Propiedad intelectual
La expresión “propiedad intelectual” se reserva a los tipos de propiedad que son el resultado de creaciones de la mente humana, del intelecto. Los Estados que elaboraron el Convenio de la OMPI decidieron establecer una lista de los derechos en su relación con:
“Las obras literarias, artÃsticas y cientÃficas; las interpretaciones de los artistas intérpretes y las ejecuciones de los artistas ejecutantes, los fonogramas y las emisiones de radiodifusión; las invenciones en todos los campos de la actividad humana; los descubrimientos cientÃficos; los dibujos y modelos industriales; las marcas de fábrica, de comercio y de servicio, asà como los nombres y denominaciones comerciales; la protección contra la competencia desleal; y “todos los demás derechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, cientÃfico, literario y artÃstico”.