Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada confederación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Luis Pérez Capitán mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2025/000394.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 13 de febrero de 2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 6 de marzo de 2025.
El 44º Congreso Confederal celebrado del 25 al 27 de noviembre de 2024 adoptó el acuerdo de incluir un nuevo artículo 36 en los estatutos de esta confederación y de modificar los artículos 1, 2, 3, 7, 8, 11, 13, 14, 15, 16, 21, 23, 24, 25, 26, 30, 32, 33, 34, 38, 39, 53, 55, 57, 58, 59, 61, 62, 65, 66, 68, 69, 70, 71, 73 y 83, así como la Disposición Adicional Primera, la Disposición Derogatoria Primera, el Anexo I y el Anexo II de los estatutos. Como consecuencia de dicha modificación se renumeran los artículos de los estatutos a partir del artículo 36.
El certificado que recoge dicho acuerdo aparece suscrito por D. Andrés Jesús Orta Pérez, en calidad de Secretario de Organización.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 10 de marzo de 2025, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.