Pagare
De Conceptos JurÃdicos
- El pagaré es un tÃtulo cambiario e000000:mitido de forma nominativa y su caracterÃstica es que integra una promesa de pago incondicional. Por medio de ese pago, una persona se obliga a pagar una determinada cantidad y en una fecha concreta a otra persona. Según el artÃculo 94 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, el pagaré deberá contener:
- 000000:Denominación del pagaré.
- 000000:Promesa de pagar una cantidad.
- 000000:Indicación del vencimiento.
- 000000:Lugar donde deberá efectuarse el pago.
- 000000:Nombre de la persona a la que se tendrá que pagar.
- 000000:Fecha y lugar en que se firma el pagaré.Â
- 000000:Firma de quien emite el tÃtulo.
- 000000:Ver: Proceso cambiario