Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia la constitución de la federación sindical denominada Federación Andaluza de Transportes y Comunicaciones de la Confederación General del Trabajo en Andalucía, Ceuta y Melilla, en siglas FATYC DE CGT-A, con número de depósito 99106337.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-9212|Boletín Oficial: 63|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-03-14|Órgano Emisor: Ministerio de Trabajo y Economía Social

Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada federación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por D. Miguel Montenegro Muriel mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2025/000587.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 25/02/2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 05/03/2025.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. Antonio Damián Jiménez Benítez en representación del Sindicato de Transportes y Comunicaciones de la C.G.T. en Cádiz y por D. Carlos Llorca Diaz en representación del Sindicato de Transportes y Comunicaciones de la Federación Provincial de Sindicatos de la Confederación General del Trabajo en calidad de promotores.

Se indica que el domicilio de la organización es el previsto en el artículo 5 de sus estatutos, su ámbito territorial es supraautonómico y el funcional es el establecido en el artículo 4 de sus estatutos.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 10 de marzo de 2025, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.