

17-7

(Herederos de) Perez Gonzalez Antonio: Pérez Núñez Francisco Manuel (Representante)

38001A01000254

10

254

-

-

-

-

-

T_30

151

Pastos Improductivo Labor o Labradío secano

17-8

(Herederos de) Perez Gonzalez Angela: Pérez Núñez Francisco Manuel (Representante)

38001A01000253

10

253

-

-

-

-

-

T_30

108

Pastos Improductivo

17-9

(Herederos de) Perez Gonzalez Manuel: Pérez Núñez Francisco Manuel (Representante)

38001A01000252

10

252

-

-

-

-

-

T_30

113

Pastos Improductivo

18

(Herederos de) Alayon Diaz Miguel

38001A01000216

10

216

1.085

-

-

-

-

-

-

Pastos Improductivo

19

Vargas Prieto Jose Antonio

38001A01000761

10

761

624

-

-

-

-

-

-

Pastos Improductivo

20

(Herederos De) Brito Medina Humberto: Vargas Prieto José Manuel; Vargas Prieto Elisa; Vargas Prieto Alberto; Vargas Prieto María Josefa

38001A01000205

10

205

2.414

-

-

-

-

-

-

Pastos

21

Afonso Afonso Leocadio Jesus

38001A01000200

10

200

146

-

-

-

-

T_31

1.208

Labor o Labradío secano

22

Afonso Afonso Leocadio Jesus

38001A01000673

10

673

2.253

-

-

-

-

-

-

Pastos

23

Afonso Afonso Leocadio Jesus

38001A01000622

10

622

315

-

-

150

-

T_31

206

Pastos

24

Garin Tarife Jose; Tarifa de la Cruz Manuel; Tarife de la Cruz Agustin; Tarife de la Cruz Guadalupe; Tarife de la Cruz Joaquin; Tarife de la Cruz Josefa; Tarife de la Cruz Maria; Tarife de la Cruz Daniel; Tarife Lorenzo Luis Daniel

38001A01400644

14

644

869

T_31

94

1.600

-

T_31

32

Pastos

24-1

(Herederos de) Tarife Vargas Josefa

38001A01000196

10

196

-

-

-

-

-

T_31

35

Pastos

24-2

Afonso Afonso Leocadio Jesus

38001A01000197

10

197

-

-

-

-

-

T_31

633

Pastos Improductivo

25

J.A. Dorta e Hijos Sociedad Limitada

38001A01400054

14

54

2.190

-

-

-

-

-

-

Pastos Labor o labradío regadío Improductivo

26

Dorta Sierra Maria Elisa

38001A01400052

14

52

3.255

-

-

450

-

-

-

Pastos

27

Rodriguez Zarza Celio Antonio; Rodriguez Zarza Lucrecia; Rodriguez Zarza Pedro Jose; Rodríguez Zarza Lucrecia Inocente

38001A01400051

14

51

44

-

-

-

-

-

-

Pastos

28A

Cabildo Insular de Tenerife

38001A01409000

14

9000

214

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (TF-585)

28B

Herederos de Bello Bello Francisca Fermina; Herederos de Trujillo Clemente Celso

38001A01409000

14

9000

-

-

-

-

-

T_39

2.599

Vía de comunicación (Camino)

28C

Cabildo Insular de Tenerife

38001A01409000

14

9000

255

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (TF-583)

28D

Ayuntamiento de Adeje

38001A01409000

14

9000

467

-

-

-

-

-

-

Vías de comunicación de dominio público (Camino La Tablada, Camino Los Dávilas, Caminos)

29

Rodriguez Zarza Celio Antonio; Rodriguez Zarza Lucrecia; Rodriguez Zarza Pedro Jose; Rodríguez Zarza Lucrecia Inocente

38001A01400050

14

50

1.769

-

-

450

-

-

-

Pastos

30

Dorta Padrón Tatiana Carmen

38001A01400049

14

49

1.904

T_32

100

1.750

-

T_32

175

Pastos

31

Dorta Sierra Maria Elisa

38001A01400650

14

650

1.207

-

-

150

-

-

-

Pastos

32

Rivero Bello Leandra; Rivero Bello Diolinda; Rivero Bello Candelaria; Rivero Bello Ignacia; Rivero Bello Isabel; Rivero Bello Toribio

38001A01400138

14

138

1.209

-

-

300

-

-

-

Pastos

33

Rivero Bello Leandra; Rivero Bello Diolinda; Rivero Bello Candelaria; Rivero Bello Ignacia; Rivero Bello Isabel; Rivero Bello Toribio

38001A01400092

14

92

1.925

T_33

113

1.750

-

T_33

199

Pastos

35

Bello Bello Maria

38001A01400878

14

878

109

-

-

-

-

-

-

Labor o Labradío secano

36

Bello Bello Encarnacion

38001A01400879

14

879

131

-

-

-

-

-

-

Labor o Labradío secano

37

Bello Bello Encarnacion

38001A01400880

14

880

389

-

-

150

-

-

-

Labor o Labradío secano

38

Bello Bello Agustin; Bello Bello Antonio; Bello Bello Manuel; Bello Bello Ines; Bello Bello Encarnacion; Bello Bello Juan; Bello Bello Carmen; Bello Bello Maria

38001A01400133

14

133

524

-

-

-

-

-

-

Frutales secano

39

Rivero Bello Leandra; Rivero Bello Diolinda; Rivero Bello Candelaria; Rivero Bello Ignacia; Rivero Bello Isabel; Rivero Bello Toribio

38001A01400134

14

134

1.801

-

-

150

-

-

-

Baldío

40

Alayon Ramos Manuel

38001A01400130

14

130

1.328

-

-

150

-

-

-

Improductivo Huerta regadío

41

Alayon Ramos Jose

38001A01400135

14

135

4.319

-

-

-

-

-

-

Improductivo Pastos

42

(Herederos de) Gonzalez Fumero Claudio

38001A01400752

14

752

2.363

T_34

79

1.750

-

T_34

435

Labor o Labradío secano Pastos

43

Alayon Hernandez Manuel

38001A01400171

14

171

820

-

-

900

-

-

-

Pastos

45

Alayon Hernandez Manuel

38001A01400174

14

174

192

-

-

319

-

-

-

Pastos

46

Lepkowska Karolina Aneta; Orosz Laszlo Istvan; Orosz Anneliese

38001A01401043

14

1043

1.989

T_35

113

2.181

-

T_35

440

Pastos

47

(Herederos de) Trujillo Trujillo Manuel: Guirola Socas Dulce María; Jorge Jorge Juana Rosario; Trujillo Jorge Manuel; Trujillo Jorge Jonay

38001A01400177

14

177

3.744

-

-

-

-

-

-

Pastos

48

Cintja Meierhans Katia

38001A01400220

14

220

57

-

-

-

-

-

-

Pastos Improductivo

49

Cintja Meierhans Katia

38001A01400221

14

221

1.776

-

-

6

-

-

-

Pastos Improductivo

50

Dorta Dorta Dominga; Hernandez Dorta Jose; Hernandez Dorta Edita Coromoto; Hernandez Dorta Eleuterio; Hernández Dorta José Manuel

38001A01400222

14

222

1.278

-

-

144

-

-

-

Labor o Labradío secano

51

Fraga Alvarez Maria Carmen; Diaz Fraga Oscar Alexander; Diaz Fraga Juan Jose

38001A01400614

14

614

1.713

T_36

113

1.750

-

T_36

721

Labor o Labradío secano

52

Zarza Rodríguez Luz Marina; Fincadrian Sociedad Anónima

38001A01400733

14

733

353

-

-

179

-

T_36

5

Pastos Frutales secano

53

Kugeler Marcus

38001A01400732

14

732

2.145

-

-

271

-

-

-

Pastos

54

Fincadrian Sociedad Anónima; Zarza Rodríguez Luz Marina

38001A01400612

14

612

1.627

-

-

-

-

-

-

Pastos

55

Herederos Rivero Carballo Jose N

38001A01400608

14

608

1.316

-

-

-

-

T_37

22

Pastos Improductivo

56

Behobide Morquecho Aranzazu

38001A01401039

14

1039

1.441

T_37

94

1.600

-

T_37

367

Pastos Improductivo Labor o Labradío secano

56-1

Rivero Trujillo Antonia de la Encarnacion; Rivero Trujillo Jose Federico

38001A01401046

14

1046

-

-

-

-

-

T_37

260

Pastos

56-2

(Herederos de) Gonzalez Martin Maria: Díaz González Emeterio; Díaz González José Francisco

38001A01400663

14

663

-

-

-

-

-

T_37

217

Pastos

57

(Herederos de) Afonso Gonzalez Sebastian: Afonso Rodríguez Jonay; Afonso Rodríguez Nisamar

38001A01400622

14

622

1.035

-

-

150

-

T_37; T_38

477

Labor o Labradío secano Matorral

58

(Herederos de) Trujillo Clemente Celso; Afonso Rodríguez Jonay; Afonso Rodríguez Nisamar

38001A01400632

14

632

1.592

T_38

93

1.600

-

T_38

36

Labor o Labradío secano Improductivo

59

(Herederos de) Gonzalez Martin Maria

38001A01400624

14

624

1.265

-

-

68

-

-

-

Pastos

60

(Herederos de) Bello Bello Francisca Fermina

38001A01400631

14

631

77

-

-

67

-

T_39

5

Labor o Labradío secano

61

(Herederos de) Bello Bello Francisca Fermina

38001A01400626

14

626

2.327

T_39

113

1.600

-

T_39

224

Labor o Labradío secano Improductivo Pastos

61-1

Alvarez Gonzalez Miguel Angel; Trujillo Clemente Celso

38001A01400809

14

809

-

-

-

-

-

T_39

255

Labor o Labradío secano

61-2

(Herederos de) Bello Bello Francisca Fermina

38001A01400628

14

628

-

-

-

-

-

T_39

603

Pastos Improductivo

62A

Ayuntamiento de Adeje

38001A00609000

6

9000

359

-

-

-

-

T_37; T_41; T_42

1.672

Vía de comunicación (Camino La Niña, Camino de Las Rosas, Caminos)

62B

Cabildo Insular de Tenerife

38001A00609000

6

9000

382

-

-

-

-

-

-

Vía de comunicación de dominio público (TF-82)

63

Mendez Hernandez Agapito

38001A00600207

6

207

868

-

-

150

-

-

-

Labor o Labradío secano

64

Fritsche Sociedad Limitada

38001A00600524

6

524

1.407

-

-

124

-

-

-

Labor o Labradío secano

65

Fritsche Sociedad Limitada

38001A00600525

6

525

757

-

-

26

-

T_40

269

Labor o Labradío secano

66

Fumero Alvarez Jose Miguel; Fumero Alvarez Victor Manuel

38001A00600527

6

527

2.063

-

-

-

-

-

-

Labor o Labradío secano

67

Alvarez Gonzalez Candelaria; Alvarez Gonzalez Candelaria; Fumero Alvarez Victor Manuel; Fumero Alvarez Jose Miguel

38001A00600526

6

526

-

-

-

-

-

T_40; T_41

432

Labor o Labradío secano

68

Hernandez Clemente Jose Angel

38001A00600220

6

220

643

T_40

113

1.418

-

T_40; T_41

144

Labor o Labradío secano

68-1

Mendez Hernandez Agapito

38001A00600298

6

298

-

-

-

-

-

T_40

428

Labor o Labradío secano

69

Hernandez Clemente Maria Candelaria

38001A00600221

6

221

340

-

-

180

-

-

-

Labor o Labradío secano

70

Gonzalez-Chavez Gonzalez Josefa; Concepcion Esperanza

38001A00600546

6

546

1.024

-

-

150

-

T_41

54

Labor o Labradío secano

71

Curbelo Iglesias Jose

38001A00600213

6

213

158

T_41

94

1.600

-

T_41

69

Labor o Labradío secano

Santa Cruz de Tenerife, 11 de octubre de 2024.- Director General de Energía, Alberto Hernández Suárez.