Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada federación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Artemio Pérez Alfaro mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2025/000688.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 20 de marzo de 2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 21 de marzo de 2025.
La Asamblea General celebrada el 21 de febrero de 2025 adoptó el acuerdo de modificar el artículo 32 de los estatutos de esta federación e incluir el artículo 32 bis en los estatutos.
El certificado que recoge dicho acuerdo aparece suscrito por D. Antonio Cano Valera, en calidad de Secretario, con el visto bueno de Presidente D. Alfonso Manuel Arcas Ponce.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 8 de abril de 2025, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.