Ministerio Fiscal
El Ministerio Fiscal de España, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, asà como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social. Es un órgano con personalidad jurÃdica propia y está integrado con autonomÃa funcional en el Poder Judicial. Es, además, un órgano de relevancia constitucional en el sentido de que su regulación aparece en el artÃculo 124 de la Constitución Española.Â
El citado precepto, además de señalar la definición, añade que el Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad. Por su parte, el Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey de España, a propuesta del Gobierno, oÃdo el Consejo General del Poder Judicial. En la Legislatura actual de España (2011-2015) el Fiscal General del Estado es Eduardo Torres Dulce.Â
Esta mismas ideas sobre el Ministerio Fiscal están reguladas también en el artÃculo 541 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Además, hay que observar la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, que regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.Â
Ver también: Funciones Ministerio Fiscal.
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014