Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos, con ampliación del ámbito territorial, de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por Dª. Maria Del Mar Jiménez Núñez mediante escrito tramitado con el número de entrada 13/2024/000034.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 30 de enero de 2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 6 de marzo de 2025.
Los estatutos y el acta de constitución de la asociación fueron depositados, con fecha de 28 de noviembre de 1989, en el en el Servicio de Depósito de Estatutos del Servicio de Trabajo de Ciudad Real, con el número de depósito 13000063 (antiguo número de depósito 211); siendo publicado el depósito en el B.O.P. nº 148 de fecha 13 de diciembre de 1989.
La Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 4 de agosto de 2024, adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 1, 2, 3 y 4 del Título Primero, los artículos 1, 4, 5, 6 y 7 del Título Segundo, los artículos 1, 2, 5, 8 y 10 del Título Tercero, los artículos 1 y 3 del Título Cuarto, y los artículos 1 y 2 del Título Quinto de los estatutos de esta asociación. La modificación del artículo 1 del Título Primero conlleva la inclusión de siglas y la modificación de la denominación de la organización, que pasa de ser "Centro Local de Agricultores y Ganaderos de la Solana" a la reseñada en el encabezamiento de la presente resolución. Así mismo, la modificación de los artículos 3 y 4 del Título Primero de los estatutos implica, respectivamente, la modificación del domicilio social y del ámbito territorial de la organización que pasa a ser estatal. El ámbito funcional de la organización es el establecido en el artículo 1 del Título Segundo de los estatutos.
El certificado que recoge dicho acuerdo aparece suscrito por D. Francisco Santos-Orejón Navarro, en calidad de Secretario, y por D. Casto García-Cervigón Díaz-Roncero en calidad de Presidente.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 25 de marzo de 2025, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.