Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander relativa al otorgamiento de licencia, a Dávila Agencia y Servicios Portuarios, Sociedad Anónima, para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías en el puerto de Santander.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-47328|Boletín Oficial: 311|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-12-26|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander en sesión celebrada el 17 de diciembre de 2024, acordó otorgar licencia a Dávila Agencia y Servicios Portuarios, Sociedad Anónima, con CIF A81262255, y domicilio en Santander (39009), calle Antonio López, número 24, para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías, por el plazo de Tres (3) años, contados a partir de la fecha en la que tenga lugar la notificación del otorgamiento, salvo que con anterioridad al transcurso de dicho plazo se apruebe el Pliego de Prescripciones Particulares del servicio portuario de manipulación de mercancías, en cuyo caso, el titular de la licencia deberá adaptarse a su contenido en el plazo que sea fijado al efecto.

Lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hace público para general conocimiento.

Santander, 17 de diciembre de 2024.- El Presidente,, César Díaz Maza.